ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Tomada de Internet

La Gaceta Oficial Ordinaria No.17, de 15 de febrero de este 2021, publicó siete resoluciones que actualizan las tarifas de los servicios jurídicos, que se prestan en el sistema del Ministerio de Justicia.

De forma general, las nuevas normativas buscan ofrecer igual trato a todas las personas jurídicas constituidas al amparo de la legislación cubana.

En ese sentido, la Resolución 47 actualiza los costos máximos para los servicios legales ofrecidos a personas naturales autorizadas a desarrollar una actividad comercial, así como a personas jurídicas estatales y no estatales, constituidas al amparo de la legislación nacional, incluidas las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y extranjero, empresas mixtas y los contratos de asociación económica internacional.

El cobro de las prestaciones es por asunto, por igual  o por tarifa horaria; y la determinación de la modalidad compete al cliente, y a la entidad que ofrece el servicio.

La Resolución 48, entretanto, actualiza el cobro de los servicios jurídicos y sus modalidades, que se prestan a personas naturales extranjeras y cubanas residentes permanentes en el exterior, a personas jurídicas extranjeras, y  la legalización de documentos que surten efecto, fuera del territorio nacional.

Asimismo, indica, como disposición especial, que la obtención y legalización de la certificación de antecedentes penales de ciudadanos cubanos o extranjeros, para surtir efecto fuera del territorio nacional, se contrata solamente con las sucursales de Consultoría Jurídica Internacional S.A., y en el extranjero a través de las oficinas consulares cubanas.

Por otra parte, la Resolución No. 49 , aborda las tarifas aplicables por los servicios que se prestan en el Registro de la Propiedad, a las personas naturales cubanas y extranjeras con residencia permanente en el territorio nacional, y a las personas jurídicas estatales y no estatales, constituidas al amparo de la legislación cubana, incluidas las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y extranjero, empresas mixtas, así como los contratos de asociación económica internacional.

De acuerdo con la Resolución, el asiento de presentación de cada título, aunque incluya varios documentos, tendrá un precio de 5,00 CUP para las personas naturales y 10,00 CUP para las jurídicas.

Mientras, la Resolución No. 50  incluye los precios de los servicios ofrecidos en el Registro de la Propiedad Central para la Atención a la Inversión Extranjera, a las personas naturales extranjeras no residentes permanentes en el territorio naciona,l que adquieran bienes inmuebles y derechos.

Por su parte, la Resolución No. 51  establece las tarifas para las inscripciones, expedición de publicidad y demás actos, ante el Registro Mercantil que se realicen por las empresas estatales en perfeccionamiento empresarial, las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano, las empresas mixtas y las sociedades mercantiles de capital totalmente extranjero, constituidas al amparo de la ley cubana.

Lo dispuesto en la nueva norma también abarca a las cooperativas no agropecuarias, las cooperativas agropecuarias y los contratos de asociación económica internacional, así como cualquier otro sujeto y acto que se determine su inscripción.

La Resolución No. 52 refiere las tarifas, en pesos cubanos, para la prestación de servicios notariales a personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional, así como las jurídicas estatales y no estatales, constituidas al amparo de la legislación cubana, incluidas las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y extranjero, empresas mixtas y los contratos de asociación económica internacional, unido a otros sujetos debidamente autorizados.

Entre las disposiciones incluidas en la norma figuran que el cobro del servicio notarial se efectúa al momento de la autorización de los documentos notariales, con excepción del matrimonio, que se cobra al momento de la solicitud.

Finalmente, la Resolución 53 de 2021 del Ministro de Justicia actualiza el cobro de los servicios notariales dirigidos a las personas naturales cubanas, con residencia permanente en el exterior, a las extranjeras que no ostentan la condición de residentes permanentes en el territorio nacional, y a las personas jurídicas extranjeras.

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