Que el debate de las leyes, sea cual sea su naturaleza, se constituya en ejercicio fértil de participación ya va siendo, más que una práctica necesaria, una experiencia frecuente. Y el ejemplo más cercano es el análisis con los diputados de los proyectos de leyes de Pesca y Símbolos Nacionales.
Por estos días, justo desde el 27 de marzo, comenzó en las provincias dicho examen, y como parte del cronograma, tuvo lugar este martes en La Habana uno de esos encuentros, en el cual participaron, además, especialistas en los temas en cuestión y representantes de varios organismos.
De estos debates, enriquecidos con las opiniones que han enviado los ciudadanos a través de las direcciones de correo habilitadas para ello (leydepesca@anpp.gob.cu y leydesimbolosnacionales@anpp.gob.cu), deben resultar proyectos más completos, más integrales, fraguados desde el consenso parlamentario.
UN PAÍS EN SÍMBOLOS
El proyecto de Ley de Símbolos Nacionales generó un debate intenso que abordó desde la redacción de los artículos hasta la incorporación de nuevos contenidos.
Como ya había explicado anteriormente José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), a la cual correspondió, en este caso, el ejercicio novedoso de la iniciativa legislativa, este proyecto busca solucionar las contradicciones que existen hoy entre las normativas vigentes en la materia y el uso que algunos ciudadanos les dan o pretenden darles a los símbolos.
«Se hacía evidente la necesidad de actualizar toda la normativa legal, así como puntualizar y otorgar mayor precisión a sus contenidos»; de modo que, con la entrada en vigor de esta Ley, se derogan la Ley No. 42, de diciembre de 1983, y el Decreto No. 143, de abril de 1988.
La fundamentación que antecede al proyecto resalta, además, que si bien existen otros símbolos patrios, cual expresión de las luchas de nuestro pueblo en su devenir histórico, la Bandera de la Estrella Solitaria, el Escudo de la Palma Real y el Himno de Bayamo son los símbolos nacionales que nos representan.
El diputado por La Habana Vieja Félix Julio Alfonso López llamó la atención sobre la redacción del Himno Nacional, la cual se modifica, arbitrariamente, en muchas ocasiones. Por tanto, resulta imprescindible unificar los modos de escribirlo y que la recogida en el cuerpo de la Ley se corresponda con la letra oficial.
Mientras, la diputada Mariela Castro Espín sugirió que se investigara con los historiadores la veracidad de algunos hechos relacionados con la redacción del Himno, acto en el cual se dice que participó la esposa de Perucho Figueredo.
Sobre el Artículo 54 del proyecto, referido a la prohibición del uso del Himno como publicidad comercial, abundó el delegado municipal Diego Fernández, quien insistió en extender esta limitación a canciones de letras obscenas.
Por su parte, el diputado Raúl Torres cuestionó la entonación del Himno en algunas ocasiones, contrario a su carácter de marcha de guerra. Además, apuntó que, si bien el Artículo 50 establece las formas de ejecutar el Himno, no se hace ninguna referencia explícita al respeto de su melodía y armonía.
Varios diputados manifestaron inquietudes sobre la obligatoriedad de entonar el Himno siempre, a lo que respondió afirmativamente José Luis Toledo y reiteró la letra del Artículo 56: «El Himno Nacional se entona con el vigor de un himno de combate, una vez izada la Bandera Nacional».
Respecto a las características y usos del escudo intervino el diputado Félix Julio Alfonso, quien sugirió armonizar las descripciones que toma en cuenta el proyecto y las representaciones gráficas, de modo que no existan confusiones. Entretanto, el delegado Diego Fernández pidió esclarecer el modo en que se expresa la prohibición del uso del escudo en edificaciones particulares.
También el diputado por Santo Domingo Joaquín Bernal reflexionó sobre la importancia de incluir un título en el cual de desarrolle uno de los objetivos del proyecto de Ley, expresado en el Artículo 1: «…la responsabilidad del Estado en lograr una mayor educación del pueblo y en especial de los niños y jóvenes en su conocimiento y respeto».
De ese modo, dijo, podría explicitarse la responsabilidad, por ejemplo, de los organismos formadores, así como de los medios de comunicación.
La diputada Mariela Castro sugirió, asimismo, modificar la redacción del Artículo 71, la cual mostraba un matiz excluyente sobre quiénes debían izar la bandera en las instituciones docentes, acto que debía ser ejecutado por todos los pioneros, debido al honor y simbolismo que entraña.
Otro de los tópicos que estimuló el debate fue el uso de los símbolos en prendas de vestir. El diputado por el Cerro Gerardo Hernández propuso se valorara la posibilidad de usarlos, no solo al frente de las prendas, siempre y cuando se empleen «con el mayor respeto y decoro».
Con él coincidió la diputada Alicia Alonso Becerra, y a su vez puntualizó que sería imposible listar las prendas en las cuales no deben usarse los símbolos. «Quizá sería pertinente dejar explícito lo que sí se puede, en aras de no incurrir en ninguna violación o dejar fuera de la Ley acciones que degraden e irrespeten los símbolos».
La diputada por la Isla de la Juventud Yailin Orta sugirió modificar la redacción del Artículo 76, sobre el uso de los símbolos nacionales «en la elaboración de productos comunicativos con fines publicitarios», y no «como medio de publicidad» según dice el proyecto, ya que estos nunca tendrían este carácter.
Como parte del debate, varios diputados hicieron referencia a la flexibilización de los tejidos con los cuales se puede confeccionar la bandera, lo cual abarata su producción y, por tanto, la hace más asequible; además de la necesidad de ser rigurosos con la aplicación de la Ley, una vez aprobada, así como a la precisión que debe acompañar todas las menciones a hechos históricos.
La vicepresidenta de la ANPP, Ana María Mari Machado, destacó la importancia de estos debates, reflejo claro de la participación ciudadana y de cómo pueden contribuir a la educación cívica y jurídica del pueblo.
En este proyecto, aseguró, se venía trabajando desde hace algún tiempo, con el propósito de atemperar las normas vigentes al nuevo escenario cubano.
No obstante, más allá de flexibilizar usos y modos de confeccionar los símbolos, lo más trascendente, a su juicio, está en la educación sobre el respeto que merecen, cual reflejo genuino de nuestra cubanía y patriotismo.
El debate, significó, no está acabado, pues se siguen procesando las opiniones de la población. «Y a este modelo de participación comprometida, de intercambio profundo, tal como ocurrió con la Constitución, debemos aspirar con todas las leyes que aprobemos».

PRECISIONES
El proyecto consta de cinco títulos, divididos por capítulos que contienen, a su vez, 76 artículos, unidos a una disposición transitoria, cinco especiales y dos finales. Además, contiene dos anexos: glosario de términos empleados e indicaciones para regular el diseño de la Bandera y el Escudo, así como la partitura del Himno.
En el Título I se abordan aspectos generales referidos al objetivo de la norma: «definir los atributos que identifican a los símbolos nacionales y establecer las reglas para su confección, uso, honores a rendirles y conservación».
El Título II está dedicado a la Bandera y al significado de los elementos que la conforman. También se hace alusión a «la posibilidad de fabricarla con otros tejidos, en aras de abaratar su elaboración, y con ello facilitar su adquisición por todas las personas naturales y jurídicas».
El Título III refiere las características, usos y honores a rendirle al Himno Nacional, con énfasis en que este «no debe ejecutarse como publicidad comercial y se entona con el vigor de un himno de combate, después de izada la Bandera».
En el Título iv se integran las peculiaridades y empleos del Escudo Nacional y el Sello de la República, así como el respeto que se rinde al primero.
El Título v versa sobre el uso de los símbolos nacionales en los centros educacionales, y subraya la responsabilidad de todos aquellos encargados del cuidado y educación de niños y jóvenes de enseñarles las características, significado histórico y honores que merecen los símbolos.
Asimismo, se definen las condiciones para otros usos en prendas de vestir, objetos, obras de arte y escritos, ajustados al mayor respeto y decoro; tomando en cuenta siempre el contexto en que se utilicen y el objeto en que pueden estar representados.
UNA LEY QUE RESPALDE EL PROGRAMA DE DESARROLLO DE LA PESCA
Previo al debate sobre el proyecto de Ley de Pesca, fueron presentados por parte del Ministerio de la Industria Alimentaria (Minal), organismo a cargo de su elaboración, los antecedentes, así como los principales fundamentos económicos, políticos y sociales que lo sustentan.
Se reiteró que, tras la aprobación en 2017 de la Política de Pesca, en correspondencia con las transformaciones experimentadas en esta actividad, y como parte de la propia implementación de los Lineamientos, resultaba imprescindible la actualización del marco legal vigente y atemperarlo a las condiciones actuales.
De ahí que la propuesta de norma pretenda «ordenar los recursos pesqueros bajo los principios de conservación, uso sostenible, enfoque preventivo, implementación de criterios científico-tecnológicos y protección de los ecosistemas, a tono con las normas nacionales e internacionales y los preceptos de seguridad y soberanía alimentaria».
Trascendió, además, que la principal norma vigente, el Decreto Ley No. 164, Reglamento de Pesca, de 1996, «resulta obsoleto ante las condiciones actuales e insuficiente para el enfrentamiento de la pesca ilegal y la preservación de los recursos pesqueros».
Y en cuanto al impacto económico de la actividad, ya se habían mostrado, en la fundamentación del proyecto, datos muy reveladores sobre los recursos pesqueros, los cuales, de acuerdo con las estadísticas presentadas, están en las escalas de sobreexplotados, e incluso de colapso para algunas especies.

EN CONTEXTO
- El consumo per cápita anual de pescado se ha reducido de 16,0 Kg, en 1989, a 4,3 Kg en 2014.
- En los últimos cinco años, las 54 especies que se pescaban en la plataforma han disminuido en un 44 %., las capturas en un 70 % y las importaciones de pescado promediaron 8 000 toneladas.
- La langosta y el camarón aportan 63 millones de dólares anuales por exportaciones y las capturas se han reducido en los últimos cinco años en un 65 y 90 %, respectivamente.
- Actúan sobre los recursos pesqueros 3 376 pescadores comerciales estatales y 245 pescadores para autoconsumo.
- Realizan pesca comercial privada unos 18 638 y otros 17 600 la deportiva.
- Se encuentran vinculados a la acuicultura 2 329 pescadores.
- Se vinculan a la pesca estatal de manera indirecta 10 843 trabajadores.
- Se estima que unos mil artefactos navales y alrededor de 2 500 personas realizan actividad de pesca ilegal.
A toda esta situación se suma, desde el punto de vista social, el limbo legal en el cual se ha mantenido, hasta el momento, el sector no estatal asociado a esta actividad. «La relación con este modo de gestión se limita a contratos de compraventa. Los pescadores comerciales privados no tienen estatus laboral definido y no están vinculados a ningún régimen de seguridad social».
La norma viene a suplir este vacío jurídico y a reconocer esta figura del trabajo por cuenta propia, lo cual constituye una protección legal.
Y tampoco puede obviarse la situación económico-social compleja presente en los 168 asentamientos pesqueros identificados. «En varios, la actividad pesquera es el sustento principal y son escasas las alternativas de empleo en otras ramas».
De igual modo se explicó que el proyecto de Ley de Pesca pretende contribuir a proyectar el programa de desarrollo de los recursos pesqueros a largo plazo, y su implementación se complementa con un paquete de normas que involucra a otros organismos como los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y del Interior.
Al concluir la presentación exhaustiva, algunos diputados se pronunciaron por la importancia de considerar, dentro de las zonas de pesca de alta significación, las áreas de interés turístico, en las cuales, si bien no debe prohibirse la pesca, sí deben tenerse en cuenta algunas regulaciones.
El diputado Félix Julio Alfonso indagó sobre si la nueva Ley establecería regulaciones sobre determinadas zonas en las que se pesca en el Malecón, a lo que los especialistas respondieron que profundizarán en ese tema para ofrecer respuesta.
También la diputada por Cárdenas, Raysel García Cruz, llamó la atención sobre las precauciones que se deben tener en el momento de hacer inspecciones a embarcaciones pequeñas, tal como señala el Artículo 27, para impedir accidentes.
Al respecto, el coronel Jorge Samper Muarra, jefe de Tropas Guardafronteras, explicó que cuentan con embarcaciones de diferentes portes para desarrollar estas operaciones y hasta ahora, según los datos que dispone, «nunca han ocurrido accidentes ni incidentes de esta naturaleza durante una inspección».
Al finalizar el diputado por Marianao Danhiz Díaz Pereira, resaltó el valor de estos debates para fortalecer la cultura jurídica de todos y así poder explicarle mejor a la población el contenido de las normas, los porqués y la trascendencia de su implementación. Además, significó la coherencia de este proceso de participación, que no se reduce solo a los diputados, con las experiencias vividas recientemente, previo a la aprobación de la Carta Magna.
ALGUNOS PORMENORES DEL PROYECTO
- La propuesta de norma se estructura en capítulos y secciones y consta de 27 artículos y siete disposiciones finales.
- El objetivo «sombrilla» se enfoca hacia el establecimiento de «regulaciones para el adecuado ordenamiento, administración y control de la pesca, en función de la conservación y el aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos en las aguas marítimas, fluviales y lacustres de Cuba, con el fin de contribuir a la soberanía alimentaria de la nación».
- Otros pronunciamientos específicos son: instituir los principios de ordenación de los recursos pesqueros; establecer las regulaciones sobre las autorizaciones de pesca (licencias, concesiones y permisos) como medida de ordenación; definir las modalidades de pesca comercial –estatal y no estatal–, deportiva, recreativa y de investigación; disponer las bases para el funcionamiento del órgano consultivo en materia de ordenamiento pesquero, y crear los mecanismos de coordinación entre los organismos de la Administración Central del Estado que intervienen en esta actividad.
- En cuanto a las autorizaciones de pesca, la propuesta de Ley especifica que se emiten mediante licencias, concesiones y permisos por la autoridad facultada, a partir de la evaluación previa del estado de los recursos.
- Las diferentes modalidades de pesca son: deportiva; recreativa; de investigación y comercial (estatal, no estatal, de autoconsumo social y con otra finalidad que no sea el consumo humano, dígase, la captura de organismos acuáticos para artesanía, exhibiciones públicas, extracción de sustancias químicas y otros propósitos).
- El proyecto también estipula que «los requisitos para la realización de la pesca y el empleo de las artes y los avíos autorizados, así como las disposiciones sobre el destino final de las capturas y otras exigencias relativas a cada modalidad de pesca, se disponen en el Reglamento y en las resoluciones que se dicten por el Ministro del Minal».
- De igual modo, se dispone todo lo relacionado con las zonas de pesca, «las cuales se determinan por el Consejo de Ministros», mientras que «la ordenación y manejo de los recursos pesqueros en ellas corresponde al titular del Minal».
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Bsosa dijo:
1
3 de abril de 2019
08:27:04
carmen Respondió:
4 de abril de 2019
10:45:50
CESA dijo:
2
3 de abril de 2019
10:40:09
Fernando dijo:
3
3 de abril de 2019
15:12:09
Miguel Ortega dijo:
4
3 de abril de 2019
20:44:34
Alex Michel dijo:
5
3 de abril de 2019
23:29:52
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