La organización institucional del Estado cubano, el cumplimiento de la Constitución de la República, el funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) y la actividad parlamentaria estuvieron entre los temas impartidos a los diputados y diputadas en la primera jornada de preparación, previa a la Segunda Sesión Extraordinaria de la X Legislatura de la ANPP.
Desde el capitalino Palacio de Convenciones, el diputado José Luis Toledo Santander explicó la estructura del Estado y argumentó que esta se despliega desde la conformación del Parlamento, como órgano superior del poder del Estado, en el cumplimiento de la democracia revolucionaria, así como la institucionalidad y soberanía de las asambleas y los gobiernos municipales.
Destacó que en los municipios aún no se entiende cómo se establecen los poderes legislativo y ejecutivo, o sea, las funciones del Presidente de la Asamblea Municipal del Poder Popular (AMPP), máximo jefe del poder del Estado en el territorio, mientras que el Intendente es la autoridad de Gobierno, el ejecutivo, que es el que gestiona los recursos del territorio.
Sobre las leyes aprobadas en la pasada Legislatura, Toledo Santander mencionó que, como parte de la política de Estado, se estableció que no quedase ninguna ley de desarrollo constitucional pendiente de redactarse, dándose cumplimiento al cronograma legislativo establecido.
Por ello, se aprobó la Ley Electoral 127, que da acceso a todas estas nuevas formas organizativas constituidas en los territorios, dando cumplimiento a la disposición transitoria primera de la Constitución de la República y a los artículos 204 y 216 de la Carta Magna.
También subrayó la importancia de las leyes Ley de organización y funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba, de las AMPP y de los consejos populares, y la del Consejo de Ministros, así como la Ley de revocación de los reelegidos a los órganos del Poder Popular, que le da continuidad al principio de la democracia socialista, plasmado en el Artículo 101, inciso c, de nuestra Ley de Leyes.
Danhiz Díaz Pereira, diputado por el capitalino municipio de Marianao, comentó que todavía nuestra Constitución es joven y ha estado marcada por varios retos, como la pandemia de la COVID-19, que han impedido su correcta implementación.
Resaltó que debe ser objetivo de las comisiones –que se crearán el próximo día 25– «cómo accionamos para que se cumpla lo que está legislado en la Carta Magna y las leyes que de ellas se han derivado».
Por su parte, Darlenis Urquiola Guerrero, diputada por Manatí, Las Tunas, dijo que se deben intencionar las acciones de capacitación con los directivos de los órganos del Poder Popular, así como potenciar que la población gane en cultura jurídica y conozca la Constitución, madre de todas nuestras legislaciones.
Ana María Mari Machado, vicepresidenta de la anpp y del Consejo de Estado, ponderó la importancia de dominar, desde sus funciones de diputados y diputadas, cómo contribuir al desarrollo del municipio para conducir al avance de los territorios.
La parlamentaria enfatizó también en la labor que deben desempeñar los diputados para contribuir a la educación jurídica de la población, en función de que las personas dominen la Constitución, las leyes y el sistema político del Estado cubano.
¿CÓMO SE ORGANIZA Y FUNCIONA LA ANPP?
La Asamblea Nacional es un órgano democrático, en el cual el intercambio y los criterios desempeñan un papel esencial; además, es un ente electivo, representativo y responsable, recalcó el diputado José Luis Toledo Santander, al disertar sobre aspectos referentes a la Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba.
Toledo Santander enfatizó en que la ANPP representa a todo el pueblo y expresa su voluntad soberana, al tiempo que es el único órgano con potestad constituyente y legislativa en la República.
Asimismo, puntualizó, está integrada por diputados respaldados por el voto libre, igual, directo y secreto de los electores, y es elegida por un periodo de cinco años.
Sobre las atribuciones de la anpp, Toledo Santander mencionó, entre otras, la de dar a la Constitución y a las leyes una interpretación general y obligatoria, así como acordar las reformas de la Carta Magna.
Dijo que la ANPP tiene la potestad para ejercer control de constitucionalidad sobre leyes, decretos-leyes y decretos presidenciales, entre otras normas emitidas, y velar y decidir si determinados aspectos guardan la debida coherencia con la Constitución de la República.
Le corresponde a la ANPP también aprobar el Presupuesto del Estado y controlar su cumplimiento; acordar los sistemas monetarios, financieros y fiscales, y establecer los tributos; aprobar los lineamientos generales de la política interior y exterior del Estado; establecer y modificar la división político-administrativa del país; y nombrar las comisiones permanentes y temporales y grupos parlamentarios de amistad, entre otras atribuciones, acotó.
Señaló que la condición de diputado no es sinónimo de privilegio ni de beneficios económicos, en tanto que los diputados no tienen inmunidad parlamentaria, pero que existen determinados procedimientos para procesarlos ante un delito o falta.
Orisell Richards Martínez, diputada por el capitalino municipio de La Lisa, contextualizó que la ANPP se reúne en dos periodos ordinarios de sesiones al año, y en sesión extraordinaria cuando la convoque el Consejo de Estado o lo solicite la tercera parte de sus miembros. En las sesiones extraordinarias se tratan los asuntos que la motivaron.
El Presidente de la ANPP, añadió, puede decidir el carácter solemne de más sesiones cuando corresponda; en tanto que, si la solicitud de una sesión extraordinaria es formulada por la tercera parte de los diputados, deben expresar por escrito los asuntos a tratar y las razones que la determinan, y se dirige al Presidente del Parlamento, quien da cuenta al Consejo de Estado para que la convoque.
Por su parte, Elba Martínez Amador, diputada por el municipio camagüeyano de Najasa y jefa de la Dirección Jurídica de la Secretaría del Consejo de Ministros, explicó las facultades que se atribuyen a la ANPP, al Consejo de Estado y al Consejo de Ministros, y los cumplimientos establecidos para los proyectos de normativa jurídica.



















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