ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

La petición innecesaria de certificaciones de nacimiento, sin tener en consideración los datos que se expresan en el carné de identidad, es un síntoma común de muchas instituciones cubanas.

Trámites sencillos como la actualización de contratos para los servicios de gas licuado o electricidad, matrículas en las escuelas o la participación de menores de edad en eventos deportivos, pueden resultar sumamente engorrosos cuando se solicita a los interesados ese documento, sin existir una necesidad real.

De acuerdo con la directora de Notarías y Re­gis­tros Civiles del Ministerio de Justicia (Minjus), Olga Lidia Pérez Díaz, “los reglamentos del Ministerio de Educación, por ejemplo, no exigen certificación de nacimiento alguna, solo debe presentarse la tarjeta de menor o el carné de identidad".

“Otro tanto sucede con la participación de menores en competencias deportivas, ningún procedimiento del Ins­tituto Na­cio­nal de Deporte, Educación Física y Re­crea­ción exige la certificación”.

Al referirse a los servicios del gas y electricidad señaló que estos son anclados a un inmueble; de modo que si el titular del servicio fallece y la vivienda pasa a un nuevo propietario, debería ser suficiente con la presentación del nuevo título de propiedad para actualizar el contrato. “Sin embargo se le exigen certificaciones de defunción y de nacimiento a la población, sin necesidad alguna”, dijo.

Pérez Díaz añadió que el Minjus ha realizado conciliaciones con las entidades que más recurren en estos hechos y han revisado sus procedimientos, en aras de no cargar a las personas o a las oficinas registrales con trámites innecesarios.

Cuando el organismo sea el interesado en obtener alguna certificación relativa al estado civil de alguien, apuntó, podrá solicitarlo directamente sin transmitir esa tarea a la población.

Asimismo, debe potenciarse el uso del carné de identidad toda vez que en él se consigna una buena parte de los datos identificativos de la persona y se adiciona el tomo, el folio y el Registro del Estado Civil donde está inscrita.

Se ha explicado una y otra vez, concluyó, que las certificaciones de nacimiento, matrimonio y defunción no tienen vencimiento, no obstante algunas instituciones na­cionales se arroga el derecho de asignarles un término de seis meses de vigencia, ello ha contribuido a elevar la demanda de certificaciones en los Registros del Es­ta­do Civil.

Se reitera que la ley no establece término de caducidad para este tipo de certificaciones, por lo tanto cuando sean necesarias no interesa que se hayan expedido nueve meses, uno o cinco años antes.

COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.

Max dijo:

1

7 de julio de 2015

23:23:09


Muy buenas estas aclaraciones. Sería provechoso que las dependencias del mismo Ministerio de Justicia las dominaran, pues en oficinas como las del Registro Civil del municipio de Pinar del Río, sus empleados aseguran que esos documentos pierden su validez en poco tiempo.

York-Barón dijo:

2

8 de julio de 2015

02:15:11


Realmente es muy difícil para la población tener que hacer algún tramite, cualquiera, a cualquier nivel se arroga el derecho de exigir documentos y mas documentos, certificaciones y mas certificaciones, antes estos servicios eran gratuitos, ahora cuestan dinero, pero mas que eso, es la cantidad de recursos humanos, tiempo que se necesita emplear para obtener uno de esos documentos, seria muy bueno que el MINJUS no solo se limitara a revisar procedimientos de los organismos o instituciones que solicitan estos documentos por el mero placer de solicitarlos sino que los enjuiciaran o multaran al LINDORO que legisle por encima de la ley

Yohan Hernandez Rodriguez dijo:

3

8 de julio de 2015

04:12:32


solamente no basta con aclara si no hacer que las instituciones cumplan con lo estipulado por que no lo hacen y nos siguen dando mucho trabajo yo trabaje en el registro civil de boyeros hasta hace 4 meses y sufri eso

Miriel dijo:

4

8 de julio de 2015

04:34:24


Sería muy bueno que se aplicaran multas o sanciones a las entidades que solicitan este tipo de documentos sin que esté contemplado en sus reglamentos, si no para qué los hacen. Esa es la mejor forma de educar y corregir problemas como esos.

Pedro dijo:

5

8 de julio de 2015

05:37:17


Y que decir de alguien que quiere viajar al extranjero invitado por la esposa que es colaboradora y no ha podido hacerlo porque la inscripción de nacimineto de su fallecida madre tiene una discordancia con su apellido? Será que el apellido de la difunta va a influenciar en algo? No hay respeto ni para el vivo ni para el muerto.

javier nardo dijo:

6

8 de julio de 2015

06:26:26


Wou esto si que esta bueno por favor envíen una comisión a los registros civiles tambien pues les puedo comentar sin ser muy extenso que un ejemplo sencillo como el registro civil de guanabacoa solo recibe solicitudes tres días a la semana en horario de la mañana y el del cerro mi esposa para solicitar una inscripciones de su mama por poco tiene que exumar sus restos es mas candente el tema pero por respeto modero las intenciones solo puedo abundar que tal es la cituacion de los registros que se fomenta un caldo de cultivo opuesto a su real funcion y diligencia.muchas gracias

Pedrojai dijo:

7

8 de julio de 2015

07:01:11


Creo que si las Entidades tienen dudas sobre si el viejo carné de identidad podría ser vulnerable a falsificaciones, la solución esta en solicitar el NUEVO CARNE DE IDENTIDAD SALUDOS

Adolfo dijo:

8

8 de julio de 2015

07:27:44


Vivo en Santa Marta, Varadero y he tenido que sacar mas de una vez la certificacion de nacimiento mia y de mi hijo menor pues me dicen que caduca a los seis meses, buscare la prensa escrita hoy y recortare este ariculo para ver si me sirve. Gracias Granma.

Eugenio Suárez dijo:

9

8 de julio de 2015

07:32:23


Con esta aclaración toca a los jefes de los jefes de los jefes de esos organismos que solicitan tales documentos que no lo continúen haciendo. control y mucho control.

Xor dijo:

10

8 de julio de 2015

08:36:00


Es bueno que la población sepa que las certificaciones como dijo la Dra. no vencen, pues uno nace y muere sólo una vez, en cuanto al matrimonio, tampoco, presentar una certificación de matrimonio falsa tiene las consecuencias penales correspondientes. Es bueno que la población conozca que no ocurre lo mismo con las Certificaciones de actos de última voluntad y declaratorias de herederos que si tienen un término de 180 días, así como que en cada municipio hay una DIRECCIÓN MUNICIPAL DE JUSTICIA a la cual pueden dirigirse ante cualquier duda, queja o sugerencia, ya que, desgraciadamente, tenemos aún algunos trabajadores que imponen términos como son los casos de los compañeros han comentado.

Emilia dijo:

11

8 de julio de 2015

08:43:03


"Se ha explicado una y otra vez, concluyó, que las certificaciones de nacimiento, matrimonio y defunción no tienen vencimiento, no obstante algunas instituciones na­cionales se arroga el derecho de asignarles un término de seis meses de vigencia, ello ha contribuido a elevar la demanda de certificaciones en los Registros del Es­ta­do Civil". Por favor, si alguien lo conoce, sería bueno que se hiciera público en qué regulación se establece la no caducidad de esos documentos. Así la población tendría el argumento preciso para deferenderse, ante las demanadas injuntificadas e ligeles de presentación de estos documentos, para trámites que no lo requieren.

joseantonio dijo:

12

8 de julio de 2015

09:37:10


Creo que se impone, por parte del Ministerio de Justicia y de los demás OACE involucrados en este problema, hacer cumplir la Ley por parte de las entidades y dependencias subordinadas, que sobrecargan a la población de trámites burocráticos excesivos, onerosos e innecesarios. También recordarles a todos los cuadros y directivos de esas instancias que el cumplimiento estricto de la legalidad es uno de los principios fundamentales del Código de Ética que todos aceptaron junto con el cargo y que, antes de tomar decisiones de esta naturaleza, deben asesorarse adecuadamente. Es mejor dedicar tiempo a valorar los fundamentos legales de los problemas a solucionar, procedimientos a implementar y decisiones a tomar, que a corregir errores. Señalar a ese diario, además, que cuando se dice que "algunas instituciones na­cionales se arroga el derecho de asignarles un término de seis meses de vigencia", se generaliza y no se identifica el o los responsables del problema. Mejor sería nominarlos directamente, para apelar a la vergüenza y al compromiso de los cuadros y sus colectivos, promoviendo, incitando y exigiendo, desde la prensa, la solución del problema.

Mario enrique labrador dijo:

13

8 de julio de 2015

09:56:34


en cuba existe un ministro o director nacional , la cosa es bien sencilla , se le envía por correo o por escrito esa información a todos los registros civil del país , y al momento se le pasa la información a todos los trabajadores y se acabo el problema

Mario enrique labrador dijo:

14

8 de julio de 2015

10:00:06


A que persona se le pudiera ocurrir pensar que esos documentos tienen vencimiento , la fecha de nacimiento , la fecha de matrimonio , o la de defunción , son datos históricos irrepetibles en la sociedad ,

Erenia Puig Ortíz dijo:

15

8 de julio de 2015

11:14:57


está bien que se aclaren estos temas y otros más, porque en la población hay mucho desconocimiento a la hora de hacer cualquier tramite y eso no nos permite a hacer uso de nuestros derechos.

Aristoteles Manani dijo:

16

8 de julio de 2015

11:20:15


Fascinante. A ningun director de ninguna entidad en Cuba se le ocurre ignorar u olvidarse de las directivas emitidas sobre la celebracion del 1ro de Mayo, asistencia a determinada actividad politica, participacion en una jornada nacional de cierta relevancia. Pero paradojicamente se olvidan, ignoran, se limpian el trasero con directivas operacionales que tienen el objetivo de facilitarle la vida a la poblacion y simplicar tramites, reducir costos y agilizar la actividad economica de la sociedad. En mi opinion, lo segundo es una forma velada de contrarevolucion y resistencia para evitar el progreso economico y crear descontento en la poblacion. Creo que bastaria circular un memo aclarando que requerir tramites o documentos no estipulados por las directivas nacionales constituye un acto contra la Revolucion y automaticamente se acaba el problema.

pedro orlando dijo:

17

8 de julio de 2015

12:08:56


Estoy en tramites judiciales en el tema de la propiedad de la casa pues mi padre fallecio y era el propietario , en pinar del rio , y debo decir que me han solicitado un documento de la abogada que certifica lo anterior para poder comprar la balita de gas licuado , pero hay que ir primero a la oficina del gas licuado en el reparto hnos cruz , alli firman y vas entonces para el lugar donde compras , osea directamente a comprar con el aval no puedes ir. gracias

ARG dijo:

18

8 de julio de 2015

12:41:40


en el caso de las legalizaciones de documentos para viajar al exterior salio un decreto ley o una norma juridica que no recuerdo ahora pero se publico en la gaceta oficial , la misma dictamina que existe un plazo de 45 dias desde el momento que usted hace la solicitud en bufetes colectivos o en consultoria juridica , hace unos dias mi esposa realizo la solicitud de estos servicios en holguin y le dijeron que con buen tiempo en unos 70 dias le entregarian legalizados los titulos, imaginemos que si son las mismas entidades rectoras las que violan las normas ¿a quien le vamos a reclamar? contando ademas que los servicios se pagan bien caros por lo que no existe la mas minima relacion calida-precio, ademas que desde el momento que entregas un titulo original comienzas a pedir que no se pierda como le ha sucedido a algunas personas¿que dice el MIJUS sobre esto?¿culpa del MINREX o del MES?, ojala lo publiquen y alguien responda

jorge surós dijo:

19

8 de julio de 2015

13:18:00


Pienso que este tema impone hacer las aclaraciones pertinentes en TV, la radio, prensa escrita y a los organismos adictos a estas prácticas que molestan tanto a la población y recargan el trabajo de nos registros civiles. Es cierto que las certificaciones de nacimiento y defunción no tienen fecha de caducidad pero, las de matrimonio y Fe de soltería, sí tienen un período de validez pues nos podemos casar o divorciar varias veces en la vida. Gracias por permitirme expresarme. Saludos.

Tamara dijo:

20

8 de julio de 2015

13:41:17


Es una manera de recaudar dinero y es bueno que se aclaren estos temas pues la poblacion no puede seguir sufriendo esto.