ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

En correspondencia con lo aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular en la sesión del 20 diciembre de 2013, la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 29 publicó en el día de ayer, 17 de junio, la Ley No.116 “Código del Tra­bajo”.
En la propia Gaceta se publican también el Reglamento de dicha Ley y normas complementarias a la misma.

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smeagol dijo:

1

18 de junio de 2014

09:56:38


Por favor, alguien podría informarme en que artículo o página del “Código del Tra­bajo” dice algo de que los trabajadores tienen derecho a recoger su expediente laboral.

Otniel dijo:

2

18 de junio de 2014

10:03:18


Que bueno que ya se publicó en la Gaceta. Tengo una duda en el anteproyecto en el articulo 2 se incluía explicitamente la opinión política como uno de los elementos por los que no se puede discriminar en la búsqueda del empleo, sin embargo en la ley publicada en la Gaceta este elemento no aparece de forma explicita. Me parece cuando menos singular esta omisión en la ley. ¿Cual fue la profunda discusión donde se propuso que se excluyera de la ley si estaba en el anteproyecto?¿Cual es la causa de esta exclusión? Cosas como esta pueden dar pie a diversas interpretaciones sobre la discriminación política en Cuba

Jose Rodriguez Calderin dijo:

3

18 de junio de 2014

11:47:28


No tengo acseso a la Gaceta

Katia Muñoz Crespo dijo:

4

18 de junio de 2014

12:01:58


No tengo acseso a la Gaceta

luis dijo:

5

18 de junio de 2014

13:38:26


Jose y Katia En el Trabajadores digital se puede descargar la gaceta en PDF

Lic.Yusniel Laos Nieves. dijo:

6

18 de junio de 2014

13:47:17


En la Gaceta Oficial No.29 Extraordinaria de fecha 17 de junio de 2014, fue publicada la Ley No.116/2013 “Código de Trabajo” (aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular) y el Decreto No.326/2014 “Reglamento del Código de Trabajo” (aprobado por el Consejo de Ministros); además de otras disposiciones jurídicas complementarias (Resoluciones Ministeriales). Link para descargar la Gaceta Oficial: www.gacetaoficial.cu/pdf/GO_X_029_2014.rar

Mario dijo:

7

18 de junio de 2014

14:12:21


Otniel: no se por qué tiene que aparecer el tema politico en esta ley. En Cuba NO hay discriminacion de ningun tipo para trabajar. Solo el merito personal es lo que se nos exige. Además, quienes intentan politizar esta ley son los mismos que están detras de provocar conflictos y desordenes, siempre apoyados y financiados por USA.

Fidel Glez Álvarez dijo:

8

18 de junio de 2014

17:05:09


smeagol, en el artículo 35 de la ley No.116 ¨Código del Trabajo¨ te puedes informar al respecto.

Usuario dijo:

9

18 de junio de 2014

18:07:27


Lic.Yusniel Laos Nieves, acabo de acceder a la dirección URL: www.gacetaoficial.cu/pdf/GO_X_029_2014.rar y este documento no se encuentra publicado??? En espera de su ayuda.

Ing. David Subert dijo:

10

18 de junio de 2014

20:10:16


Lic.Yusniel Laos Nieves, acabo de acceder a ese sitio, pero no veo la forma de como bajar el documento. ¿Me pude ayudar?

Lic.Yusniel Laos Nieves. dijo:

11

19 de junio de 2014

09:13:40


El link que publique en mi comentario anterior: www.gacetaoficial.cu/pdf/GO_X_029_2014.rar es para descargar directamente la Gaceta Oficial en la PC. Cuando se copia en el navegador ese enlace aparece entonces en el escritorio la opción de abrir o descargar el archivo (está en formato PDF).

Aristoteles Manani dijo:

12

19 de junio de 2014

18:09:59


Mario, las leyes se hacen entre otras cosas dejar claros los derechos y responsabilidades de todas las partes. Si no existe ley, existe la posibilidad que pasen cosas y los afectados no tengan proteccion. La unica manera que la discriminacion por razones politica sea ilegal es que exista una ley que tipifique el delito, pues de lo contrario no es ilegal. Asi que como estan las cosas, independientemente de que suceda o no suceda, hoy por hoy negarle el trabajo a una persona por motivos politicos en Cuba NO ES ILEGAL/

Nelson Chartrand dijo:

13

1 de julio de 2014

10:19:18


Tengo interes de estudiar el codigo de trabajo vigente

Beatriz Reyes dijo:

14

11 de julio de 2014

09:39:38


A smeagol: Lo estipulado en cuanto a la recogida del Exp Laboral por el trabajador esta en el Articulo 35 Sección Cuarta del Codigo de Trabajo pag. 39

Sandra dijo:

15

16 de octubre de 2014

16:35:22


En la Gaceta No. 29 está el Código PERO no el Reglamento, ¿dónde lo encuentro en formato digital?

ALINA dijo:

16

18 de diciembre de 2014

17:49:24


por favor necesito que alguien me diga si los cuadros o dirigentes administrativos, estan considerados dentyro de la simultaneidad de las vacaciones , osea seguir trabando el tiempo de vacaciones

Ramón dijo:

17

12 de febrero de 2015

08:52:20


He tratado de bajar el DL-326/2014 Reglamento del Código de Trabajo y sólo aparece la Ley 116/13 o sea el Código, necesito la primera gracias

nelson chartrand dijo:

18

12 de mayo de 2015

09:23:55


Podria enviarme por esta via el Codigo del trabajo? Gracias.

Orlando dijo:

19

14 de mayo de 2015

11:28:56


Una pregunta. Puedo trabajar solo 30 años, dejar de hacerlo y cuando cumpla los 65 años puedo presentar mi retiro sin necesidad de emplearme cuando cumpla 64.? Quien querria un viejo de 64 años empleado para ser retirado un año despues:? Saludos.

Aroldo Girón dijo:

20

15 de julio de 2015

12:00:42


Buenas quiero saber si puedes enviar libros a mi E -mail no se por que no puedo descargarlos lo he intentado pero ná, te pido que me disculpes por favor, éxitos en tus labores Ok... ;) Nota: Disfruta el 26 al máximo ;)