ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Martirena

La Constitución de la República de Cuba, en su Artículo 49, reconoce entre los derechos de las personas la protección al domicilio, al establecer la prohibición de la entrada de persona ajena sin la autorización de quien la habita, salvo que dicha entrada se realice por orden expresa de la autoridad competente y con las formalidades que establece la ley.

En la actualidad existe un creciente aumento en la actuación de algunos individuos, o grupos de estos que, aprovechando la ausencia temporal de los titulares o convivientes, se introducen en viviendas ajenas para ocuparlas o apoderarse de ellas. Similar situación viene ocurriendo con algunos locales estatales, en los que se prestan servicios básicos para la comunidad, como consultorios médicos, casas sociales y bodegas, entre otros inmuebles.

Estas conductas integran el delito de usurpación previsto en el Artículo 421, de la Ley No. 151 de 2022, Código Penal, aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, que entró en vigor el 29 de noviembre de 2022.

Antes de la promulgación del actual Código Penal, solo se procesaban como autores de ese ilícito penal los que entraban a las viviendas o locales ajenos empleando violencia o intimidación en las personas, pues en el caso de quienes no lo hacían de esa manera las direcciones de la Vivienda y las comisiones de enfrentamiento a las ilegalidades gestionaban su extracción de esos lugares, luego de declararlos ocupantes ilegales.

Sin embargo, el incremento de estas modalidades y, con ello, de la lesividad y agresividad que encierran estos comportamientos en cualquier variante, requiere de la intervención del Derecho Penal en la solución de estos conflictos, protegiendo la propiedad como bien jurídico.

Las actuales condiciones socioeconómicas en que se desenvuelve Cuba demandan fortalecer los mecanismos de cumplimiento de la legalidad, para asegurar la inviolabilidad del domicilio reconocida en la Constitución de la República.

LAS LEYES SON PARA CUMPLIRSE

El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, mediante el Dictamen No. 471, de 15 de febrero de 2023 (publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, no. 17, edición extraordinaria, de 2 de marzo de 2023), con el objetivo de uniformar la práctica judicial en la tramitación y solución de estos asuntos, estableció que, de producirse la ocupación o apoderamiento ilegal de una vivienda, la autoridad actuante, una vez formalizada la denuncia, lo informará de inmediato a los órganos de la administración responsabilizados con el sistema de la Vivienda, de ordenamiento territorial y urbano; los órganos de prevención de la comunidad y los consejos de la administración municipales, para que, de conjunto con la Policía Nacional Revolucionaria (pnr), adopten las medidas para extraer a los ocupantes ilegales, restableciendo así, con idéntica inmediatez, la legalidad quebrantada.

Contra los individuos que ejecuten estos actos ilegales de apoderamiento, la fiscalía o el tribunal dispondrá de una o de varias de las medidas cautelares previstas en la ley, que pueden llegar a ser la de prisión provisional, en los casos en que no hayan salido del inmueble de manera inmediata, a los efectos de evitar la continuidad de la conducta presuntamente delictiva cometida y la restitución de la legalidad.

A los considerados autores de este delito se les pueden imponer sanciones que discurren de seis meses a dos años, o multa de 200 a 500 cuotas, o ambas.

Si la ocupación se ejecutara con fuerza en las cosas, violencia o intimidación en las personas, o el hecho fuera consecuencia de la violencia de género o la familiar, o por motivo discriminatorio de cualquier tipo, la sanción discurre de dos a cinco años, o multa de 500 a mil cuotas, o ambas.

Similar proceder será de aplicación cuando la ocupación o apoderamiento acontezca con locales pertenecientes a entidades estatales, y las autoridades administrativas, titulares de estos, sean las responsables de restituir la legalidad, en unión de los demás grupos o instituciones que se estimen pertinentes.

AGRAVANTES EN LA OCUPACIÓN ILEGAL DE INMUEBLES

La comisión del hecho con la participación de menores de 18 años de edad, de personas con trastorno mental o aprovechándose de esa situación, o de la ocurrencia de un desastre, calamidad pública, o cualquier otra situación de esa naturaleza, o bajo la ingestión de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias de efectos similares, se consideran circunstancias que agravan la responsabilidad penal del acusado.

Si el ocupante sale voluntariamente del inmueble sin necesidad de que accionen los referidos órganos administrativos y de prevención, el tribunal, al momento de adecuarle la sanción, podrá valorarlo como elemento de conducta positiva de arrepentimiento y, en consecuencia, podría aplicarle a su favor las reglas previstas en la ley para disminuir la sanción prevista.

El tribunal, en la fase de ejecución de la sentencia, de ser necesario, se hará asistir de los órganos administrativos, de prevención y de la pnr, para extraer a la persona que ilegalmente ha usurpado un inmueble, y restablecerá la legalidad, devolviéndoselo a su propietario o poseedor legal.

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yoyo dijo:

1

3 de abril de 2023

11:01:07


Asi como dice el articulo LAS LEYES SON PARA CUMPLIRSE, pero en la realidad muchas veces no es asi y en el tema de la vivienda hay mucha tela de incumplimientos por donde cortar, desde mal funcionamiento hasta el incumplimiento de un dictamen hecho por el tribunal supremo popular, que dicho sea de paso es una falta de respeto por parte de quien tiene que hacerlas cumplir al principal orden de justicia del pais.

carlos medina dijo:

2

3 de abril de 2023

11:11:35


Esto se evita si los funcionarios de las famosas Direcciones Municipales de Vivienda cumplen con sus funciones y tienen actualizda la situacion del consejo popular,si dejan de ser omisos en el cumplimiento de su encargo estatal, y actuan con celeridad y rigor, porque hay muchisimos lugares que se extraen a sus moradores porque el local esta inhabitable no lo demuelen y se introducen otros ciudadanos, asi como cdo un propietario sale del pais por cualquier causal y su vivienda queda vacia, tienen que establecer las coordinaciones para actua en tiempo real ante la minima violacion.

Leovigildo Romero quesada dijo:

3

3 de abril de 2023

12:58:47


Muy buena ley pero hay que aplicarla

YOpino dijo:

4

3 de abril de 2023

13:10:27


Muy bien atender estas problemáticas que se vuelven complejas en los barrios, apoyo todas las medidas necesarias en función de la legalidad y la tranquilidad. Debería tratarse también la situación de las filtraciones en edificios multifamiliares que generan serios problemas (incluso violencia) de convivencia entre vecinos, es engorroso y lento la solución por parte del afectado, además del daño que provocan a las estructuras.

Rolando dijo:

5

3 de abril de 2023

16:53:29


Muy correcto y atinada una decisión judicial para mantener orden y respeto incluso en todos los aspectos de la vida

Grisel Alvarez Martinez dijo:

6

3 de abril de 2023

17:06:43


Estoy de acuerdo con la nueva legislacion del codigo penal.Nadie tiene derecho a usurpar propiedades que tienen dueños con propiedad o personas con un poder para cuidarla.Hay que respetar la propiedad privada

Elena dijo:

7

3 de abril de 2023

19:22:26


Cuando narrados sucesos que ocurren y de malas cosas, también hay que elogiar como ahora que se tomó medidas sobre esa gran falta de respeto les doy gracias y les digo no teman publicar las cosas que pasan y el pueblo se queja porque esos son los verdaderos cubanos no los que se disfrazan para con su actitud hacer una verdadera contrarrevolución una vez más doy gracias a todos los que trabajaron en esto

Jacinto Nicanor Reinoso Díaz dijo:

8

3 de abril de 2023

23:05:04


Tengo varios ilegales en mi vivienda vinculados a hechos delictivos cómo la construcción de naves para salidas ilegales del país he reclamado pero ellos están amparados por los funcionarios de la Agricultura de Bauta y aunque he reclamado no los sacan .El cuarto que ocupan está dentro de la propiedad de mi vivienda

Michel dijo:

9

3 de abril de 2023

23:28:25


Una pregunta sencilla, ¿si tengo una alquilada con un niño de 5 años que no puede pagar la renta puedo obligarla a que abandone mi casa si ella no tiene otro lugar al que vivir?

Lázaro Marisí dijo:

10

3 de abril de 2023

23:40:36


Tengo reacciones encontradas con esta noticia.Me da alegría, porque siempre he abogado por el respeto a la propiedad ajena, y he visto con dolor como crece la ciudad de manera caótico, sin orden ni urbanización. Por otra parte, yo me pregunto¿Cuál es el plan de urbanización concebido por el gobierno?, la vida no espera, y las personas no pueden esperar a una solución que no se vislumbra ni siquiera a largo plazo, las pocas viviendas que se construyen, son en su mayoría para miembros de las FAR y el MININT, pero una sociedad es mucho mas que eso. 3stoy de acuerdo con esta ley, pero también ha de revisar las necesidades de la población, no es normal que varias generaciones vivan en el mismo inmueble, sin posibilidad de crear una familia estable, ya lo dice el refrán:"quien se casa, casa quiere".

Roberto Garcia dijo:

11

4 de abril de 2023

14:49:06


Muy acertado su artículo sobre esta problemática que se está convirtiendo en un irrespeto y violación de las leyes, la legalidad y la Constitución de la República de Cuba, problemática con mayor enfasis en la provincia de La Habana, y a la que no se le ha dado tratamiento en la prensa, salvó en un artículo de un medio periodístico de la provincia de Villa Clara. Lamentable que en la Habana están sucediendo hechos de este tipo, y las autoridades gubernamentales municipales que intervienen en este tipo de enfrentamiento no actúen y no den respuesta en el tiempo establecido a los ciudadanos perjudicados que formulan denuncia contra los comisores de este delito, quienes se creen impunes ante la ley. Le expongo a continuacion de ejemplo un caso concreto y real de una prima mía. Ella se llama Marlene Fuentes Salavarria. Estaba al cuidado del apartamento de su tía y dónde reside su hijo legalmente que está de viaje para el exterior, aún cuando es un Usufructo, su tía falleció, y en el apartamento hay propiedades de la tía fallecida, de su hijo y de ella misma, incluyendo dinero, por la cercanía de ese inmueble con el Hospital Emergencia dónde está ingresada la tía fallecida, y en otras ocasiones ese inmueble era atendido por otros familiares cuando Marlen estaba en el hospital al cuidado de su tía, todo ello con testigos. Posterior al fallecimiento de la tía, el 9 de diciembre de 2022 en qué ella estaba laborando, conoció la noticia de que una ciudadana violento la reja de hierro con la cadena y el candado, asi cómo el llavin de la puerta de madera y penetró al interior de este inmueble con una menor, el que hasta ahora ha usurpado de forma ilegal en compañía de la menor mencionada y de 2 hombres que la acompañan igualmente de forma ilegal y que participan de toda esta ilegalidad, disfrutando del goce de los servicios de electricidad, gas de la calle, agua y alcantarillado que estaban a nombre de la difunta y que pagaban el hijo de mi prima y su madre Marlen. Quiero aclarar que el hijo de Marlen nombrado Rainel Dueñas Fuentes se encuentra de viaje para el exterior, convivía con su tia en ese inmueble, registrado en el libro de direcciones, dirección que le obra en el carnet de identidad. Marlen el 9 de diciembre de 2022 formuló la Denuncia 87976 de 2022 en la Estación de la PNR de Zanja que atiende el municipio Centro Habana por el delito de Violación de Domicilio, que en la actualidad por la vigencia del nuevo Código Penal es el delito de Usurpación de Vivienda, contra la ciudadana Misleidis Torriente Seijas. La ciudadana Torriente Seijas ya tenía un antecedente de este delito al ocupar ilegalmente una Posta Médica que estaba cerrada, sita en las calles San José y Gervasio de este propio municipio, de dónde fue extraida por la PNR y otras autoridades gubernamentales del municipio. Posterior a ello le otorgaron un local para que conviviera con su hija, ya que según se refiere su madre vendió la casa donde convivía y emigró del país, y la dejo a ella y a su hija en la calle, cosa que no creo haya sido así. Desde diciembre de 2022 Marlen se ha dirigido al Consejo de Ministro de la República de Cuba, la Dirección Municipal de la Vivienda de Centro Habana, a la Fiscalía Municipal de Centro Habana, a la PNR de Centro Habana, al Gobierno del municipio de Centro Habana, y estas son las horas de que pasados más de 60 días ninguna de las autoridades referidas le han emitido una respuesta oficial, a pesar de las innumerables veces que se ha personado en esas instancias, y no le han emitido ninguna respuesta oficial, solo son divaciones, maltratos, peloteos, incongruencias, y aún cuando ha presentado todos los documentos legales que le han exigido. Incluso en las investigaciones personales realizadas se conoció que el antiguo Intendente del Gobierno de Centro Habana nombrado Rodolfo, de conjunto con otros funcionarios de la Vivienda de Centro Habana no precisados fueron quienes le informaron a Misleidis Torriente Seijas que penetrara en el inmueble usurpado que posterior ellos se encargarían de legalizarlo, desconociendo la suma de dinero ofrecido a estos funcionarios. En la actualidad, hace 2 meses o más, este exfuncionario corrupto Intendente del gobierno de Centro Habana nombrado Rodolfo fue separado de su cargo precisamente por toda una serie de Ilegalidades respecto a la venta de Usufructos, Viviendas y Solares, por lo que creo que sobran los comentarios al respecto. Dígame si está situación no es una Vulnerabilidad de los preceptos legales y constitucionales de un ciudadano. Ciertamente el hijo de Marlen no emitió un poder para su madre que amparará el cuidado de ese inmueble aún cuando es un usufructo, pero que madre no cuida los bienes de sus hijos. No obstante la difunta propietaria del inmueble antes de fallecer emitió un poder con Vivienda de Centro Habana para la convivencia con ella de su sobrino. En espera de su comentario. Puede hacer las investigaciones periodisticas u de otro tipo que estime pertinentes al respecto.

Roberto Garcia dijo:

12

4 de abril de 2023

14:59:53


Muy acertado su artículo sobre el tratamiento jurídico penal a la ocupación ilegal de viviendas y otros locales, que hasta ahora solo había visto en los medios periodísticos de la provincia de Villa Clara, pero al respecto quiero decirle que las autoridades municipales que intervienen en este tipo de enfrentamiento no están haciendo lo correcto y están dando pie a las Ilegalidades y al irrepesto de las leyes y la constitución. Tengo una prima mía nombrada Marlene Fuentes Salavarria que el 9 de diciembre de 2022 formuló la Denuncia

Vecinos de calle 34 entre 21 y 23. Playa dijo:

13

4 de abril de 2023

20:41:58


Las leyes están para cumplirse, sin embargo, instituciones y funcionarios públicos en Playa no las cumplen por decidía y compromisos. Hace cuatro años una ciudadana procedente de Centro Habana se introdujo de manera violenta en un local que históricamente los CDR utilizó para sus actividades. Durante este tiempo esta persona ha realizado acciones constructivas en el mencionado inmueble afectando la estructura del mismo, por cierto, con más de cien años de existencia y los respectivos daños provocados por el tiempo y la falta de mantenimiento. Además, se ha adueñado de áreas comunes, que afectan a los vecinos demandantes de está situación. En cuatro años, pese de haber tramitado las quejas respectivas a todas las instancias y como resultado de varias investigaciones nos dan la razón, pero nadie actúa. No podemos dejar que la corrupción, la ilegalidad e indolencia aplaste a quienes vivimos y velamos por el cumplimiento de lo establecido.

Ana semanat castillo dijo:

14

5 de abril de 2023

13:49:50


Necesito me aclaren mi madre falleció y la única heredera d la vivienda soy yo , le preste parte de la casa a un primo k nunca la a vivido, por k tiene una relación hace dos años y vive con ella , pero el no me quiere entregar la llave ,aún teniendo la habitación vacía , sin ninguna pertenencia k me sugieren k debo hacer para recuperar el local , ante está ley k desconocía .

Miriam dijo:

15

7 de abril de 2023

14:28:05


Conozco un caso en Playa, el vecino usurpador violentó clandestinamente la pared colindante y no quiere salir y como agravante transformó la fachada de la casa usurpada, cerrando con bloques la puerta principal de entrada y parte de la ventana. Además utilizó a sus niños en esta ilegalidad y según él por ser enfermos de Sida.

Alberto dijo:

16

19 de abril de 2023

11:38:04


Por favor hay que divulgar este tema, hay mucha ignorancia al respecto. LAS LEYES SON PARA CUMPLIRSE!!!! Paz y Tranquilidad!!!

Miriam dijo:

17

20 de abril de 2023

07:46:44


Por favor divulguen esta ley, por la mesa redonda, hay mucha ignorancia respecto a la usurpación de viviendas. Los usurpadores no saben que eso es un delito, es una ilegalidad. Playa tiene varios casos.

Yaritza dijo:

18

19 de septiembre de 2024

01:42:38


Hola ..soy propietaria de una vivienda .tenia un amigo cuidando la casa y mi expareja le pide la llave para entregársela a una familia con 3 niños menores amigos de el .y entraron a a mi casa y ahora no quiere salir y yo estoy embarazada ..y necesito entrar a mi casa que debo hacer ..