ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

"Mi observación como chofer y peatón es que cada año hay más vehículos con motores necesitados de reparación, los que podrían calificarse de 'asesinos': tienen una superemisión de gases tóxicos y contaminan la atmósfera en tal grado que equivalen a miles de autos en buen estado.

"He preguntado a policías de tránsito y 'caballitos', y dicen que ellos no pueden hacer nada. Hace pocos días una resolución prohibió fumar en muchos lugares. El daño que provocan esos vehículos es tanto o más destructor que el humo de los cigarros, y sin embargo no se prohíbe su circulación.

"¿Es imposible retirarles el permiso a los conductores de autos particulares o de empresas hasta que los reparen adecuadamente? ¿Qué hacer contra el terrible ruido que provocan de día, madrugada, noche, al sonar sus claxons sin consideración, sin educación? ¿Quién tiene esa responsabilidad?"

Se trata de un problema que sigue en pie. No es por falta de normativas jurídicas, sino de hacerlas cumplir.

HUMOS

Contra lo que piensa el remitente, sí se prohíbe la circulación por las vías del país de los vehículos de motor, remolques y semirremolques que presentan deficiencias técnicas, entre ellas, la emisión de gases de escape que contienen una cantidad de gas carbónico superior a la norma, y la falta de tubo de escape con su dispositivo silenciador, o ambos; o uno de ellos en mal estado.

Así lo dispone el Código de Vialidad y Tránsito, el cual exige el control de los vehículos a fin de garantizar que reúnan las exigencias técnicas en función de la seguridad del tránsito, la protección de las vías, el medio ambiente y el ahorro de energía.

El poseedor legal del auto, agrega, está obligado a someterlo a inspección y revisión técnica.

La primera consiste en verificar si el vehículo reúne los requisitos técnicos mínimos establecidos para transitar, y la ejecuta el Ministerio del Interior (MININT). Si no los cumple, esta institución tiene la potestad de retirar la licencia de circulación y las chapas de identificación, y conceder un término -no inferior a dos años- para corregir tales deficiencias. Licencia y chapas serán devueltas una vez comprobado que el vehículo se encuentra apto para circular.

La revisión está a cargo del Ministerio del Transporte y se realiza en plantas que emiten un certificado. Va dirigida a la detección de defectos mecánicos que constituyan riesgos para la circulación vial. Si los hay, la medida a tomar será igual a la explicada anteriormente, de conformidad con lo que establezca el MININT para estos casos.

El Código prohíbe la circulación de vehículos que no estén provistos del certificado de revisión técnica, debidamente actualizado y emitido de conformidad con los requisitos establecidos.

RUIDOS

No solo violan lo estipulado en el Código de Vialidad y Tránsito, sino también las más elementales reglas de convivencia, aquellos que ponen música a todo volumen en el interior del vehículo, atentando contra la debida atención al control del mismo.

La ley prohíbe tal actuación y también el uso del claxon dentro de las zonas pobladas, excepto cuando sea imprescindible: conducción de un herido o enfermo grave, casos de peligro, necesidad de pedir auxilio o evitar un accidente.

Aunque admite el empleo de sistemas de alarma para la protección de vehículos, estos son también generadores de molestos ruidos cuando se dejan sonar indiscriminadamente.

Sobre el tema, el abanico de disposiciones legales es más amplio e incluye la ley de Salud Pública y la de Medio Ambiente.

Sin embargo, humos y ruidos señorean por doquier. ¿Quién le pone el cascabel al gato?.

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