ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
La medida garantiza agilidad en la inscripción y en la entrega de la certificación de nacimiento. Foto: Anabel Díaz Mena

En consonancia con las reiteradas indicaciones del Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, respecto a reducir el número de trámites burocráticos y las demoras innecesarias en los procesos registrales, el Ministerio cubano de Justicia divulgó una resolución que norma el procedimiento para inscribir a los recién nacidos en oficinas del Estado Civil, emplazadas en los propios hospitales con servicios de obstetricia.

Contenida en la Gaceta Oficial ­Extraordinaria, publicada el 9 de marzo, la Resolución No. 119/2020 regula este servicio, a fin de que los padres, en el término de las primeras 48 horas, y antes de regresar a sus casas, obtengan la certificación de nacimiento del bebé.

Aprobado por el Consejo de Ministros a mediados de 2019, esta prestación tendrá carácter experimental en el trascurso de un año posterior a la entrada en vigor, y valida el funcionamiento de las mencionadas oficinas, algunas de las cuales laboran en varios hospitales maternos del país desde septiembre pasado.

Según argumenta el sitio web oficial del Ministerio de Justicia, la norma tiene como objetivo «garantizar la calidad y agilidad requerida en los procesos de inscripción de nacimiento de los recién nacidos, así como la entrega, en el propio hospital, de las certificaciones, y el acercamiento de este servicio a los lugares donde ocurren los partos».

De acuerdo con lo estipulado en la normativa, el horario de trabajo de tales oficinas es de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., los sábados, días feriados y festivos de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., y precisa, además, que la inscripción de los nacidos el domingo se realizará el lunes siguiente.

Entre otras cuestiones de interés, el sexto establece la presencia de ambos padres al momento del registro cuando el matrimonio no está oficializado, y para situaciones excepcionales de desastres naturales, casos de fuerza mayor u otra causa que impida el uso de la conectividad electrónica, ordena que la inscripción y entrega de la certificación de nacimiento se realice de forma manual, procediendo a actualizar la base de datos una vez se restablezca la normalidad.

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Alberto Hernandez dijo:

1

23 de enero de 2025

12:55:16


Hola quisiera que me ayudarán mi bebe nació en la Habana el pasado 30 de julio,donde le indicaron a mi esposa con una planilla que al llegar a ciego de avila municipio Bolivia de donde soy el padre debía presentarme y ponerle los apellidos, cuestión esta que no he podido concretar,debido a que me indican que el registro civil del municipio no tiene esas funciones ya y que debo viajar ala Habana para dicho tramite lo cual no he podido realizar por problemas que se an presentado ajeno a mi boluntad la pregunta es la siguiente Como no va ser posible ese tramite en el municipio o provincia?? Creo que en la era de la digitalizacion que vivimos esto no encaja . Por favor alguien que me explique mejor o me ayude