ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Sede del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela Foto: Venezolana de televisión

El presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Maikel Moreno, divulgó un comunicado del Máximo Juzgado de la República Bolivariana de Venezuela, en el cual se repudia las declaraciones emitidas por la ciudadana Fatou Bensouda, exfiscal de la Corte Penal Internacional, sobre supuestos crímenes cometidos en la nación sudamericana.

En el documento, citado por Venezolana de Televisión, la Máxima Autoridad del Alto Juzgado venezolano extendió una invitación formal al actual fiscal de la Corte Penal Internacional, Dr. Karim Khan, para que visite oficialmente a ese país y calificó las apreciaciones de la exfuncionaria como subjetivas y desajustadas a la realidad venezolana.

El documento dice que los juristas integrantes de ese órgano de justicia rechazan las apreciaciones contenidas en el documento presentado ante la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte Penal Internacional por la ciudadana y exfiscal Fatou Bensouda, donde concluye que existe una base razonable para creer que en Venezuela se han cometido crímenes de la competencia de la Corte al menos desde el 2017.

«Las mismas son apreciaciones subjetivas que no se ajustan a la realidad, consideramos que el gobierno venezolano y sus instituciones han colaborado ampliamente con respecto al examen preliminar, inclusive se realizaron visitas oficiales por parte de autoridades legítimas del Estado venezolano a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional con el fin de contribuir y consignar todos los documentos necesarios para ser evaluados sin que en ese entonces, la titular del despacho fiscal haya realizado algún requerimiento, ni una notificación de los hechos que se encontraba analizando», dice un fragmento del documento, referenciado por la televisora venezolana.

Resalta que la Corte Penal Internacional actuará, solo cuando la jurisdicción nacional no esté disponible o no sea efectiva, pues establecer una competencia irrestricta de la Corte Penal Internacional, significaría duplicar esfuerzos y gastos, generando una ofensa al Sistema Judicial soberano que, probablemente no se justifique.

Esto demostrará que el diseño de la Jurisdicción Penal Internacional procura el respeto de los sistemas de justicia nacionales, teniendo el proceso ante la Corte Penal Internacional un carácter supletorio.

«Desde el Estado venezolano hemos dado muestras sinceras y significativas en cuanto a las actividades desarrolladas por nuestras instituciones, y se han llevado a término diversas investigaciones en materia de Derechos Humanos (estando algunos casos ya judicializados en las distintas etapas del proceso con sentencias condenatorias) a fin de determinar el incumplimiento de los parámetros legales que sustentan la función policial y militar, y comprobar si han actuado o no en inobservancia de las leyes y reglamentos que los rigen», puntualiza el texto.

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