ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Desde el pasado 28 de enero se formuló una queja en la Asamblea Provincial del Poder Popular, por una inconformidad en la respuesta que dio la Asamblea Municipal de Cifuentes, sobre la atención de los trabajadores sociales de mi consejo popular. No estoy conforme con la evaluación de estos, a la hora de dar una prestación monetaria temporal excepcional.

La respuesta del municipio no es oportuna ni pertinente, ya que se menciona a los familiares obligados de mi abuela, quien vivía conmigo, quien ya había fallecido el 3 de enero, y la respuesta fue el 24 de ese mes.

Además, de que mi tía, con una discapacidad intelectual severa, es la única protegida por la Asistencia Social, pues yo poseo una invalidez total por la comisión médica provincial, y Trabajo en Cifuentes refiere que mi marido debe mantenerme, porque es un desvinculado, ya que yo no tengo hijos. ¿Quién nos cuida si mi esposo se va a trabajar?

 

Arletys Cárdenas Caraballo, cai Mariana Grajales, Cifuentes, Villa Clara.

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