Gas en el transporte ¿Se puede o no?

Lourdes Pérez Navarro

El uso del gas licuado de petróleo (GLP) como combustible en vehículos de motor está prohibido según lo dispuesto, desde febrero último, por el Ministerio de Transporte (MITRANS) mediante la Resolución número 47.

Foto: RAÚL LÓPEZEl gas licuado se destina
 fundamentalmente al
 uso doméstico; para el
 transporte está prohibido.

Dio origen a la medida la violación de las normas técnicas y de seguridad internacionalmente reconocidas para su instalación, la cual pone en peligro la vida de los pasajeros y la integridad de los autos.

En los últimos tiempos aumentó vertiginosamente el uso del GLP como combustible automotor, aseguró Manuel Pérez Rodríguez, al frente de la Dirección Automotor del MITRANS. Numerosos vehículos que lo utilizaban, añade, fueron detectados en la vía pública por inspectores de nuestros organismos y por agentes de la PNR.

Universalmente este gas es utilizado en el transporte con buenos resultados, por constituir un combustible alternativo eficiente, y apenas contaminar el medio ambiente, pero su empleo requiere de la adecuada tecnología.

En nuestro país —afirma el ingeniero Lino Ordieres, subdirector del Centro de Investigaciones y Desarrollo del Transporte—, el GLP se obtiene en un 3% de la destilación del petróleo, cantidad que resulta insuficiente para su destino básico: el uso doméstico en la cocción de alimentos. Importar una tonelada de este gas resulta más cara que igual cantidad de diésel.

La Industria Básica lo comercializa racionalmente entre la población mediante las llamadas "calabacitas". Con la ampliación del programa de gasificación su consumo aumentó y deviene progresivamente en sustituto del keroseno, alcohol, carbón y leña. Sin embargo, algunos conductores desvían su uso social al adaptarlas a los vehículos de motor para utilizarlas como combustible, lo que ha traído aparejado un mercado clandestino en puntos de venta y el aumento de robos de balitas de gas y reguladores en las viviendas.

Aseguran los especialistas del Instituto que existen más de mil vehículos que utilizan GLP, algunos equipados con la tecnología adecuada y otros con adaptaciones caseras carentes de las medidas de seguridad y de las instalaciones fabriles necesarias.

La Resolución autoriza como combustible la utilización de gas natural comprimido (GNC), aunque exclusivamente en vehículos de motor propiedad de personas jurídicas, siempre que cumplan los requisitos de seguridad establecidos.

Entre ellos se encuentran que todos los componentes para realizar las adaptaciones de alimentación con GNC a los motores deberán ser de producción fabril y cumplimentar las pruebas de ensayo exigidas internacionalmente a las partes y piezas dedicadas a estas funciones.

Transporte Ecológico (TRANSECO) —empresa surgida a mediados de la década de los noventa— supervisa, controla y atiende los más de 100 vehículos que hasta el momento, y fundamentalmente en la capital, tienen instalada la tecnología adecuada para el uso del GNC. La entidad cuenta con los especialistas, talleres y asignación de este gas para emplearlo en el transporte.

El GNC es un gas acompañante del petróleo que sale de forma natural, por lo que el país cuenta con reservas —asegura el ingeniero Juan José Alea Díaz, director de la entidad—, y lo emplea en dos fines esenciales: generación de electricidad y cocción de alimentos.

Al vehículo que se detecte en la vía pública —advierte la Resolución del MITRANS— utilizando cualquier tipo de gas sin la correspondiente autorización, le será cancelada la Licencia de Operación del Transporte, y al conductor se le impondrá la medida correspondiente.

La legislación también establece que los agentes de la PNR procederán al retiro de las chapas y Licencia de Circulación, las cuales serán devueltas por el Registro de Vehículos solo cuando en un término de 10 días hábiles fuese retirado el sistema instalado y restablecidos los parámetros técnicos originales.

Los vehículos autorizados para el uso del GNC poseen en el parabrisas delantero el logotipo de TRANSECO y la documentación entregada por esta entidad, ante la que pueden acudir los interesados para adquirir esta ventajosa tecnología.

 

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