ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Con el objetivo de corregir distorsiones y reimpulsar la economía, en especial las indisciplinas fiscales e incrementar los ingresos a favor del Presupuesto del Estado, a partir del próximo 15 de noviembre se actualizarán los valores referenciales de las viviendas que se utilizan como base de cálculo para el pago de los impuestos asociados a su transmisión entre personas naturales.

Así lo explicó el Ministerio de Finanzas y Precios, mediante nota informativa, que detalló que corresponde a los impuestos sobre Transmisión de Bienes y Herencias para la persona natural que compra, y el de Ingresos Personales Eventuales para la persona natural que vende.

Con la Resolución 313/2024, publicada este viernes en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 102, «crecen cinco veces los actuales valores referenciales, atendiendo a que en los estudios realizados los precios de venta de las viviendas oscilan en valores diez veces superiores a los referenciales establecidos como mínimos para el cálculo de los impuestos, aun cuando en los últimos meses se ha constatado una disminución de estos, asociada al movimiento migratorio».

Asimismo, se ratifica que los impuestos asociados a las compraventas y donaciones entre particulares se calculan y pagan con base en el valor real de la transacción, por lo que los valores referenciales mínimos de las viviendas tienen un carácter complementario, como medida de contención de las potenciales subdeclaraciones.

Destacaron que el estudio realizado por la Oficina Nacional de Administración Tributaria en las acciones de control a estos actos de transmisión de propiedad, demostró que los valores reales de las ventas constituyen cifras significativamente superiores a los valores referenciales actuales, por lo que los mismos no logran, conforme a su objetivo, reducir la brecha de subdeclaración e incrementar la capacidad de captación de ingresos por estos tributos.

Señalaron que la Resolución 313/2024 clasifica las viviendas en cinco zonas, según su tipología y ubicación, y en función de ello determina sus valores referenciales, y en correspondencia con las características constructivas del inmueble, según se describen en el título de propiedad del mismo.

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Alfredo dijo:

1

3 de noviembre de 2024

14:10:12


Saludos, valores, son números y NO se hace referencia a ninguno, por qué?

Silvio Hernández Cabrera dijo:

2

14 de noviembre de 2024

16:31:39


La medida como contención está muy buena. Pero me parece qué ésa valoración que plantean hacer es empírica y no se basa en lo real. Finanzas y precios debe poner contención también a los precios abusivos que tienen los cuenta propistas sobre la venta de productos alimenticios, qué tienen que ver con la vida diaria del pueblo que lo que se gana a penas alcanza para mal comer. Otro aspecto es con la famosa bancarización qué están los garroteros, enriqueciéndose sin trabajar. Creo que por esta vía, está la mayor inflación de este país. Cómo va a resolver en ministerio de finanzas éste problema. Porque tienen que resolverlo éso no aguanta más. Hagan un cange de dinero y recojan el circulantes o inventen algo qué resuelva el problema que es mucho más grande que la venta de viviendas

Fio dijo:

3

19 de noviembre de 2024

22:16:47


Me parece una arbitrariedad que se tomen medidas como esta ,la implementación de medidas y de documentos como este expuesto de un momento a otro.Considero que se violan muchos procesos como el que la propiedad plasma un valor real y porque el valor de un estudio que se hizo hoy diga que el valor sea otro.Nadie tiene el derecho a imponer valor sobre lo que no es de uno y que con sacrificio logro.Molesto es además que en la Gaceta se hable de cuando queda vigente la resolución,pero no hable de los que ya tenían un proceso adelantando con colas en los bancos ,demoras en recibir documentos que exige la notaría y que el día que logras resolver todo,te digan que por una indicación de alguien que no debe ser nombrado,tu cheque que bastante costo realizarlo y los pagos del impuesto ya no sirven porque quedaron sin efecto por dicha resolución de menos de 15 días.La pregunta más fuerte de este comentario de un afectado.Si mi casa tiene un valor X con los nuevos precios y me obligan a pagar el impuesto tributario antes de recibir el dinero de la venta,de que manera voy a pagar yo a la ONAT 19402 pesos cubanos,cuando mi salario de 4155 pesos apenas me alcanza para un paquete de pollo ???