ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

En septiembre del 2015, 11 382 personas tenían doble contratación en el sector estatal en todo el país. Aunque la cifra no da cuenta de una alternativa frecuentemente empleada, vale señalar que esta es una opción válida para cualquier entidad y posibilita que los trabajadores, después de cumplir los deberes de su cargo, puedan realizar otras labores en el sector estatal y recibir ingresos por ello.

Lixgiana Álvarez, jefa de departamento de Empleo Estatal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), explicó que las personas pueden ser contratadas en su mismo centro de trabajo o en otro; y en todos los casos, para realizar labores distintas a las habituales y en horarios diferentes. Acotó que durante el tiempo en que estén incapacitadas para trabajar (por enfermedad, accidente, licencia de maternidad…), no podrán concertar otro contrato de trabajo además del principal que ya poseen. Tampoco podrán signarlos quienes realicen trabajos en condiciones que originan una reducción de la capacidad laboral en el tiempo, y los que tengan aprobadas jornadas reducidas.

Por su parte, el especialista de la dirección de Empleo, Eduardo Almodóvar, puntualizó que en el caso de los cuadros y funcionarios; técnicos y profesionales de la salud y la investigación; maestros, profesores, contralores y auditores no podrán desempeñar otro cargo o empleo remunerado, exceptuando los cargos docentes, de investigación científica u otros que les sean aprobados por la autoridad u órgano que los designó, eligió o contrató.

De esos elementos, dijo, debe cerciorarse la autoridad facultada antes de concertar el contrato y, en todos los casos, asegurarse de las aptitudes del aspirante y de que, efectivamente, el nuevo trabajo no interfiere con las funciones habituales donde tiene concertado su contrato principal.

El pluriempleo trata de contratos por tiempo determinado o para la ejecución de obra, en los que se obtienen los mismos derechos laborales y de seguridad social que en los contratos de tiempo indefinido, aseguró.

Otra alternativa que contempla el Código de Trabajo es la contratación de estudiantes de cursos diurnos con 17 años de edad o más. En esos casos la jornada laboral es a tiempo parcial en periodos docentes para no afectar sus estudios, o a tiempo completo en vacaciones o periodos de receso escolar.

En ambas circunstancias reciben los ingresos por la labor realizada y se reconocen los derechos de trabajo y seguridad social establecidos para esos contratos.

Interrogados sobre la protección que brinda el marco legal a quienes optan por el pluriempleo, los especialistas explicaron que cuando se tiene suscrito más de un contrato de trabajo se consideran en la base de cálculo de la pensión por edad los salarios devengados en las entidades con las que mantiene vínculo laboral, y precisaron que aunque se reconocen los tiempos de servicio prestado en cualquier sector o actividad laboral, ya sea civil o militar, en el caso de los simultáneos, se acumula uno de ellos.

Para conocer más sobre las opciones de empleo disponibles, Álvarez y Almodóvar recomendaron solicitar información en las Direcciones Municipales de Trabajo, a las cuales las entidades tributan sistemáticamente sus necesidades de fuerza laboral.

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Pepe dijo:

1

6 de enero de 2016

07:08:50


Y por qué no acumulamos por los dos, si los dos trabajos son estatales. La culpa de esto no la tienen loa Americanos.

Rosin dijo:

2

6 de enero de 2016

08:27:52


Quisiera que me explicaran en qué consiste el pluriempleo, ya que, fuera de la jornada de 8 horas que otras contrataciones pueden tener un trabajador? Los trabajadores que hoy tienen otras contrataciones es en el sector no estatal, ya que, de lo contrario son contratos que si revisan bien, hay ilegalidades implícitas. Me refiero a lo siguiente, qué servicios contamos fuera del horario de 8:00 a 5:00 pm donde se puede contratar una persona. me parece que en nuestro país todavía hay que revisar horarios de laborales, hay cargos que no se requieren de 8:00 horas y el trabajador está en su puesto esperando para marcar su tarjeta sin un contenido de trabajo. Nos falta por andar en términos laborales y poner cosas en reglas.

Anar dijo:

3

6 de enero de 2016

08:35:48


en caso de profesores, auditores, etc que se les impide tener dos empleos es un absurdo, se deben ACOTAR los empleos pero no prohibir, esas personas pueden ejercer como músicos, pintores, artesanos, tener alquileres en sus casas, hacer manicura, peluquería y barbería, cuidadores, lavandería, no debe permitirse a un auditor o contralor ejercer trabajos de contabilidad, finanzas, tenedor de libros etc, pero lo anteriormente mencionado por qué no.

ignacio Respondió:


6 de enero de 2016

09:20:49

Completamente de acuerdo con usted Anar, no debería limitarse la capacidad de ninguna persona, usted menciona solo algunos oficios, hay otras opciones también que como profesional podríamos desempeñar sin interferir unas con otras y sin que surjan conflictos de intereses. También podríamos desempeñarnos como traductores de documentos, asesores, repasadores, etc, en nuestro tiempo libre.

JOSE dijo:

4

6 de enero de 2016

08:47:01


COINCIDO CON PEPE: SI TENGO PLURIEMPLEO ES PORQUE ME HACE FALTA, Y SI EL ESTADO ME CONTRATA ES PORQUE TAMBIÉN LE HAGO FALTA. ASÍ QUE POR QUÉ NO ME BENEFICIAN UN POCO MEJOR EN LA JUBILACIÓN? SI NO ME ENRIQUECÍ CUANDO ESTUVE TRABAJANDO ACTIVAMENTE, MENOS ME VA A PASAR DE JUBILADO. VALE LA PENA ANALIZARLO

Pla dijo:

5

6 de enero de 2016

09:18:51


Pienso que el pluriempleo debe ampliarse y permitirse trabajos a tiempo parcial a trabajadores en general y voy a poner varios ejemplos. Los circulos sociales están abriendo a las 9.00 am o despues de esa hora, cuando se abre hay una cola afuera desde las 6.00 am, porque no se contratan trabajores a tiempo parcial y se permite la entrada desde las 7.00 am por ejemplo, por otra parte increiblemente los circulos sociales cierran en los feriados, no todos los dias feriados pero si cierran, no se pueden contratar trabajadores para estos días?, otra cosa los trabajadores terminan sus jormadas laborales a las 5.00 pm o las 5.30 pm y llegan a sus casas despues de las 6.00 pm porque no se mantienen abiertos los circulos sociales despues de esa hora para los que quieran hacer ejercicios o practicar deportes. Puse ejemplos de circulos sociales pero en casi ninguna de las oficinas de trámites o atención al público para diferentes gestiones por ejemplo de la vivienda, oficoda ,etc que existen en Cuba se atiende fuera del horario laboral por lo que para resolver cualquier cosa hay que ausentarse del trabajo en la mañana o en la tarde y eso repercute en el salario del trabajador que lo hace, no se pueden contratar trabajadores a tiempo parcial para mejorar estos servicios, yo creo que si, piensen en ello.

YANE dijo:

6

6 de enero de 2016

09:27:17


Coincido con el comentario de Anar , porque los cuadros , funcionarios , tecnicos y profesionales de la salud , maestros no pueden tener derecho al pluriempleo siempre que no interfiera en su horario laboral o es que acaso todos no tenemos los mismos derechos ? , no le encuentro la logica a esto , creo que se debe revisar eso

Leandro dijo:

7

6 de enero de 2016

09:42:42


José, siempre he escuchado que trabajando nadie se enriquece, pero, bueno, si se aprovechan de los recursos que el Estado pone en sus manos, otros gallos cantan. Para esos que se aprovechan, las ganancias son absolutas, sin gastar un centavo. Por otra parte, hay que tener en cuenta que normalmente dedicamos de 2 a tres horas para trasladarnos al centro de trabajo y regreso a la casa. Ya por ahí son alrededor de 12 horas. Además, si el otro empleo lo hace con el Estado, por dos o tres horas, ¿Cuánto le pagarán?

Pepe dijo:

8

6 de enero de 2016

10:33:34


Nadie que viva únicamente de su salario, en este país se hace rico, todo lo contrario pertenece al grupo social más humilde. Hay que pensar y tomar medidas a favor de los que luchamos, porque hoy por hoy aquellos que andan en malos pasos son los que usan los mejores zapatos. Saludos

temis Respondió:


6 de enero de 2016

14:28:22

Completamente de acuerdo con usted.

peglez dijo:

9

6 de enero de 2016

10:34:44


El numero de 11382 trabajadores en toda la nacion me parece que no es un dato que sea real, deben de tener algunas empresas la informacion oculta porque mi opinion es que son muy pocos, refleccionen con este dato estadistico, aprovecho la oportunidad para que se revise la aplicacion de la resolucion # 17/2014, a todos los trabajadores estatales de nuestro caiman. Aclaro que el salario del pluriempleo si nos sirve para la JUBILACION .

Juan Jose dijo:

10

11 de octubre de 2017

11:47:17


Quisiera saber si durante el servicio social se puede aplicar al pluriempleo.

Carlos Alberto González dijo:

11

5 de febrero de 2019

11:28:40


Buenos días, por que un trabajador que labora legalmente y cunple con un horario de trabajo no puede despues de concluido etes contratarse en otro, esto lo que da lugar a que las personas no puedan vvir desentemente y seobligan a que realicen cosas ilegales pues la ley prohibe que los profecinales mantengan desentemente a su familia, en un tiempo se establecio el pluriempleo esto lay se derogo y ahora ni lo uno ni lo otro poor lo que un trabajador que sea funcionario no puede ejercer en otro puesto si el tiempo le da para desempeñarlo esto obliga a que las personas se dedique a ser cosas ilicitas por ejemplo robar.

Yirian Cruzata dijo:

12

14 de febrero de 2020

11:34:45


Buenas tardes, me interesa saber, si es que una persona pueda trabajar como vendedora en un buro de una agencia de viajes y al mismo tiempo tener un negocio privado con su trabajador contratado que atiende el mismo que en este caso seria una casa de arrendamiento para el turismo nacional e internacioonal? Estuve leyendo en su articulo de pluriempleo pero solo habla de contratos con entidades estatales....me podrian ayudar al respecto...muchas gracias de antemano

CARLOS PILOTO dijo:

13

8 de enero de 2021

02:24:41


Puede una trabajadora despues de su jornada de 8 horas, realizar otra actibidad de trabajo en el sector de la salud que no es ni funcionaria ni cuado

carmen rosa silva dijo:

14

17 de marzo de 2023

10:02:07


buenos dias ,yo tengo una inquietud tengo un trabajador que es profesional de la salud (radiologo) con turnos rotativos se le puede hacer un pluriempleo en otras actividades de mantenimiento en el mismo centro de trabajo