ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
La norma establece que los TCP quedan obligados a abrir y operar una cuenta bancaria en una sucursal de un banco comercial cubano. Foto: José Manuel Correa

La Resolución 271 del Ministerio de Finanzas y Precios –que entra en vigor a los 30 días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial– presenta nuevas modificaciones en cuanto a las normas para la tributación y el tratamiento de precios y tarifas para los trabajadores por cuenta propia (TCP).

Esta norma, que deroga las Resoluciones 345 y 347 del propio organismo de 2021, y la 246/2023, actualiza y unifica las normas para la tributación, el tratamiento de precios y tarifas y la obligatoriedad y operatoria de las cuentas bancarias fiscales para los TCP.

Como novedad, para el cálculo del Impuesto sobre los Ingresos Personales de los trabajadores contratados por los TCP, se aplica como tipo impositivo la escala proporcional y se le incorpora:

 

Ingresos mensuales                                                                           Tipo
                                                                                                           Impositivo

El exceso de 15 000.00 hasta 20 000.00                                          7,5 %

El exceso de 20 000.00 hasta 25 000.00                                              10 %

El exceso de 25 000.00 hasta 30 000.00                                              15 %

El exceso de 30 000.00                                                                        20 %

 

También faculta a los consejos de la Administración municipales a reducir, con carácter excepcional, hasta un 35 %, el importe de las obligaciones tributarias por conceptos de impuestos sobre Ventas y Servicios y sobre los Ingresos Personales que deben pagar los TCP que ejerzan sus actividades en zonas rurales de difícil acceso y montañosas, por las condiciones en que el contribuyente ejerce la actividad o por la necesidad de prestar un servicio público a bajos precios, previa evaluación de conjunto con la Oficina de Administración Tributaria (ONAT) del municipio.

Sobre el régimen general de tributación, se dispone que los Pescadores Comerciales y los Trabajadores Contratados del Sector Artístico, tributan según su norma específica.

Los TCP realizan un pago anticipado a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales. Lo hacen, a través de una cuota mensual consistente en el 5 % de los ingresos mensuales obtenidos, que excedan los 3 270 pesos, equivalente mensual del mínimo exento reconocido para la liquidación anual del impuesto.

 

DE LA CUENTA BANCARIA FISCAL

La norma establece que los TCP quedan obligados a abrir y a operar una cuenta bancaria en una sucursal de un banco comercial cubano que declaren ante la ONAT. Es considerada una cuenta bancaria fiscal, que es una cuenta corriente habilitada por los TCP, en las sucursales de bancos comerciales cubanos, tanto en pesos cubanos como en moneda libremente convertible, para las operaciones comerciales autorizadas en el país.

Dispone que los contribuyentes ejecutan, mediante la cuenta bancaria fiscal, el pago de sus obligaciones tributarias, los relacionados con las reparaciones capitales, mantenimientos constructivos, compra de medios y equipos, servicios recibidos de las formas de gestión no estatal que se realicen a través de instrumentos bancarios; y los pagos a entidades estatales por la compra de bienes y prestación de servicios, mediante instrumentos bancarios.

Los contribuyentes que contratan los servicios de los TCP que ejercen actividades relacionadas con la teneduría de libros y la gestión de cobros y pagos de impuestos, realizan transferencias desde sus respectivas cuentas bancarias fiscales a la cuenta bancaria fiscal del tenedor de libros y cobrador-pagador de impuestos, con la finalidad de que estos efectúen el pago de los tributos que corresponden a sus clientes. Esas transferencias no se consideran ingresos personales a los efectos del pago de sus impuestos y de la Declaración Jurada.

Por otra parte, los titulares de las cuentas bancarias fiscales quedan obligados a declarar los datos de estas a las personas jurídicas, a los efectos de recibir pagos por conducto del sistema bancario por los servicios prestados, en correspondencia con lo establecido en las regulaciones vigentes respecto a los cobros y los pagos.

Cuando una persona natural que recibe bienes o servicios de los contribuyentes sujetos a esta norma, pague por transferencia u otro instrumento bancario, el contribuyente está obligado a declararle los datos de su cuenta bancaria fiscal para que el pago se realice sobre ella.

La Resolución establece que el incumplimiento de la operatoria de las cuentas bancarias fiscales constituye una infracción, sancionable conforme a la legislación tributaria vigente.

 

SOBRE LA TRIBUTACIÓN PARA EL TCP QUE EJERCE LA ACTIVIDAD DE PESCA COMERCIAL

En el caso de la Resolución 273/2024 modifica la forma de tributación para el TCP que ejerce la actividad de pesca comercial, a partir de la autorización de la libre comercialización de sus productos, derogando la Resolución 382/2021.

Los TCP que ejercen la actividad de pesca comercial no estatal, aplican el Régimen General de Tributación y están sujetos al pago de los tributos siguientes:

  • Impuesto sobre los Ingresos Personales. Aplican un tipo impositivo del 5 % de los ingresos mensuales que perciben por la comercialización de sus capturas, de forma liberada, o de las entregas a las empresas pesqueras y otras entidades autorizadas por el Ministerio de la Industria Alimentaria (Minal), que excedan de 3 260 pesos, equivalente para un mes al mínimo exento establecido.
  • Impuestos sobre las Ventas y sobre los Servicios. Aplican un 10 % de los ingresos mensuales obtenidos por la comercialización de sus capturas, según las decisiones que al respecto adopten los gobiernos locales. Los pagos se realizan en o antes del día 20 del mes siguiente al que se efectuaron las ventas o prestaron los servicios. Se excluyen de la aplicación de este tributo los ingresos obtenidos por las entregas a las empresas pesqueras y otras entidades autorizadas por el Minal, en correspondencia con los contratos que a tales efectos suscriban.
  • Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo. Aplica un 5 % sobre las remuneraciones pagadas a los empleados, cuando contrate fuerza de trabajo para el desarrollo de la actividad. Los pagos se realizan trimestralmente, en o antes del día 20 del mes siguiente del trimestre vencido
  • Contribución Especial a la Seguridad Social. De conformidad con lo establecido en el Régimen Especial de la Seguridad Social para los TCP.
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Sergio Hernández Ramos dijo:

1

31 de agosto de 2024

16:04:54


Hoy fui a pagar un servicio a un TCPme cobraron el 10 por ciento por encima del precio aduciendome que es una bonificación que después le cobran a el en el banco. No entiendo nada

Millaray dijo:

2

10 de septiembre de 2024

15:20:10


Ja ja ja... Asimismo es... Resulta que al efectuarse este pago por transferencia, al que paga le bonifican con un 10% del valor que paga y ese mismo 10% se lo descuentan al que recibe, que en este caso es el TCP. Entonces como nadie está para perder, pues por eso el TCP le suma ese 10% que pierde por encima del precio real a su cliente. Realmente no entiendo por qué ese mecanismo de descuento tiene que funcionar así de que el que recibe tenga que perder un 10%. Se sabe que el gobierno está en muy mala situación financiera y hace lo posible por controlar y obtener cada vez más finanzas, pero esa no es la forma porque cuando la gente ve que tiene que perder sin justificación, lo que se logra es que esa persona invente y busque la forma de evitar esa pérdida, en este caso, cargándoselo al otro que paga. En este caso debería ser lo contrario: que a modo de estímulo, el que recibe el pago gane el 10% igual que el que paga. Así amabas partes se sienten estimuladas a continuar usando las transferencias porque ganan y la gente no anduviera inventando ni infringiendo lo establecido.

Norberto Respondió:


30 de noviembre de 2024

14:35:01

Me parece que te engañó. Él no debe hacer eso.

Eusebio dijo:

3

13 de octubre de 2024

09:26:52


Entonces ellos pueden vender directo el pescado a un TCP que elabore alimentos , los conocidos vendedores de pan con minutas? Lo digo ya que en ciego de ávila lo ven de otra forma el gobierno o no se quién? Necesito esa ayuda en alguien con conocimiento de esto ya que nos tienen parado nuestra actividad de vender y las pérdidas son enormes .

Franclin Castillo Morales dijo:

4

14 de octubre de 2024

14:29:07


Hola alguien me puede decir en qué parte de la resolución dice como podemos hacer los depósitos al banco si es todos los días o podemos hacer semanal o mensual

Maite Respondió:


19 de enero de 2025

07:41:08

A mí me explicaron q si es a diario no hay tiempo para q trabajemos que se haga tres o cuatro veces al mes. Porq la frecuencia de deposito no lo dice ninguna Ley.

Franclin Castillo Morales dijo:

5

14 de octubre de 2024

14:30:13


Alguien me puede en qué parte de la resolución dice con que frecuencia debemos hacer los depósitos al banco

Marcos Aguilar Respondió:


24 de octubre de 2024

08:10:09

En ningún lado de la resolución lo dice, es una ley no escrita ya que los bancos no tienen efectivo. Y para colmo no te dan ni facilidades para depositar, tienes que hacer la misma cola que el que va a extraer.

Alianna dijo:

6

31 de octubre de 2024

10:56:18


¿Es posible que el TCP le cobre al cliente el impuesto sobre ingresos personales?

María Julia Bermúdez Ramírez dijo:

7

5 de noviembre de 2024

07:47:04


Tengo dudas si el pago a la onat se realiza sobre las ganancias o sobre las inversiones gracias espero su respuesta

Víctor luis Pauli melian dijo:

8

15 de noviembre de 2024

22:09:27


Yo quisiera saber la ley que dice que la inverciones que uno Hase en materiales o en algún producto tienen que cobrarnos un 10% si ese dinero no forma parte de ganancias como negociante que soy nadie debe ganar dinero en inverciones siempre lo que se reparte son las ganancias para todos en que escuela económica esplican que hay que repartirse el dinero de las inverciones ustedes me disculpan pero eso es una estafa eso que Hase la onat no forma parte de ninguna economía hasi con esa imposiciones el país nunca va a estar de acuerdo nunca y esos son los motivo que la economía no funciones obligando a los TCP a no ser benévolo en la contribuciones