ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Anabel Díaz

Un llamado de atención realizaron autoridades de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) a los contribuyentes que no han presentado su Declaración Jurada (DJ) del Impuesto sobre los Ingresos Personales, recordando que el plazo vence este 30 de abril.

Según informó la vicejefa primera de la ONAT, Esperanza Recio Socarrás, cerca del 27 % del total de obligados no ha cumplido aún ese deber tributario. De no hacerlo en el margen de tiempo previsto, dijo, incurren en indisciplina y se convierten en omisos, lo cual es sancionado.

En ese sentido, Yamilé Pérez, vicejefa de la Oficina, comentó que a los omisos se les aplicarán multas de 100 a 600 pesos; si se les requiere para que presenten la Declaración Jurada y no lo hacen en el término concedido, las multas serán de 500 a 5000 pesos; y si subdeclaran, pueden ascender hasta 10 mil pesos.

Otro de los inconvenientes de no entregar la Declaración Jurada antes del 30 de abril es que la fiscalización de los documentos puede superar esa fecha. Ello significa que si el contribuyente es requerido por inconsistencias en los ingresos brutos indicados, ya no tendrá el beneficio estipulado por la ONAT para esta Campaña de no pagar multas o recargos en tal caso.

Pérez significó que aun cuando se han realizado disímiles acciones a favor de la cultura tributaria, aún no se percibe en su justa medida la responsabilidad del acto de declarar. Al respecto señaló que en más del 53 % de las DJ fiscalizadas se ha declarado incorrectamente, y que 5845 han sido rechazadas.

En su intervención, la vicejefa de la ONAT dio a conocer, además, que el pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre marcha a buen ritmo. Hasta el 4 de abril se habían recibido más de 134 mil pagos de personas naturales (40 % del potencial), y más de 10 mil de personas jurídicas (77 %).

Granma recuerda a sus lectores las personas obligadas a presentar Declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Personales:

—Trabajadores por cuenta propia que tributen por el Régimen General

— Personas naturales que reciban gratificaciones, socios y representantes de empresas mixtas residentes en el país

— Otras personas naturales que generen ingresos gravados por ese tributo

 

Fechas límites para el pago de los tributos:

Impuesto sobre los Ingresos Personales: 30 de abril

Impuesto sobre el Transporte Terrestre: 30 de septiembre

Impuesto sobre Propiedad o Posesión de Embarcaciones: 30 de septiembre

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Eduardo Gomez Frometa dijo:

1

10 de abril de 2014

09:35:00


Estoy muy de acuedo con este articulo, pero le sugiero que tambien se publique el criterio que existe entre los cuentapropistas y mayormente entre los de elaboracion y venta de alimentos, pues segun escucho a diario se quejan de una muy MALA POLITICA TRIBUTARIA, ya que los impuestos son muy altos y por ello el estado los obliga a ser subdeclarantes.Los que idearon este sistema impositivo estan en una urna de cristal sin tener en cuenta la realidad de cada territorio. Le pido que Granma investigue al respecto. Notese que los cuentapropista no tienen un almacen mayorista donde adquirir la materia prima y ademas las multas que impone la ONAT SON MUY ALTAS.