El plazo de aplicación del ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales fue aplazado hasta el 31 de diciembre de este año, a partir del Acuerdo 10108, adoptado por el Consejo de Ministros.
En el texto publicado en la Gaceta Oficial, en su edición Extraordinaria número 26, se detalla que se mantiene la mayoría de términos y obligaciones con respecto a su predecesor, el Acuerdo 8574 de 2019, vigente hasta el pasado lunes, informó Marvelis Velázquez Reyes, directora de Asuntos Legales de la Vivienda, en el Ministerio de la Construcción (Micons).
Detalló que esta decisión tiene el objetivo de facilitar la legalización de inmuebles sin estatus alguno o sin las formalidades requeridas, mientras no se violen las regulaciones territoriales y urbanísticas.
Las personas naturales ocupantes de las construcciones referidas, tanto rurales como urbanas, devendrán en sus propietarios, precisó.
De esa medida, expuso la directiva, surge la posibilidad de transmitir la propiedad a las futuras generaciones, realizar permuta, compraventa y donación.
Entre otros aspectos positivos, sintetizó, también evita conflictos por ocupación de linderos, viabiliza la atención a personas en situación de discapacidad, embarazadas y adultos mayores, así como permite el acceso a programas sociales, subsidios y otros beneficios del Estado.
De igual forma, resaltó Velázquez Reyes, existirá una simplificación de los trámites, equivalente a 15 días menos, gracias a la eliminación del levantamiento en planta y la descripción del inmueble, realizados por las direcciones municipales de la Vivienda. Solo quedaría el Dictamen de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Urbanismo.
Entre los beneficiarios aparecen los usufructuarios y ocupantes de las instalaciones contempladas en viviendas adecuadas o con posibilidad de lograr esa condición; los casos de los hogares o locales terminados o en ejecución por el Estado o la población, sin las formalidades legales, y los arrendatarios permanentes de casas del fondo estatal.
En este último apartado, se excluyen los sancionados por el Decreto-Ley 149 de 1994, sobre confiscación de bienes e ingresos ilícitos, y por el 232 de 2003, acerca de la confiscación por drogas, actos de corrupción y otros comportamientos ilícitos y sentencias penales, aclaró Velázquez Reyes.
Desde mayo de 2019 hasta este marzo se han solucionado 223 920 trámites reportados por las direcciones municipales de la Vivienda, de ellos más de 130 000 por esfuerzo propio y más de 50 000 consistentes en la conversión de arrendatarios a propietarios, entre los más significativos. Sin embargo, todavía faltan más de 19 000 en espera de respuesta.
La Directora de Asuntos Legales de la Vivienda realizó un llamado a la población para presentar el trámite, y así formar parte del proceso.
Puntualizó que, entre otros requisitos, está llevar un sello timbrado de diez pesos y el pago del derecho del terreno en las construcciones por esfuerzo propio, aunque su cobro ocurre después de otorgar la propiedad.


















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