ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Wennys Díaz Ballaga

Las resoluciones que respaldan el incremento salarial para los trabajadores del sector presupuestado, así como la decisión de establecer un salario mínimo en todo el país fueron publicadas este viernes en la Gaceta Oficial de la República en su edición ordinaria número 60. 

Esta medida que da cumplimiento a las transformaciones 72 y 73 aprobadas como parte de las Transformaciones Económicas y Sociales, beneficia a más de 1,2 millones de trabajadores. 

Las medidas, contenidas en las resoluciones 14 y 15 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), actualizan el salario mínimo del país y establecen una nueva escala salarial para el sector presupuestado, en correspondencia con las posibilidades económicas actuales y con el propósito de continuar avanzando en el perfeccionamiento de la política salarial.

¿QUÉ DICEN LAS NORMAS?

La Resolución 14 fija el salario mínimo nacional en 3 210 pesos mensuales, en sustitución de los 2 100 pesos vigentes desde diciembre de 2020. Asimismo, establece una tarifa mínima por hora de 16 pesos con 84 centavos para quienes reciben su remuneración bajo esa modalidad. Estas disposiciones tienen efecto desde el 1.º de julio y se reflejan en los pagos de salarios realizados durante el mes de agosto.

Por su parte, la Resolución 15 implementa una nueva escala salarial exclusivamente para el sector presupuestado, dejando sin efecto la anterior regulación para este ámbito. La norma mantiene, además, los pagos adicionales por concepto de categoría científica: 440 pesos para quienes ostentan el grado de Máster o una especialidad equivalente reconocida por el Ministerio de Educación Superior y 825 pesos para los doctores en ciencias, siempre que desempeñen cargos que requieran nivel superior.

Durante la presentación de las medidas, el viceministro de Trabajo y Seguridad Social, Ariel Fonseca Quesada, precisó que no se trata de una reforma general de salarios, sino de un incremento dirigido específicamente al sector presupuestado.

Explicó que las condiciones económicas actuales del país no permiten acometer una reforma salarial integral, aunque sí fue posible actualizar el salario mínimo para todos los trabajadores y aprobar un incremento para quienes laboran en las entidades presupuestadas.

«Lo que estamos haciendo no es una reforma general de salario, pues en este momento en el país no existen condiciones para ello», subrayó.

Fonseca Quesada destacó que la decisión debe analizarse de manera integrada con otras medidas adoptadas en los últimos años, particularmente en sectores como Salud y Educación –los que representan el 70 % de los trabajadores del sector presupuestado–, donde ya se habían aprobado pagos adicionales por años de servicio, sobrecarga laboral, trabajo nocturno, categoría docente y otras condiciones específicas, beneficios que permanecen vigentes y se suman al incremento ahora aprobado.

En ese sentido, explicó que la nueva escala salarial mantiene la jerarquía entre los diferentes grupos ocupacionales. El salario mínimo correspondiente al grupo escala 1 pasa de 2 100 a 3 210 pesos, lo que representa un incremento cercano al 53 %, comportamiento similar al resto de los grupos. Así, el grupo escala 32 eleva su salario de aproximadamente 9 500 pesos hasta cerca de 14 000 pesos.

El director de Organización del Trabajo del MTSS, Guillermo Sarmiento Cabañas, enfatizó que la medida responde a un proceso de análisis desarrollado dentro del Programa de Gobierno para corregir distorsiones y reimpulsar la economía durante 2026, y no constituye una decisión improvisada.

Recordó que la propuesta fue evaluada, debatida y enriquecida antes de su aprobación definitiva, teniendo en cuenta las posibilidades reales del presupuesto estatal y las prioridades definidas para el país.

Según explicó, el incremento representa un esfuerzo financiero superior a los 42 000 millones de pesos anuales, lo que da la dimensión del alcance de la medida y explica, al mismo tiempo, por qué no fue posible avanzar hacia una reforma salarial de mayor alcance.

Reconoció que el incremento aún resulta insuficiente frente al comportamiento de los precios y al costo de la canasta de bienes y servicios. Sin embargo, señaló que constituye un paso posible dentro de las condiciones económicas actuales, marcadas por las limitaciones internas y el recrudecimiento de las medidas de presión económica impuestas por el Gobierno de Estados Unidos.

Sarmiento Cabañas resaltó igualmente la importancia de la Transformación 73, que incorpora la actualización periódica del salario mínimo teniendo en cuenta la evolución de la inflación, así como la evaluación de su impacto sobre las pensiones de la seguridad social y las prestaciones de la asistencia social, lo que permitirá dar seguimiento sistemático a estos indicadores.

Los directivos también aclararon que la Resolución 15 es exclusiva para el sector presupuestado y no resulta aplicable al sistema empresarial, el cual se rige por su propia normativa, encabezada por el Decreto 138.

No obstante, precisaron que los trabajadores del sistema empresarial cuyos salarios mínimos sean inferiores a 3 210 pesos también se benefician de la actualización del salario mínimo nacional establecida en la Resolución 14. En muchas empresas, explicaron, ya se aplicaban escalas superiores gracias a las facultades otorgadas para aprobar sus propias organizaciones salariales, mientras que otras continuarán ajustándose conforme a las disposiciones vigentes para ese sector.

Los representantes del MTSS insistieron en que la implementación de estas normas requerirá un amplio proceso de información y análisis en los colectivos laborales, con la participación de la Central de Trabajadores de Cuba y los sindicatos nacionales, para garantizar que cada trabajador conozca el alcance de las disposiciones y la forma en que estas se aplican según el cargo que desempeña.

La actualización salarial constituye una de las acciones previstas dentro del programa de Transformaciones Económicas y Sociales para continuar fortaleciendo la protección a los trabajadores del sector presupuestado y avanzar, de manera gradual y en correspondencia con las posibilidades de la economía, en el perfeccionamiento de la política salarial del país.

ESCALA Y TARIFAS SALARIALES DE APLICACIÓN A LOS TRABAJADORES DE TODAS LAS CATEGORÍAS OCUPACIONALES QUE LABORAN EN EL SECTOR PRESUPUESTADO

Grupo de complejidad

salario escala (pesos) según régimen de trabajo y descanso
44 horas semanales

I

3 210

II

3 365

III

3 515

IV

3 700

V

3 885

VI

4 065

VII

4 295

VIII

4 525

IX

4 755

X

4 985

XI

5 210

XII

5 520

XIII

5 825

XIV

6 130

XV

6 435

XVI

6 740

XVII

7 045

XVIII

7 350

XIX

7 735

XX

8 115

XXI

8 500

XXII

8 880

XXIII

9 265

XXIV

9 645

XXV

10 105

XXVI

10 640

XXVII

11 175

XXVIII

11 710

XXIX

12 245

XXX

13 010

XXXI

13 770

XXXII

14 535

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Yilian dijo:

1

17 de julio de 2026

19:36:21


Es válido el aumento en el sector presupuesto el cual estaba ya muy devastado y con muy poco personal por los bajos salarios . Perooo me preguntó una cosa porque no sacaba de decidir o de tomar la decisión de analizar el pago de los estudios universitarios osea las Licenciatura ya que es un pilar fundamental para el progreso profesional y no solo estimular aquello que realizan un Master o un doctor y recuerdo que para obtener estos grados científicos es necesario ser licenciado. Yo creo que eso estimularia a nuestra comunidad universitaria y así no se nos van tan rápido de los sectores estatales . Gracias y que tenga un exelente día.

Isabel Aguilar Ramirez dijo:

2

17 de julio de 2026

20:42:33


Y cómo sabe un trabajador el grupo al cual pertenece?

Carmen Medina forte dijo:

3

17 de julio de 2026

22:48:38


En qué escala está un maestro de 38año de trabajo y puro dando 5to grado y con 26 estudiantes yo

Viviana Ortega Martinez dijo:

4

17 de julio de 2026

23:16:38


Soy licenciada en enfermería y trabajo en atención primaria con 40 años de servicio a qué grupo salarial entro yo

Yaquelin Vargas dijo:

5

18 de julio de 2026

00:04:44


A cual escala pertenecen los tecnologos

Sandra dijo:

6

18 de julio de 2026

00:20:02


Se sube el salario y ahora hay que pagar una comisión para extraer efectivo y hacer transferencia, además subió el precio del gas , tampoco hay efectivo para comprar los alimentos y el estado es indiferente a esta problemática, no le veo la mejoría.

Yareikis dijo:

7

18 de julio de 2026

01:04:29


Cuál sería el grupo escala para el Presidente de Asamblea, de un municipio categoría 2 que no lo ví en la resolución 16/2026 apartado noveno

Margarita dijo:

8

18 de julio de 2026

05:06:18


Los que laboramos en el sector de la educación superior como docentes en la condición por horas tenemos algún beneficio en esta resolución ?

Armando dijo:

9

18 de julio de 2026

08:06:20


Muy bien, salario mínimo equivalente a 6 USD y Máximo a 28 USD.

Nany dijo:

10

18 de julio de 2026

08:17:00


Es aplicable para el sector estatal o no. De no ser así para cuando se realizará una escala salarial a este sector

Rene dijo:

11

18 de julio de 2026

08:17:36


De verdad que en nomenclatura no hay quien les gane , han inventado una serie de palabras que no hay quien las entienda para quedar en lo mismo de lo mismo

Luis dijo:

12

18 de julio de 2026

09:11:36


Buenos días relacionado con el incremento salarial al sector presupuestado en el casos de salud pública no se analizó el aumento de la nocturnidad ni tampoco se da respuesta al la antigüedad del personal administrativo y de servicios que trabajamos más de 15 años en hospitales y policlinicos y hacemos nocturnidad,ya que somos tan necesarios como el personal vinculado al sistema de salud.gracias

Israel Machado Arencibia dijo:

13

18 de julio de 2026

11:46:19


Y los jubilados, que lo dimos todo durante muchos años seguimos esperando. Recuerden que en Cuba los jubilados por edad, según las estadísticas disfrutamos de la pensión entre diez y quince años. Éso es en tiempos normales

ANSELMO ENRIQUE FERRER HERNANDEZ dijo:

14

18 de julio de 2026

11:58:57


AL PARECER SEGUIMOS SIN RESOLVER LA SITUACIÓN DE LOS SALARIOS DE LOS TRABAJADORES CUBANOS. EN MAS DE 65 AÑOS HEMOS ESTADO COLOCANDO CURITAS PARA HERIDAS PROFUNDAS EN EL SALARIO DE LOS TRABAJADORES CUBANOS, EN EL SECTOR ESTATAL. EN LOS TRABAJOS PARTICULARES LA REALIDAD ES OTRA. AHORA MISMO CON ESTE NUEVO AJUSTE, NO HEMOSS TENIDO EN CUENTA ALGO PRIMORDIAL QUE ES LA EQUIVALENCIA DE NUESTRA MONEDA (CUP) CON OTRA MONEDA REFERENCIA ( DOLAR, RUBLOS, EUROS, ETC). DE ACUERDO CON LA TABLA DE LOS SALARIOS POR CATEGORIA , SE PUEDE VER Y CALCULAR A CUANTO EQUIVALEN ESTOS SALARIOS CON EL VALOR ACTUAL DEL DOLAR EN EL MERCADO ILEGAL O ESTATAL. EL DOLAR YA PASO DE LOS 500 CUP POR DOLAR, DEJO A UDES QUE SAQUEN A CUANTO EQUIVALE EN CUBA ESOS SALARIOS ACTUALES. SEÑORES DEL ESTADO EL SISTEMA SALARIAL CUBANO HAY QUE COLOCARLO EN UNA UNIDAD DE UTI, PUES EL PACIENTE ESTA GRAVE Y COM PASTILLITA E CURITAS NO SE RESUELVE NUESTRA SITUACIÓN SALARIAL.

Luis Caraballo Fernández dijo:

15

18 de julio de 2026

17:14:23


Estoy de acuerdo con la medida. La cual incentiva tanto al sector de educación y salud por la importancia que tienen para el país

Luis Ramos Isla dijo:

16

19 de julio de 2026

13:39:30


Salario mínimo por debajo de la inflación

Rosaidy Rojas dijo:

17

20 de julio de 2026

05:56:58


Si la chequera mínima es de $3056.00 como van a poner el salario minimo en 3210?. Si la chequera minima la duplicaron al menos eso mismo se debio hacer con las personas que estan trabajando y tienen salario minimo