ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Archivo

El Banco Central de Cuba autorizó la conversión de la institución no bancaria Corporación Financiera Alto Cedro S.A. en un banco corporativo denominado Alto Cedro, Banco Corporativo S.A. y amplió su licencia para hacer operaciones en el país. En 2020, el Banco Central de Cuba le había concedido la licencia para desarrollar en el territorio nacional todas aquellas actividades previstas para las instituciones financieras de su tipo.

Junto al cambio de nombre se amplió la licencia a favor de Alto Cedro, Banco Corporativo S.A. con sede en La Habana para desarrollar en el territorio nacional con las personas jurídicas las operaciones de intermediación financieras y sus servicios afines.

Entre las actividades que se le aprobaron, según la resolución publicada en la Gaceta Oficial el pasado 17 de julio, resaltan la de financiar -utilizando las diferentes modalidades de financiamiento existentes-, operaciones de exportación e importación de bienes o servicios e inversiones; abrir cuentas y mantener depósitos en moneda nacional y moneda extranjera, vinculados a los financiamientos que otorgue, u otras actividades asociadas a estos, autorizadas por el Banco Central de Cuba.

También puede recibir y otorgar préstamos u otras modalidades de crédito o financiamientos, excepto a los nuevos actores económicos del sector no estatal, salvo los que se autoricen previamente.

El documento normativo agrega la posibilidad de prestar servicios de pagos asociados a los financiamientos que conceda; manejar diversos tipos de riesgos, procesar información y monitorear a los deudores; emitir títulos-valores, órdenes de pago, giro y efectuar cobranzas, pagos y transferencia de fondos; realizar operaciones de descuentos de letras de cambio, pagarés y otros documentos comerciales; adquirir, ceder o transferir efectos de comercio, títulos-valores y otros instrumentos representativos de obligaciones.

Alto Cedro S.A. podrá, a su vez, servir de agente financiero, proveer servicios de asesoría en proyectos de inversión, otorgar asistencia técnica para estudios de factibilidad económica, administrativa y de organización y administración de empresas, así como promover y ejercer servicios de ingeniería financiera, de gestoría de negocios e instrumentar medidas de promoción y desarrollo de proyectos de exportación y de inversión, y ofrecer servicios de consultoría en materia económica, financiera.

La Resolución explica que estas modificaciones están amparadas en el Decreto-Ley 362 que en el Artículo 31 establece que el Banco Central de Cuba autoriza los casos de conversión de las instituciones financieras creadas al amparo de la Ley de Inversión Extranjera, según los procedimientos establecidos en esta materia.

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