Fruto de un pensamiento político aberrante

Concluyó VI Encuentro Internacional de Ciencias Penales con un panel dedicado a los Cinco Patriotas

ROGER RICARDO LUIS

Ramón, René, Fernando, Antonio y Gerardo son presos políticos, pues sus sentencias son fruto de un pensamiento político aberrante generado por la mafia cubano-americana de Miami. Tal consideración estuvo presente como tesis del panel que sobre el tema cerró la última jornada del VI Encuentro Internacional de Ciencias Penales, que concluyó el viernes último en el Palacio de las Convenciones.

El abogado puertorriqueño Rafael Anglada, del equipo asesor de la Defensa de los Cinco, señaló que en estos momentos hay dos controversias jurídicas presentadas ante el Tribunal de Miami. Estas son la moción de urgencia para solicitar la apertura de las transcripciones de los documentos bajo la Ley de Procedimiento para la Información Clasificada, conocida por CIPA (sus siglas en inglés), como también la moción de nulidad del juicio atendiendo al nivel de imparcialidad contra los reos en esa jurisdicción.

Anglada hizo referencia a los temores de algunos de los candidatos a miembros del Jurado con respecto a las represalias de que podían ser objeto por el sector reaccionario de la comunidad cubana en Miami y que finalmente fueron rechazados por la Fiscalía; asimismo, los criterios políticos en contra de Cuba por quienes al final lo integraron.

El abogado expresó su apreciación de que el proceso continuará a lo largo de todo el año próximo y tal vez se extienda hasta el 2004, en correspondencia con las demandas que se han hecho en interés del debido ejercicio de la Ley.

El doctor Rodolfo Dávalos expuso lo referente a la violación de los fundamentales principios jurídicos en cuanto a los dos cargos más importantes, es decir, el de espionaje y conspiración para cometer asesinato, que nunca fueron probadas ni mostradas evidencias.

En el caso de Tony, por ejemplo, nunca estuvo en posición de obtener información secreta y la que obtuvo fue pública. Asimismo, los compañeros habían penetrado organizaciones contrarrevolucionarias de carácter no gubernamental y, por tanto, no habían accedido a información relativa a la seguridad nacional de Estados Unidos, manifestó el Profesor Titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana.

En cuanto al delito de conspiración para asesinar, dijo que Gerardo no lo cometió y no se probó, entre otras razones muy evidentes porque el acusado no estaba en Estados Unidos cuando fue enviado el mensaje del vuelo de la organización contrarrevolucionaria Hermanos al Rescate y el cual desembocó en el derribo de esas aeronaves piratas por las autoridades cubanas en justo acto de soberanía. Apuntó, igualmente, que un mensaje de aviso no tiene nada que ver con una decisión que está en otra instancia.

A continuación, hizo referencia a la Doctrina del Acto de Estado en la legislación norteamericana, la cual expresa, entre otras cosas, que cada Estado soberano no puede inmiscuirse en otro Estado soberano y, por tanto, un acto de Estado se remite por otra vía y no por el de una Corte distrital.

El abogado Roberto González, hermano de René, quien además ha estado llevando el proceso, hizo énfasis en el concepto esgrimido por la jueza del terrorismo como bien jurídico mediante una interpretación absurda e imparcial del caso, al tiempo que desestimó por esas mismas razones la Doctrina del Daño Menor presente en la Ley estadounidense.

 

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