La Ley No. 161 De Fomento y Desarrollo de la Ganadería, régimen jurídico general para el fomento y desarrollo sostenible de la ganadería, y la Resolución 181 de 24 de mayo de 2023 del Ministro de la Agricultura Reglamento del Registro Pecuario, fueron publicadas en la Gaceta Oficial de la República Ordinaria No. 58 de este lunes.
Sobre esta norma, Granma conversó, en exclusiva, con Mayra Cruz Legón, directora Jurídica del Ministerio de Agricultura (Minag), quien explicó que la publicación e implementación de este paquete normativo constituye un paso más para el logro de la soberanía y la seguridad alimentaria en nuestro país.
Añadió que esta Ley regula los principios, responsabilidades, derechos y obligaciones de los sujetos que participan en la gestión integral de la ganadería cubana.
Cruz Legón señaló que por primera vez el ámbito de aplicación se amplía a las especies bovinas y los équidos, que constituyen el ganado mayor; las especies porcinas, ovinas, caprinas, avícolas y cunícolas, que conforman el ganado menor; las especies apícolas; así como otras especies de animales utilizadas para la alimentación y el desarrollo humano.
Subrayó, como una de las novedades de esta norma, que con el objetivo de fomentar y desarrollar la actividad ganadera se regula que los órganos locales del Poder Popular aprueban y controlan la implementación de estrategias, políticas públicas locales, planes, programas y proyectos, encaminados a satisfacer las necesidades alimentarias de las personas y mejorar sus condiciones de vida, en especial en la zona rural.
«Con esta normativa se espera impulsar esta actividad en el país y promover una producción más eficiente, sostenible y responsable con el medioambiente y los animales de las especies ganaderas, que contribuya a garantizar la soberanía y seguridad alimentaria», apuntó la Directora Jurídica del Minag.
Explicó que esta normativa también permite registrar y supervisar el patrimonio ganadero, las razas puras y sus cruzamientos; implementar y controlar el desarrollo genético y la preservación del genofondo de las especies ganaderas, así como promover la protección de la salud y el bienestar de estos animales.
En cuanto a la Resolución 181, Reglamento del Registro Pecuario, enfatizó en que en este se inscriben el ganado mayor, sus características, identificación y los derechos de las personas naturales y jurídicas propietarias de ganado mayor sobre estos bienes.
Dijo que la inscripción en el Registro Pecuario es un requisito indispensable para el inicio de la actividad ganadera.
Comentó que ese instrumento permitirá tener un conocimiento detallado del sector ganadero y detectar posibles problemas o necesidades que puedan existir, lo que facilitará la toma de decisiones.
Además, contribuirá al control de las enfermedades de los animales y a la protección de la Salud Pública y animal con el enfoque de Una Sola Salud.
Detalló que en los meses siguientes se comenzará la capacitación y seminarios a los registradores, funcionarios y a los ganaderos para crear una cultura y conciencia jurídica, de modo que se logre la correcta implementación de esta Ley.
La Ley No. 161 De Fomento y Desarrollo de la Ganadería, aprobada por los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, en la Décima Sesión Ordinaria de la IX Legislatura, entrará en vigor en septiembre próximo, luego de 60 días de publicada en la Gaceta Oficial.












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