ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
En Cuba, el Código de la Niñez, Adolescencias y Juventudes prohíbe el trabajo infantil. Foto: José Manuel Correa

A dónde van todos estos chiquillos / de los cuales ni uno solo ríe, / y esos dulces seres pensativos, enflaquecidos por la fiebre, / esas niñas de ocho años que vemos andar solas?  

Así escribió, en el siglo XIX, el poeta Víctor Hugo. Y, si observamos el mundo de hoy, un par de siglos después, parecen versos nacidos de estos tiempos, de las circunstancias que vive la humanidad.   

Van a trabajar quince horas en las fábricas, / van a hacer eternamente, desde el alba hasta la noche, / en la misma prisión, el mismo movimiento. / Jamás pueden detenerse, jamás podrán jugar. / Y qué palidez! La ceniza está en sus mejillas: / Apenas apunta el día ya están fatigados.

De los derechos de los niños se habla mucho –como debe ser. Nacer, ser inscritos, tener una familia, recibir servicios de salud y educación… resultan temas abordados en convenciones internacionales, publicaciones, medios de prensa. Pero, hay uno que, en no pocas geografías, pareciera no existir: el derecho de los niños a ser niños, podría llamarse, y que una vez violentado se vulneran otros tantos, por no decir todos los demás.

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), 138 millones de niños siguen en situación de trabajo infantil en todo el mundo, de los cuales casi 54 millones realizan trabajos peligrosos. De ellos, al menos uno de cada tres, se ve privado de su derecho a la educación. Una reacción en cadena se desata cada vez que los más pequeños se ven obligados a «ejercer» de adultos.

Esos números no son solo estadísticas para evaluar la sociedad en la que vivimos. Detrás de cada cifra hay niños a los que se les han negado derechos, hay infancias robadas, hay sueños que ni siquiera nacieron.  

En Cuba, el Código de la Niñez, Adolescencias y Juventudes prohíbe el trabajo infantil, a la vez que reconoce que este «constituye una forma de explotación contra la niñez y las adolescencias».

La propia legislación, en su Artículo 81.1. asegura que «las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a su protección contra todas las formas de explotación que pongan en riesgo o vulneren su condición de persona en desarrollo y el pleno disfrute y ejercicio de sus derechos».

Asimismo, tipifica entre las manifestaciones de explotación infantil «cualquier tipo de trabajo que obstaculice el desarrollo de su niñez o adolescencia, que atente contra su estudio, juego, esparcimiento y descanso, que resulte peligroso o nocivo para su salud, su integridad, su desarrollo físico, sicológico, moral, social, cultural y educativo». 

Por otra parte, el propio Código hace referencia a la protección especial de los adolescentes autorizados excepcionalmente a trabajar: «graduados de la Educación Técnica y Profesional u otros que, en circunstancias excepcionales definidas en la ley, son autorizados para incorporarse al trabajo, con fines educativos, de adiestramiento, formación profesional y como garantía de su desarrollo integral».

Este 12 de junio, cuando se celebra el Día Mundial contra el Trabajo Infantil, bajo el lema «Tarjeta roja al trabajo infantil: juego limpio para niños, trabajo decente para adultos», el llamado es a reforzar la acción en favor de la protección social, leyes y mecanismos de aplicación más sólidos que abordan las causas profundas del trabajo infantil. 

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