
El bombardeo, la agresión armada, el asesinato de civiles y militares y el secuestro del Presidente constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, ejecutado por el ejército de Estados Unidos, la madrugada del 3 de enero de 2026, en la ciudad de Caracas, representó la mayor escalada de un entramado de acciones belicistas y agresivas.
El acto de agresión de las fuerzas militares estadounidenses contra la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de la República Bolivariana de Venezuela, constituye la forma más grave y peligrosa del uso ilegítimo de la fuerza. Representa una violación flagrante de la Resolución 3314 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 1974, y del Principio de No Intervención, reforzado por la Resolución 2625 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 1970.
Las acciones realizadas por Estados Unidos, antes, durante, y con posterioridad a la agresión armada, califican dentro de los elementos componentes del «terrorismo de Estado», en los que la violencia se convierte en una herramienta de gestión política diaria, planificada y dirigida al nivel de la más alta estructura del Gobierno estadounidense.
Los elementos esenciales en la definición de terrorismo son el uso de métodos encaminados a causar pánico o terror en una población, con la finalidad de obtener cambios políticos en otro Estado, por medio de la violencia.
A la luz del Derecho Internacional, dentro de las acciones consideradas como parte del terrorismo de Estado concurren el uso de la coacción o persecución ilegítima, el secuestro, desapariciones forzosas, la tortura, el asesinato o ejecuciones extrajudiciales; así como la concepción de un plan permanente de hostigamiento, que involucra actos de gran conmoción nacional, encaminados a lograr cambios políticos, por medio del terror.
Estamos en presencia de un terrorismo de Estado porque el ejecutor no es un individuo o grupos armados aislados. Lo ejecuta el propio aparato estatal de un país extranjero, en el cual intervienen su ejército, servicios de inteligencia, fondos y agencias gubernamentales.
Los actos incluyen la presión sicológica y diplomática, que infringe la Ley internacional, la propia Ley interna de Estados Unidos, y utiliza ese poderío para generar un clima de miedo generalizado, enviando un mensaje de pánico a la sociedad para neutralizar cualquier oposición.
Las acciones del Gobierno de Estados Unidos contra Venezuela se concretaron como un conjunto de medidas aisladas articuladas entre sí, que resulta ilustrativo analizar cronológicamente.
En los meses y semanas anteriores a su ataque armado coordinaron y ejecutaron numerosas acciones terroristas, reconocidas como tal por el Derecho Internacional. Procurando aterrorizar a la población, de manera extrajudicial, ejecutaron el asesinato selectivo de pescadores y civiles. De igual forma, ofrecieron millonarias recompensas para que un tercero cooperara en el secuestro del Presidente y otros altos dirigentes, y planificaron actos de infiltración de grupos terroristas para ejecutar sabotajes y magnicidio.
El propio Presidente Trump afirmó que Venezuela estaba completamente rodeada por la «armada más grande jamás reunida en la historia de Sudamérica», que incluye un bloqueo total a los barcos petroleros, que entran y salen del país, ilegalmente sancionados a su antojo.
En la noche del 3 de enero, más de 150 medios aéreos y decenas de navíos, bombardearon a la población civil y otros objetivos en varios puntos de la ciudad de Caracas, destruyendo instalaciones y provocando asesinatos que se estiman superiores a la cifra de cien fallecidos. Numerosos miembros de un comando élite, escoltado por una gran cantidad de helicópteros armados, secuestraron a la pareja presidencial venezolana.
La «Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra Personas Internacionalmente Protegidas, inclusive los Agentes Diplomáticos», de 1973, prohíbe el secuestro de los jefes de Estado.
Después del secuestro, permanecieron desaparecidos durante varias horas, al punto que el Gobierno venezolano y otros, incluido Cuba, exigieron información sobre el paradero de los secuestrados y fe de vida, dada la fundada preocupación de que pudieran asesinarlos. Posteriormente ambos fueron mostrados con visibles evidencias de haber sufrido agresiones físicas, que requieren atención médica, y que tuvieron que reclamarla al juez actuante durante la primera vista judicial.
Con posterioridad a la agresión militar y secuestro de la pareja presidencial, el Gobierno de Estados Unidos mantiene el bloqueo naval y petrolero. Mantener en las proximidades una flota de guerra, con sobrevuelos constantes y declaraciones presidenciales sobre «aniquilación» o «borrar del mapa» a un Gobierno, tiene el objetivo deliberado de aterrorizar a los funcionarios públicos y a la sociedad civil.
El hecho de amenazar a Venezuela con mayores agresiones si no entregan el petróleo exclusivamente a Estados Unidos se enmarca como delincuencia estatal y Terrorismo de Estado.
Estas acciones convierten al Gobierno agresor en «Estado forajido» e invalidan cualquier acuerdo firmado bajo esas condiciones, ya que en el Derecho Internacional los tratados firmados bajo amenaza o uso de la fuerza son nulos, conforme a la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
Ejecutada la agresión armada contra Venezuela, las presiones y amenazas del uso de la fuerza del Gobierno de Estados Unidos se incrementaron hacia Cuba, con similares propósitos.
La expresión del deleznable Secretario de Estado Marco Rubio sobre «cortar la cabeza del sistema» cubano para «limpiar el hemisferio», especialmente tras la agresión contra Venezuela, es extremadamente grave desde la perspectiva del Derecho Internacional. Al decir que se debe «cortar la cabeza» de un sistema tras haberlo intentado físicamente con el país vecino, la amenaza deja de ser retórica y se vuelve creíble. «Cortar la cabeza» implica una acción física violenta contra la dirección del Gobierno revolucionario.
La heroica resistencia y la determinación del pueblo cubano de resistir la hostilidad imperial y preservar la Revolución implica que el mismísimo Donald Trump manifestara que se habían aplicado todas las medidas posibles de presión y daño contra Cuba. Declaró que «no creo que se pueda ejercer mucha más presión, salvo entrar y destrozar el lugar», y refiriéndose al desafío que representa el pueblo cubano reconoció: «Son duros, un pueblo duro. Un gran pueblo».
Como se evidencia, fines macabros justifican medios macabros. Dicho con más precisión, los medios forman parte de los fines. Es la manera de ser, de comportarse el imperialismo ante su evidente declive como Estado terrorista y forajido.















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Lazaro dijo:
1
30 de enero de 2026
10:26:10
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