El Tribunal Supremo Popular (TSP) destacó que, tras su publicación en la Gaceta Oficial, entró en vigor la Ley 180/2025 «Del Registro Civil» y su nuevo Reglamento, disposición que marca un hito en la modernización del servicio público y lo adapta a la Cuba digital y a las nuevas realidades familiares.
A través de su cuenta en Facebook, el TSP señaló que «esta normativa marca un hito en la modernización del servicio público, sustituyendo la legislación vigente desde 1985 para adaptarse a la Cuba digital y a las nuevas realidades familiares».
La nueva Ley establece, entre sus principales cambios, un Registro 100 % digital, con la implementación del folio personal electrónico y la firma digital. El Registro es único y centralizado, lo que permitirá realizar trámites en cualquier oficina del país, independientemente del lugar de nacimiento o residencia.
Asimismo, la norma agiliza los trámites al reducir los plazos y eliminar la exigencia de documentos que ya obren en poder del Estado, gracias a la interoperabilidad entre organismos.
En consonancia con el Código de las Familias, la legislación reconoce y regula la inscripción de la unión de hecho afectiva, los pactos de convivencia y la multiparentalidad, como parte de la actualización social que promueve.
El texto legal también garantiza el derecho a la identidad al regular el cambio de nombre y la rectificación del dato relativo al sexo, lo que asegura —según el TSP— el derecho a la identidad de género y al libre desarrollo de la personalidad.
Igualmente, se establece un régimen de publicidad restringida para proteger datos sensibles, como las causas de muerte o la filiación, con el fin de garantizar la intimidad personal y familiar.
La entrada en vigor de la Ley 180/2025 y su Reglamento se produjo el 16 de septiembre de 2026. El Tribunal Supremo Popular ratificó que «continuará velando por la correcta aplicación de la justicia y el respeto a los derechos de todos los ciudadanos», e invitó a consultar la Gaceta Oficial para conocer más detalles.













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