ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

La Ley 152 sobre Ejecución Penal ha sido publicada a inicios de este mes de sptiembre en la Gaceta Oficial de la República de Cuba en su edición no. 94.

El documento hace constar que esta ley busca regular la ejecución de las sanciones principales y accesorias impuestas a personas naturales y jurídicas, así como las medidas de seguridad previstas en la ley penal, definiendo la actuación de los órganos, organismos, instituciones, organizaciones y demás sujetos que participan en su proceso de ejecución.

También se propone ejecutar  la medida cautelar de prisión provisional, bajo el principio de presunción de inocencia y el tratamiento correspondiente a esa situación legal, así como el cumplimiento de las obligaciones que impone el tribunal al imputado en los casos que decida el sobreseimiento condicionado.

Norma, además, el control jurisdiccional y de la legalidad en la ejecución de las sanciones penales, medidas de seguridad, disposiciones relativas a la responsabilidad civil y otras obligaciones impuestas en la resolución judicial correspondiente, cautelar de prisión provisional y de las obligaciones impuestas al imputado en el caso del sobreseimiento condicionado.

También, asegura el cumplimiento de los objetivos de las sanciones y medidas de seguridad, la reinserción social de las personas sancionadas y aseguradas, para que a través de este proceso de ejecución, se eduquen en los principios de una actitud honesta ante el trabajo, el estricto cumplimiento de las leyes y el respeto a las
normas de convivencia sociaL.

Para más información consultar Gaceta


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Arelys dijo:

1

4 de septiembre de 2022

11:27:08


#CubaPorLaPaz

Palax dijo:

2

5 de septiembre de 2022

10:14:44


En el artículo 67 de esta ley habla la sanción de privación o suspensión de la responsabilidad parental, este termino proviene del proyecto del Código de las familias que todavía no se ha puesto en vigor porque necesita el voto de los electores en el refrendo del próximo día 25, lo que técnicamente es incorrecto ,ya que hasta la fecha el actual Código de la Familia no lo define así sino por el de la patria potestad y es el que aún está vigente y a pesar que entra en vigor 90 días después de su publicación puede que el soberano no apruebe el actual proyecto y se tenga que hacer modificaciones al mismo.

Yannis dijo:

3

6 de septiembre de 2022

19:00:53


Q tiempo sale d pase un recluso cuando sale d porción a campamento

Nereida Arrojo dijo:

4

16 de octubre de 2022

15:00:01


Yo quisiera saber si a mi esposo que está en presión domiciliaria, le pueden dar una amnistía?

Idael Cruzata dijo:

5

3 de enero de 2024

08:09:21


las mujeres primarias y sin antecedentes según la ley de ejecución penal deberán cumplir el tercio de sancion.ahora pregunto si ya esta persona esta en ese periodo por que aun se encuentra recluida???

Idael Cruzata dijo:

6

3 de enero de 2024

08:14:35


mi esposa INIMA PEREZ CORDERO recluida en el campamento especial ALBERRO municipio el Cotorro habana sancionada a 10 años en el tribunal provincial popular de Artemisa ha mantenido una disciplina intachable, es madre de un niño de 8 años de edad lleva mas del tercio de sancion y aun sin respuestas de su libertad condicional.