Consultan a los delegados provinciales recién electos

María Julia Mayoral

Como el próximo 2 de febrero quedarán constituidas las 14 Asambleas Provinciales del Poder Popular para un nuevo mandato de cinco años, las comisiones de candidaturas en ese nivel están dedicadas a consultar a cada uno de los delegados provinciales recién electos para conocer sus opiniones acerca de los proyectos de candidatura para cubrir los cargos de Presidente y Vicepresidente de esos órganos de gobierno.

Dicha recogida de opiniones debe permitir a estas comisiones una evaluación más acabada y certera; pero no niega ni sustituye el estudio que debe desarrollarse en el seno de las Asambleas, una vez formalizada su constitución, en sesiones que se iniciarán bajo la dirección de las Comisiones Electorales Provinciales.

Según la Ley Electoral, en estos casos cada proyecto de candidatura debe integrarse con dos personas, seleccionadas entre los propios delegados de la Asamblea, y en la presentación de esa propuesta el presidente de la Comisión de Candidatura estará en la obligación de fundamentar los criterios tenidos en cuenta.

Seguidamente, el presidente de la Comisión Electoral preguntará a los delegados si desean sustituir a alguno de los propuestos; de ser así, el cambio podrá adoptarse por el voto favorable de la mitad más uno de los delegados presentes.

Si se produce la mencionada sustitución, entonces la Comisión de Candidatura formulará nuevas sugerencias. Finalmente, la aprobación de los candidatos será por votación a mano alzada.

Tras vencer estos pasos, tendrá lugar el sufragio secreto. Para elegir al Presidente, los delegados marcarán en la boleta dos X junto al nombre del candidato de su preferencia y una X al lado del que consideren debe ser el vicepresidente.

Cada uno de ellos, para ser electo, deberá obtener más del 50% de los votos válidos. En caso de empate se realiza una nueva elección, y de mantenerse esa situación habrá que acudir a sucesivos sufragios hasta que alguno obtenga el mayor número de votos. Una vez elegidos, el presidente de la Comisión Electoral Provincial les dará posesión de sus cargos.

Para poder realizarse estas sesiones constitutivas de las Asambleas y la selección de su presidencia, se requiere de la presencia de más de la mitad del total de delegados electos para integrar ese órgano, como también establece la legislación.

 

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