ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Este proceso tributario incluye a más de un millón de contribuyentes, tanto personas naturales como jurídicas. Foto: José Manuel Correa

Este 5 de enero comienza en todo el país la Campaña de declaración y pago de tributos 2026, uno de los principales procesos tributarios que incluyen a más de un millón de contribuyentes, tanto personas naturales como jurídicas.

Mary Blanca Ortega Barredo, Jefa de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT), explicó a Granma que la Ley 181 del Presupuesto del Estado para el año 2026 establece los plazos para cada uno de los impuestos por pagar.

Refirió que, en el caso de las Personas Naturales, el proceso de declaración jurada, liquidación y pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales inicia el 5 de enero y concluye el 30 de abril de 2026, y están obligados a presentar esta declaración jurada los trabajadores por cuenta propia, comunicadores sociales y diseñadores, artistas, personal que recibe gratificaciones, usufructuarios y propietarios de tierras del sector agropecuario, socios de las mipymes y otros que reciban ingresos personales.

Agregó que dentro de los beneficios fiscales se mantienen para los que declaren y paguen hasta el 28 de febrero una bonificación del 5 % de la cuantía que resulte por pagar, y para los que utilicen los canales digitales de pago, un descuento del 3 % del importe por pagar.

Ortega Barredo señaló que para esta campaña se mantiene la posibilidad de presentar la Declaración Jurada por vías digitales para los contribuyentes que poseen la firma digital, la cual puede ser descargada desde el portal tributario (www.onat.gob.cu).

Por otra parte, resaltó que para las Personas Jurídicas la Campaña contempla la presentación de la declaración jurada, liquidación y pago del impuesto sobre las Utilidades hasta el 31 de marzo.

Asimismo, se mantiene lo establecido en la Resolución 8 de 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios, sobre el carácter obligatorio de la presentación con firma electrónica del modelo de la Declaración Jurada, que se puede encontrar en https://djutilidades.onat.gob.cu/

Remarcó que, para obtener la firma digital, el representante legal de la entidad debe hacer la solicitud a cualquiera de las entidades que emiten estos Certificados electrónicos.

Ortega Barredo precisó que los contribuyentes, personas naturales y jurídicas, que son propietarios o poseedores de vehículos de motor o tracción animal y de embarcaciones pagan los impuestos sobre el Transporte Terrestre, y por la Propiedad o Posesión de Embarcaciones con un término voluntario hasta el 30 de septiembre.

En el caso del transporte terrestre, la bonificación del importe para pagar es del 5 %, siempre que ejecute el pago antes del 28 de febrero, y comentó que los importes de las cuotas del transporte terrestre fueron actualizados para esta campaña.

Exhortó a todos los contribuyentes a cumplir en el tiempo establecido con el aporte al Presupuesto, fuente de ingresos que obtiene el Estado para financiar los gastos públicos y contribuir al crecimiento económico del país.

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