
Como ha sucedido durante los últimos 40 años, el presidente de los Estados Unidos renovó el martes pasado la vigencia de la Ley de Comercio con el Enemigo de 1917, que en la actualidad solo se aplica a Cuba.
Resulta un contrasentido que Washington continúe, al menos en los documentos, calificando a La Habana de «enemigo», justo cuando ambos países buscan avanzar hacia la normalización de sus relaciones.
¿Cómo entender que Barack Obama visite la Isla y pida «dejar el pasado atrás», para luego renovar una ley con toda la retórica de la Guerra Fría que se sustenta en los intereses de «seguridad nacional» de los Estados Unidos?
Obama, ni ningún presidente a partir del demócrata William Clinton, no tiene la potestad de eliminar definitivamente el bloqueo, que después del 12 de marzo de 1996 quedó codificado por la Ley Helms-Burton.
Si bien es cierto que las propias autoridades norteamericanas han dicho que cambian los métodos, pero no los objetivos de su política hacia Cuba, el propio Obama llamó al Congreso para que trabajara en la eliminación del bloqueo, como parte de los cambios anunciados el 17 de diciembre del 2014.
Entonces, ¿por qué no deja de renovar la Ley de Comercio con el Enemigo?
El bloqueo es una compleja madeja seudolegal integrada por distintas normas con diferentes jerarquías, que van desde simples proclamas hasta otras de mayor rango como disposiciones gubernamentales y leyes.
La Ley de Comercio con el Enemigo es el eslabón original de la compleja armazón de esa política de agresión contra Cuba. Fue la base legal en la que se sustentó la Proclama Presidencial 3447 emitida por John F. Kennedy en febrero de 1962, la cual decretó la suspensión del comercio como arma de asfixia económica contra la joven Revolución cubana.
Cuando la Helms-Burton codificó el bloqueo, también preservó la autoridad presidencial de autorizar licencias para hacer determinadas excepciones.
Aunque los trasfondos legales son difusos incluso para los entendidos, la clave del asunto radicaría en que unas legislaciones se sobreponen sobre las otras a lo largo de los años, pero no se anulan. De tal manera que aún están en vigor los estipulados de la Ley de Comercio con el Enemigo, de la Ley deAsistencia al Exterior de 1961 y de la Ley de Administración de las Exportaciones de 1979, las mismas que empoderan a los departamentos del Tesoro y de Comercio para manejar la aplicación del bloqueo en la práctica, mediante los sistemas de normativas conocidos como las Regulaciones para el Control de los Activos Cubanos y las Regulaciones para la Administración de las Exportaciones.
Aunque parezca contradictorio, a través de la renovación de la Ley de Comercio con el Enemigo, los voceros del gobierno de Obama señalan que se están defendiendo las prerrogativas ejecutivas del Presidente respecto a Cuba y la posibilidad de continuar usándolas.
En cualquier caso, que Obama tenga que recurrir a una ley de 1917 para dar pasos elementales entre dos naciones vecinas, es una prueba más de que la política de Estados Unidos hacia Cuba tiene un siglo de retraso.
COMENTAR
Jose Miguel Rodriguez Corrales dijo:
1
14 de septiembre de 2016
21:54:03
Miguel Angel B dijo:
2
14 de septiembre de 2016
22:14:04
Joel Respondió:
15 de septiembre de 2016
07:51:42
pacheco Respondió:
15 de septiembre de 2016
15:17:39
Ramos Respondió:
20 de septiembre de 2016
16:41:45
Luis Eloy Suarez Escobar dijo:
3
14 de septiembre de 2016
22:33:27
Rafael Nuñez Respondió:
15 de septiembre de 2016
08:45:24
sarmiento dijo:
4
14 de septiembre de 2016
23:19:53
Elio Simon Bueno Respondió:
21 de septiembre de 2016
06:18:42
Miguel Angel dijo:
5
15 de septiembre de 2016
04:29:51
EUJ dijo:
6
15 de septiembre de 2016
04:31:57
Primitivo J. Gonzalez silva dijo:
7
15 de septiembre de 2016
05:44:38
eliezer toledo Respondió:
16 de septiembre de 2016
08:57:04
Wilfredo dijo:
8
15 de septiembre de 2016
09:06:57
Nelson P Valdés dijo:
9
15 de septiembre de 2016
10:22:17
JUAN C TRAVIESO dijo:
10
15 de septiembre de 2016
10:39:12
sonia dijo:
11
15 de septiembre de 2016
10:45:58
Fernanda dijo:
12
15 de septiembre de 2016
13:51:18
Alberto dijo:
13
15 de septiembre de 2016
14:36:55
Ubén dijo:
14
15 de septiembre de 2016
14:54:26
ANDRES SENCION dijo:
15
15 de septiembre de 2016
17:20:50
Gilberto Baltazar Saenz dijo:
16
15 de septiembre de 2016
19:15:13
Julio S. López Cuesta dijo:
17
16 de septiembre de 2016
08:36:49
jorge luis dijo:
18
19 de septiembre de 2016
07:46:19
Elio Simon Bueno dijo:
19
21 de septiembre de 2016
06:15:01
Responder comentario