ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Ariel Cecilio Lemus

Desde este lunes, como ya se había anunciado, inició la habilitación en el país de cuentas en USD, asociadas a tarjetas magnéticas, para personas naturales.

Las sucursales bancarias, para la realización de estos trámites, han trabajado en la capacitación del personal y en la creación de condiciones organizativas, en aras de garantizar un servicio ágil y de calidad, el cual, más allá de los buenos deseos, debe materializarse con la satisfacción de los clientes.

Por el interés que este tema ha suscitado en la población, Granma responde preguntas relacionadas con este proceso, con el propósito de esclarecer algunas de las dudas más frecuentes publicadas en la web y las redes sociales.

1-¿Quiénes pueden solicitar abrir cuentas en USD y en qué Bancos?
–Las personas naturales residentes en el país pueden solicitar la apertura de cuentas en USD, asociadas a tarjetas magnéticas, en las sucursales de los Bancos Metropolitano, de Crédito y Comercio y Popular de Ahorro, el primero solo con presencia en la capital y los otros dos con una red de oficinas en todo el país.

2-¿Cuáles son los requisitos?
–Para disponer de la cuenta solo es necesario presentar el carné de identidad.

3-¿En qué tiempo se adquiere la tarjeta?
–La entrega será en un plazo de tres a siete días (en La Habana y las capitales provinciales) y hasta diez días para el resto del país.

4-¿Cómo operan estas cuentas?
–Estas cuentas en USD, asociadas al producto de tarjeta magnética, pueden ser operadas de la siguiente forma:
Individual, solo por la persona titular.
Indistinta, por más de un titular.
Solo que, en el último caso, se requiere la presencia de estos en el momento de la apertura de la cuenta y cada uno puede disponer de una tarjeta magnética, en función de la misma cuenta bancaria.

5-¿Es posible designar beneficiarios?
–Sí, tal como sucede en el momento actual.

6-¿Se requiere de un saldo mínimo para la apertura de las cuentas?
–No. Estas cuentas no requieren de saldo mínimo para su apertura y no calculan ni aplican intereses. En el momento de abrirse también se pueden definir los límites de número de operaciones y montos a operar en el día, lo cual constituye un mecanismo de seguridad para el cliente en caso de pérdida o extravío de la tarjeta, y pueden ser cambiados estos límites en cualquier momento.

7-¿Cómo pueden recibirse los fondos?
–Estas cuentas bancarias solo pueden recibir fondos a través de transferencias desde el exterior (que incluye las remesas que hoy se tramitan contra cuentas bancarias), transferencias desde otras cuentas en divisas o transferencias entre cuentas del mismo producto; así como recibir depósitos en efectivo en dólares estadounidenses, euros, libras esterlinas, dólares canadienses, francos suizos, pesos mexicanos, coronas danesas, coronas noruegas, coronas suecas y yenes japoneses.

No se admiten depósitos en pesos cubanos (CUP), ni en pesos convertibles (CUC).
Se trata de una tarjeta red referenciada en dólares, por tanto, si el cliente quiere hacer un depósito y solo tiene euros en efectivo, por ejemplo, se le aplica el cambio vigente en el día.

8-¿Qué significa transferencias entre cuentas del mismo producto?
–Se refiere a que un tarjetahabiente de estos productos podrá enviar una transferencia a una persona natural, que también tenga una tarjeta asociada a estos nuevos productos bancarios, por los canales electrónicos establecidos, por su banco emisor o presencialmente en la sucursal, donde opera.

9-En el caso de los dólares estadounidenses, ¿se aplica el gravamen del 10 %?
–En los depósitos en efectivo de dólares estadounidenses se aplica el gravamen del 10 %, como está establecido en la Resolución No. 80, del 23 de octubre de 2004.

Tengamos en cuenta que, debido al bloqueo económico, comercial y financiero del Gobierno de EE.UU. contra Cuba, nuestros flujos monetarios son muy perseguidos. Así ha sido durante todos estos años y, sobre todo, en periodos recientes con el recrudecimiento de esa arbitraria política.

No obstante, el gravamen solo se aplica a los depósitos en el efectivo. A las transferencias de dólares norteamericanos, que llegan por vía electrónica, no se les aplica el gravamen.

10-¿Podrían utilizarse las tarjetas magnéticas asociadas a cuentas en CUP y CUC para comprar en las tiendas en USD o para transferir dinero a la nueva cuenta en USD?
–No. Se debe abrir una nueva cuenta en USD, asociada a tarjeta magnética, para la compra en estas tiendas, que comercializan en USD.
Las tarjetas magnéticas de colaboradores (30 %) tampoco pueden ser utilizadas para la compra en esta nueva red de comercialización.

11-¿Es posible extraer el efectivo depositado en estas nuevas cuentas?
–Sí. Los titulares podrán extraer el efectivo de estas cuentas en cualquier momento, tanto en cuc como en la divisa que requieran. La extracción en divisas dependerá siempre de la disponibilidad de efectivo, en esa moneda, que exista en la sucursal bancaria.

12-¿Las personas naturales pueden comprar USD en los Bancos y las CADECA?
–Se mantiene la posibilidad de comprar USD en las Casas de Cambio o en los Bancos, siempre teniendo en cuenta la disponibilidad que exista en estos lugares.

13-¿Dónde podrán usarse las tarjetas?
–Las tarjetas magnéticas, que se les entreguen a los titulares, pueden utilizarse en las tiendas de los comercios seleccionados y en las empresas de Comercio Exterior para las importaciones que se soliciten.
También pueden usarse para los demás servicios disponibles por su Banco emisor en los canales de pago electrónicos, tales como pago de servicios, compra por Terminales de Puntos de Venta (TPV), en el resto de la red de tiendas comerciales o extracción de efectivo en los cajeros automáticos, entre otros.
No se restringe la posibilidad de usarla en otros servicios habilitados hoy, aunque igual rebajará el saldo de su cuenta y, por tanto, la capacidad de compra en los comercios seleccionados para operar en USD.

14-¿Cómo serán las operaciones en los comercios?
–Se establecen los pagos de forma electrónica con las tarjetas, a través de los tpv y, en una segunda etapa, se podrá utilizar también el comercio electrónico para las ventas que se realicen en usd, en aquellos establecimientos seleccionados y en las entidades de Comercio Exterior.
Se aceptan las tarjetas internacionales visa y MasterCard, además de las nacionales ais con un nuevo producto emitido por la Financiera Cimex s.a. (Fincimex), así como los nuevos productos del Sistema red.
Asimismo, todas las solicitudes de importación deben ser pagadas en las entidades del Comercio Exterior con las tarjetas, mediante los tpv, y a partir de disponer de los fondos en la cuenta, es que pueden efectuar los pagos al exterior con el instrumento de pago, que se acuerde con el suministrador.
Las devoluciones de los bienes adquiridos, que requieran el retorno del dinero, serán canalizadas solo por vías electrónicas establecidas por Fincimex, a través del tpv para garantizar que se ejecuten en tiempo real.

15-¿Las empresas de Comercio Exterior pueden abrir cuentas en USD?
–Las entidades importadoras pueden abrir cuentas en usd en el Banco Financiero Internacional S.A. (BFI), a partir de la licencia emitida por el Banco Central de Cuba. Solo se requiere la presentación adicional de los documentos legales para aquellas entidades que no son clientes del BFI.

16-¿En qué medida puede hacerse uso del comercio electrónico internacional?
–Aquellas entidades autorizadas, que realizan comercio electrónico con pasarelas de pago internacionales, podrán informar a sus proveedores de la nueva cuenta en USD y solicitar que comiencen a enviar los pagos a dicha cuenta.

COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.

Ernesto dijo:

1

23 de octubre de 2019

00:13:00


Cuanto se puede recibir de remesa en las tarjetas? Existe un límite de dinero a recibir?

Jorge P Respondió:


2 de diciembre de 2019

15:28:58

Vivo en USA mihijo en Cuba tiene una tarjeta de las nuevas tiendas en Cienfuegos y necesita que yo desde NY le ponga dinero a esa tarjrta yo tengo el numero que debo hacer no veo ninguna entidad que se dedique en especial a colectar el dinero para compras en la tienda nueva ?Comó le hago? desde NY.

Pablo dijo:

2

23 de octubre de 2019

03:05:33


Cuando dicen que los depósitos en euros, se le aplica el cambio vigente en el día. A qué tasa exactamente se refiere? La compra del banco, (hoy por ejemplo a 1.08) o al cambio entre divisas . Hoy a 1.11 por ejemplo.

Banco Central de Cuba Respondió:


27 de noviembre de 2019

10:09:39

Al tipo de cambio que aparece en las tabillas de los bancos.

Olga lidia dijo:

3

23 de octubre de 2019

03:16:13


Para q fecha se establece el servicio de ventas en las hotras provincia gracias por el servicios prestado y mantenernos informado

michael vazquez dijo:

4

23 de octubre de 2019

03:43:47


En los tiendas habilitadas para compras en CUC solo puede comprarse en esta moneda o tambien puede comprarse en CUP ?

Banco Central de Cuba Respondió:


27 de noviembre de 2019

10:08:55

En la red de tiendas que operan hasta este momento y que venden artículos en CUC, también se utiliza el CUP. Si se refiere a las nuevas tiendas para ventas de artículos en USD, solo puede ser en esa moneda y a través de la tarjeta magnética destinada a ese fin. En estas tiendas no pueden hacerse compras con efectivo en USD.

Gerardo Alayón dijo:

5

23 de octubre de 2019

06:13:31


Me pregunto porqué se le aplica el gravamen a los depósitos en efectivo, entiendo muy bien lo de la persecución financiera del gobierno de los EEUU a Cuba, pero me cuestiono porqué no se le aplica el gravamen a los depósitos enviado desde el exterior en USD, si estamos hablando de la misma moneda.

Lazaro Respondió:


25 de octubre de 2019

00:02:42

Estoy de acuerdo con usted

Charly Respondió:


26 de noviembre de 2019

15:04:06

Amigo mio, el problema está en el efectivo la transferencia electronica no tiene la misma trascendencia económica que el dinero que entra al pais en efectivo, no se si me entiende?, espero que si. Saludos

norr dijo:

6

23 de octubre de 2019

06:15:26


pregunta.aquellas personas que no tengamos carnet de identidad, porque residimos en el exterior y queremos abrir una cuenta. que se puede hacer

Ivan Sergio dijo:

7

23 de octubre de 2019

07:13:23


Sencillamente tengo le gran duda e inconformidad por que se apliquen el 10% gravamen al USD. porque si le estoy dando el USD a mi pais. Entonces si lo llevo en Euro me lo convienten en USD y no se aplica el gravamen. Es incomprensible. Saludos

josefina dijo:

8

23 de octubre de 2019

07:53:12


la transferencia a dicha tarjeta se puede realizar desde cualquier país? en caso de no ser posible todos los países, por favor especificar cuáles

Alain dijo:

9

23 de octubre de 2019

08:19:44


Agradecería que me respondieran lo siguiente: Si se realiza una transferencia desde el exterior, de $100 USD, cuánto llega a la cuenta de la persona en Cuba?

Banco Central de Cuba Respondió:


24 de octubre de 2019

15:50:08

El gravamen solo se aplica al depósito en EFECTIVO de dólares estadounidenses. Por lo que si recibe una transferencia interna o del exterior en esta moneda, no se aplica el gravamen.

Lazaro Respondió:


25 de octubre de 2019

00:17:00

Por transferencia desde el exterior no hay gravamen del 10%

gisell dijo:

10

23 de octubre de 2019

08:21:07


Y si ya tengo una cuenta bancaria en USD es posible hacer una transferencia a esta nueva cuenta?

sonia Respondió:


25 de octubre de 2019

09:01:25

Segun mi interpretacion, el dinero que se envia desde el exterior no se le aplica el descuesto del 10%, si envia 100 dolarees, recibira 100 dolares...

sonia Respondió:


25 de octubre de 2019

09:02:08

Puedes hacer depositos en tu cuenta..

Dr Oscar Gonzalez dijo:

11

23 de octubre de 2019

08:28:31


En el caso de los Medicos que prestamos colaboracion en el extranjero y enviamos la remesa del estado( 30% ) y nuestra( 27 % ) a una cuenta en Cuba dicho envio lo realizamos en Rands y se transforman en USD y al llegar a Cuba se deposita en nuestra cuenta en CUC automaticamente; cuando vamos de vacaciones a Cuba se nos autoriza a extraer el 30 % de lo depositado desde la vez anterior que fuimos de vacaciones e hicimos la extraccion del 30 %. Esa cantidad se nos da en CUC o CUP pero no en USD( Que es como enviamos las remesas desde el exterior ) y la pregunta es: Si queremos solicitor una Tarjeta Magnetica para comprar alguno(s) de esos articulos que se pueden adquirir por Tarjetas Magneticas pero no se acepta que se abrab las susodichas tarjetas en CUC, que se debe de hacer entonces para tener derecho a adquirir esos productos?. Muchas gracias y en espera de una respuesta adecuada al respect. Saludos. Dr Oscar Gonzalez, Medico colaborador en Sudafrica.

Médico Económico dijo:

12

23 de octubre de 2019

08:38:32


Abría que analizar la aplicación de la Resolución 80 para el caso de depósitos en USD que serian usados para adquirir productos en esa misma moneda.... seria una contravención a la Ley...pues dicha Resolución en su Artículo 4 aclara que se aplicaría el gravamen de un 10 % para adquirir cuc con dolares americanos...y no es el caso.......pues se deposita dolares para comprar mercancia cuyo precio esta expresado tambien en dolares....creo ademas que continuar con dicha resolución desestimula el uso del efectivo que tiene hoy la población en sus manos, encarece el producto final y abre brechas para el trapicheo con la moneda. Acaso el tiempo que lleva de aplicado para el cambio a cuc en Cadecas no ha demostrado lo inefectiva de dicha medida??...no fue esta Resolución la que apartó para siempre el efectivo que entraba de nuestros bancos y Cadecas y propició la fuga inmensa de este dinero y abrió el camino a las importaciones con carácter comercial?????....La solución sería eliminar dicha Resolución y emplear otros mecanismos financieros, usar la inteligencia, cambiar lo q deba ser cambiado....el país SI necesita muchas veces mucho efectivo para dietas en Empresas, para el pago puntual de algún producto en el exterior,etc...pues Bienvenido el efectivo.....no desaprovechémoslo...... Imagínense que el dolar se llegue a cotizar en unas semanas a 1.10 cuc x doll, y que ademas una vez depositado se grave otro 10 %...el resultado seria un 20 % por encima del precio del artículo a adquirir. deja de ser competitivo y proliferan las ventas en el mercado negro. .Ese análisis háganlo ustedes... ojalá el equipo económico del Presidente y del Ministro de Economía lean los cientos de comentarios q se refieren a esto del gravamen..Hay que pensar como pais...si se aplica este gravamen a los depósitos en efectivo que seran usados por el pueblo perdemos todos...si lo derogan Ganamos todos.. Lo del gravamen fue una medida que no funcionó ..y lo q no funciona ..se elimina....tiene su fundamento y justificaciones pero no logra su objetivo....no revivamos un muerto, el costo es alto....este es un pueblo muy matemático y no va a perder.....el gobierno y su equipo económico tienen que definitivamente derogar la Resolución 80 y de manera inteligente buscar los mecanismos para aprovechas eficientemente los millones de dolares en efectivo que pudieran recaudar.....NO NOS BLOQUEEMOS....Busquemos soluciones y alternativas......pero gravamen ..NO VÁ !!!! .Un saludo

jorge estrada Respondió:


3 de noviembre de 2019

15:33:31

Estoy de acuerdo con ud, acabo de escribir algo parecido con relacion al Gravamen, que si lo llevamos a una encuesta es ya obsoleto y afuncional y que esta trayendo como en estos monetos un mercado subterraneo de dollar disparado y seguimos en la fuga monetaria de neustro pais, .Entender por favor que hay cosas que ya cumplieron su roll, hay que cambiar todo lo que debe ser cambiado como dijo nuestro eterno comandante en jefe y hay que pensar como pais para desarrolarnos, ademas por que neustros bancos no aceptas monedas, digase menudos libremente convertibles, por que no se deja hacer cuentas en Euros a plazo fijo y para hacerla corriente una cuenta hace falta autorizos y papeleos extraordinario,estamos en etapas de rectificar amigos, es importante para no traer inrritabilidades al pueblo gracias

Nuderman dijo:

13

23 de octubre de 2019

08:40:31


Se puede recibir dinero desde una cuenta o tarjeta asociada a un banco de E.U?

Carlos Medina dijo:

14

23 de octubre de 2019

08:44:07


En 2004 se dio un periodo de gracia para cambiar $ por los nuevos CUC. Eso estimulo la entrada de $ al Banco Central de Cuba. Ahora se debiera establecer una medida similar. Tal vez disminuir el gravamen. En 2004 no se explico por que un 10%. Con el 10% puede que las personas solo depositen cuando vean algo util para comprar. Analicemos que en otros paises hay un impuesto sobre el precio de venta. En Panama 7%. Aqui sera con impuesto anticipado. El banco necesita $ en efectivo para los viajeros oficiales o personales. Ese seria un uso del efectivo. No en pocas oportunidades el banco no tiene $ efectivo. Hay mas argumentos para que se analice estas sugerencias. Gracias por su publicacion

jpuentes dijo:

15

23 de octubre de 2019

09:25:38


La pregunta 9: Tiene que ser mejor explicada. Las cuentas en USD aperturadas despues del 2004 no pueden hacer transferencias. Lo dice el contrato. Hay una excepción explicita en el texto del contrato. Tienen que extraer el dinero fisico y depositarlo en la nueva cuenta y se le aplica el gravamen. Las cuentas aperturadas antes del 2004 pueden hacer, sólo, transferencias, pero no pueden depositar dinero en efectivo, pero sí pueden recibir transferencias desde el exterior y despues transferirlas a la tarjeta USD sin gravamen. Recuerden que el gravamen se le aplica al deposito fisico (de ahí que no pueden hacer deposito fisico en esa cuenta aperturada antes del 2004, sino solo recibir transferencias desde exterior (a las transferencias no se le aplica el gravamen.). La logica indica, estimados, que si usted deposita efectivo en la cuenta de USD aperturada antes del 2004 - la Ley dice que esa cuenta no pueden aplicarle gravamen, porque es antes del 2004 -, por lo tanto si lo permitieran entonces usted realizaria una transferencia y usted burlaría el gravamen al dinero fisico depositado, aprovechandose que es antes del 2004. Tiene lógica... entonces resumiendo: si es antes del 2004 extraiga y deposite y espere el gravamen. Si le transfiera a esa cuenta desde el exterior usted transfiere a su nueva cuenta y no hay gravamen. Si es despues del 2004, extraiga extraiga y deposite y espere el gravamen.

Ingeniero dijo:

16

23 de octubre de 2019

09:55:23


Estas cuentas bancarias solo pueden recibir fondos a través de transferencias desde el exterior (que incluye las remesas que hoy se tramitan contra cuentas bancarias), transferencias desde otras cuentas en divisas o transferencias entre cuentas del mismo producto ¿Qué significa transferencias desde otras cuentas en divisa? ¿Si una personal natural tiene una cuenta en usd, puede transferir hacia estas cuentas sin sufrir gravamen? ¿Si lo que se transfiere es el interés de esa cuenta, se aplica gravamen? ¿Si se abre una nueva cuenta en usd, al ingresar efectivo a esta nueva cuenta , se aplica gravamen?...Si no se aplica, ¿es posible también transferir de esa cuenta a esta para las tiendas sin que apliquen gravamen?

Alina dijo:

17

23 de octubre de 2019

09:59:10


Mi pregunta es la siguiente: Abro una cuenta en USD, mi hermana que vive, por ejemplo en Italia me transfiere 500 Euros. Cuál será la tasa de cambio que se utilizará para acreditarme los USD en mi cuenta si la tasa de cambio que hay en ventanilla es EUR/CUC. Será pública la tasa de cambio EUR/USD que aplicaran? Se aplicará 1USD=1CUC como en la contabilidad de las empresas? Por favor aclarar este punto que aún o ha sido explicado. Gracias

zuainy dijo:

18

23 de octubre de 2019

10:00:42


Que beneficios pueden tener las personas naturales que no reciben remesas del exterior y están interesados en comprar productos en USD y sus cuentas son en CUP.

Raul dijo:

19

23 de octubre de 2019

10:25:55


Me permito sugerirle al BCC que valore la posibilidad de quitar la penalidad del 10 % para abrir cuentas en USD, a fin de captar mayor cantidad de divisas, ya que una gran cantidad de esta moneda se recibe en el pais en efectivo y no a traves de medios electronicos bancarios. Conocemos que esta penalidad esta sociada a los gastos en el manejo por parte del pais del efectivo en esta moneda, pero hay otras formas de compensar esto, por ejemplo en la utilidad de los productos, sin que estos dejen de tener una relacion precio-calidad competitivo.

pedrita dijo:

20

23 de octubre de 2019

10:34:16


Si las monedas que se pueden recibir en esas tarjetas varian desde el dolar americano, hasta el franco suizo, pasando por el yen japonés y todos los que se aprobaron, pero solo se compra en USD y la tarjeta es en USD, si me envian 50 yenes, eso queire decir que en mi tarjeta habràn 50 USD?