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El Genoma Humano y el consentimiento
para las investigaciones
LOURDES PÉREZ
NAVARRO
En los primeros meses
del año 2003 culminó con éxito el Proyecto Genoma Humano, un
programa internacional de colaboración científica dirigido al
conocimiento básico de la dotación genética completa que se
encuentra codificada en el ácido desoxirribonucleico (ADN) en las
células del cuerpo, y a determinar el lugar que ocupan los genes en
los cromosomas.
Investigaciones
recientes han permitido identificar los genes asociados con
enfermedades hereditarias como la fibrosis quística, la distrofia
muscular o la enfermedad de Huntington, lo que constituye el primer
paso en el desarrollo de mejores pruebas de selección genética,
nuevos medicamentos y tratamientos para combatir estas patologías.
Pero el conocimiento del
Genoma Humano puede tener también consecuencias éticas, jurídicas
y sociales muy controvertidas.
Los primeros resultados
del Proyecto han estimulado el debate internacional, aseguran los
notarios Elaine Concepción Ferrer y Rolando Herrera Cruz, de las
notarías especial de Sancti Spíritus y del municipio de Fomento,
respectivamente.
No hay dudas, dicen, de
que se abren inmensas perspectivas de mejoramiento de la salud,
siempre que primen el respeto a la dignidad, la libertad y los
derechos de las personas, y la prohibición de toda forma de
discriminación fundada en las características genéticas.
Por ello se discute,
entre otros temas, acerca de la conveniencia o no de patentar
secuencias de genes humanos para uso comercial y de poner la
información genética a disposición de empresas de seguros y
empleadores, así como de corregir los defectos genéticos de manera
que pudieran transmitirse de generación en generación. En el mundo
ya se han denunciado casos de discriminación laboral a partir de
resultados de análisis genéticos realizados al trabajador, incluso
existen compañías aseguradoras que se niegan a establecer
contratos por igual motivo.
CONSENTIMIENTO PARA
UNA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
En coordinación con
científicos de otros países Cuba ha realizado estudios sobre
familias cubanas, cuyos resultados se han incorporado al Proyecto.
Por ejemplo, los relacionados con la atrofia óptica en Sancti
Spíritus, la córnea plana en Ciego de Ávila, la enfermedad de
Norris en Bayamo, la ataxia hereditaria en Holguín y el pulgar
trifalángico en La Habana.
Por esa razón, comentan
los notarios, no debemos estar ajenos a sus resultados y posibles
esferas de aplicación, no solo por lo logrado, sino también por
los riesgos y peligros que entrañan debido al mal uso que otros
países pudieran hacer de la experimentación científica.
Si bien en Cuba no
existe regulación legal alguna sobre el Genoma Humano, en la
práctica los médicos y científicos que intervienen en estudios
sobre el tema, confeccionan un documento al que denominan
Consentimiento Informado. En él se especifican los derechos de las
personas que se someten a investigaciones, y se basa,
fundamentalmente, en el carácter voluntario y la estricta
confidencialidad de los resultados.
También el personal
médico firma un documento que le compromete a mantener una actitud
ética con los pacientes. Toda esta tramitación se realiza en el
ámbito administrativo.
Pero resulta
conveniente, opinan los juristas, realizar un análisis en nuestra
legislación civil que permita, como protección a los derechos de
los investigados —tal como lo establece la Declaración Universal
sobre el Genoma Humano y los derechos humanos, de la UNESCO—, que
dichas personas expresen su consentimiento previo, libre e informado
mediante un instrumento público notarial.
De esta manera,
concluyen, como el notario es el funcionario público facultado para
dar fe de los actos jurídicos extrajudiciales en los que por razón
de su cargo interviene, el consentimiento otorgado ante él tendría
mayor trascendencia, seguridad, estabilidad y garantías jurídicas. |