27 de septiembre de
2005
Caso Posada Carriles
El fiscal y la defensa del lado criminal
Joaquín
Rivery Tur
rivery@granma.cip.cu
Imagínese el lector un
proceso administrativo en el cual la Fiscalía cierra su caso contra
un acusado sin presentar testimonio, testigos o pruebas contra el
pedido de la defensa de otorgar a un reo convicto y confeso de
terrorismo la protección especial del Gobierno de Estados Unidos,
sobre la base de un tratado contra la tortura, contra el cual actúa
en primer lugar... el mismo Gobierno de Estados Unidos.
Eso sucedió este lunes en
El Paso, Texas, donde continuó la farsa montada por la Casa Blanca
para proteger de la justicia al asesino aliado: Luis Posada Carriles.
Estos elementos fueron
analizados anoche en la Mesa Redonda Informativa, conducida por Randy
Alonso, en la cual el colega Raúl Garcés brindó los antecedentes de
la audiencia de agosto pasado, cuando el terrorista y su abogado
retiraron la petición de asilo, pretendieron acogerse a la
Convención Internacional contra la Tortura y acusaron infundadamente
a Venezuela de hacer lo que hace Washington en Iraq y en Guantánamo.
El juez William Abbott dijo entonces que habría que tener en cuenta
el elemento de la tortura, aunque fuera Hitler el imputado.
Según se informó en el
programa, el Juez formulará sus conclusiones por escrito en 28 días,
luego de la vista de ayer.
Un abogado y periodista
presente en la sala escribió que El Departamento de Seguridad
Nacional posiblemente retenga a Posada durante 90 días y luego lo
ponga en libertad. La extradición a Venezuela no se mencionó para
nada; solo se habló de que el reo sería torturado allí si es
extraditado, como reclama legalmente Caracas, la capital donde se
fraguó el atentado de Barbados y donde el criminal torturó y
asesinó a revolucionarios.
La embajada de Venezuela
en Washington emitió una declaración en la que afirma que EE.UU. ha
desfigurado cínicamente la Convención sobre la Tortura para acoger
al terrorista.
Reinaldo Taladrid explicó
en la Mesa Redonda qué es la Convención Internacional contra la
Tortura, aprobada en 1984. Estados Unidos ÅdijoÅ solamente la
ratificó en 1990, aunque no se comprometió con sus disposiciones
hasta 1999. La tortura es definida como cualquier acción que se
ejecute para causar dolor y sufrimiento a una persona con el fin de
obtener información de ella o de una tercera. Justamente lo que
hacía Posada en la DISIP venezolana.
El artículo tres de la
Convención señala que no se procederá a la extradición si hay
indicios de que el acusado puede ser sometido a tortura en el país
demandante, en este caso la República Bolivariana de Venezuela, donde
nadie reporta un solo caso de abuso. Pero también tiene en cuenta
consideraciones que se deben atender y que no han sido contempladas en
este trámite migratorio. La convención entera fue violada en el caso
de Posada.
Randy Alonso hizo énfasis
en que todo se trata de un guión montado en Washington, mientras
Lázaro Barredo lo calificó de nueva manifestación de vergüenza y
de inmoralidad, usada en otros casos de terrorismo contra Cuba,
absueltos porque la Fiscalía no acusa realmente a los delincuentes.
El propio abogado defensor
de Posada dijo en una conferencia de prensa que su defendido sabía
mucho y si hablaba, podía poner en aprietos al FBI, la CIA y al
Gobierno de Estados Unidos y de otros países.
Washington prefiere
mantener callado a Posada, dada su importante participación en la
conspiración de Irán-Contras, por la cual la CIA vendía drogas para
comprar armas y abastecer de estas a las bandas antisandinistas
nicaragüenses, develó Taladrid.
La farsa sigue, concluyó
Randy Alonso. El colmo del cinismo, afirmó, es que se defienda con la
Convención sobre la Tortura a un torturador confeso, y calificó de
vergonzosa la actuación de la Fiscalía, que no acusó.
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