La Gaceta Oficial ordinaria número 26 publicó este lunes la Ley 180 «Del Registro Civil» y sus disposiciones complementarias, respondiendo a la necesidad de actualizar un marco jurídico vigente desde 1985 y adaptarlo a la Constitución, el Código de las Familias y la Ley de Protección de Datos Personales, colocando a las personas en el centro de la gestión de su identidad.
En conferencia de prensa, Lisset Castillo Soler, directora de Registro de Personas Naturales del Ministerio de Justicia, explicó que la nueva norma simplifica los trámites, elimina el soporte en papel y garantiza la protección de los datos personales mediante sistemas de ciberseguridad.
Asimismo, establece un Registro Civil único, centralizado y completamente digital, sustentado en un folio personal electrónico que integrará todos los hechos y actos relacionados con la identidad y el estado civil de cada ciudadano desde su nacimiento hasta su defunción.
Sobre ello, Castillo Soler destacó que Cuba tiene más de 300 bases de datos, por lo que, con la creación de este registro único, se reducen errores y se asegura la actualización permanente de la información.
Resaltó que con la nueva norma se viabilizan los procesos de subsanación de errores, los cuales en su mayoría podrán ser realizados por los propios registradores, sin necesidad de abrir un expediente.
Por otra parte, el sistema digital que se establece dentro de la Ley permitirá la interoperabilidad con otras instituciones del Estado y oficinas consulares, y contempla la digitalización de libros históricos que datan desde 1875.
De igual forma, la norma refuerza la protección de datos sensibles y reconoce derechos esenciales como el derecho al nombre, a la inscripción oportuna, a la rectificación de datos y a la igualdad ante la ley, y regula la escucha de menores de edad en sede registral.
Precisaron que define una estructura organizativa moderna, que incluye la Oficina Central, oficinas municipales, palacios de los matrimonios, archivos provinciales y oficinas consulares, todas conectadas a la plataforma digital nacional, y su entrada en vigor será 180 días naturales después de su publicación.
Entre las principales transformaciones que introduce la norma se destacan el folio personal electrónico único para cada ciudadano, un Registro Civil centralizado y nacional, un sistema 100 % digital, interoperable y automatizado, la firma electrónica para registradores y acceso ciudadano desde cualquier oficina, y la integración con otras plataformas digitales del Estado.













COMENTAR
Ricardo dijo:
1
17 de marzo de 2026
05:13:12
Johan De Craene dijo:
2
17 de marzo de 2026
10:34:56
Ada María Ramos Santiesteban dijo:
3
17 de marzo de 2026
23:25:26
Mari dijo:
4
18 de marzo de 2026
00:45:02
María Eugenia Vega dijo:
5
18 de marzo de 2026
07:34:29
Keyli Vazquez dijo:
6
18 de marzo de 2026
08:28:02
Yuliana Borges dijo:
7
18 de marzo de 2026
13:24:08
Isabel dijo:
8
18 de marzo de 2026
13:59:58
Miguel dijo:
9
18 de marzo de 2026
14:36:40
Juana dijo:
10
18 de marzo de 2026
15:13:50
Mariposa dijo:
11
18 de marzo de 2026
15:51:59
Elodia Regla dijo:
12
18 de marzo de 2026
16:15:26
Nora Martin dijo:
13
18 de marzo de 2026
16:56:13
Elizabeth dijo:
14
18 de marzo de 2026
17:05:21
Yegny dijo:
15
18 de marzo de 2026
17:08:57
Yamile Serrano dela Cruz dijo:
16
18 de marzo de 2026
17:20:09
Ideirmes valera calzada dijo:
17
18 de marzo de 2026
20:45:00
Silvia Martinez dijo:
18
18 de marzo de 2026
21:54:20
Ania Salazar Roman dijo:
19
18 de marzo de 2026
22:52:27
Midalys dijo:
20
19 de marzo de 2026
09:58:20
Responder comentario