ELECCIONES EN CUBA: EL PODER DEL PUEBLO

6 de abril de 2005

¿Quién es ese al que llamamos delegado?

LOURDES PÉREZ NAVARRO

El próximo 17 de abril los ciudadanos cubanos —hombres y mujeres—mayores de 16 años y con capacidad para ejercer el derecho al sufragio, tendremos en nuestras manos la boleta electoral.

En este documento de 215 milímetros de alto y 140 de ancho aparecerán, en orden alfabético según el primer apellido, los nombres completos de los candidatos a delegado de la circunscripción. Esto nos permitirá escoger el de nuestra preferencia y marcar en el cuadro ubicado a la derecha una X; peroÁ¡alertas!, si votamos por más de uno la boleta será anulada.

Por voto libre, secreto y directo elegiremos a quien nos representará ante los órganos del Poder Popular durante los venideros dos y medio años. Pero, ¿quién es ese al que llamamos delegado?

Jorge Lezcano Pérez, jefe de la Oficina de Información y Difusión de la Asamblea Nacional del Poder Popular reflexiona: "Habitualmente la población lo ve como la persona interesada, por ejemplo, en que se resuelvan las dificultades relacionadas con la vivienda (tupiciones, problemas eléctricos o de cualquier tipo) y en gestionar la solución de estas; siempre teniendo en cuenta que no es él —o ella— quien resuelve el saco de cemento, da ladrillos, bloques u otros materiales, pues no posee tales recursos.

Pero es mucho más que eso, afirma el funcionario. El delegado es el representante de la población en la Asamblea Municipal del Poder Popular (AMPP), definida en la Constitución de la República de Cuba como el órgano superior local del poder del Estado, investida de la más alta autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en su demarcación, dentro de su competencia y ajustándose a la Ley.

Entre las atribuciones de la Asamblea Municipal está aprobar el plan económico-social y el presupuesto del municipio, ajustándose a las políticas trazadas para ello por los organismos competentes de la Administración Central del Estado, y controlar su ejecución; fortalecer la legalidad, el orden interior y la capacidad defensiva del país.

También, determinar, conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros, la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales, culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, las cuales están subordinadas al órgano de Administración de dicha Asamblea.

Los delegados que la integren van a tener la responsabilidad, además, de elegir al Presidente y al Vicepresidente del Gobierno municipal, e integrarán las comisiones de trabajo (incluso cualquiera de ellos podrá presidirlas) que tienen entre sus funciones ejercer la fiscalización y el control de las entidades de subordinación municipal.

En su momento, explica Lezcano, aquellos a quienes el pueblo elija en los próximos comicios nominarán a los delegados a la Asamblea Provincial y a los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP). Esta última tiene la característica de estar integrada, hasta en el 50%, por delegados de circunscripción.

Es importante que los votantes tengan en cuenta, subraya, que la relación de los electores con el delegado no concluye cuando lo eligen; al contrario, es entonces cuando comienza. Después de ese momento tienen el derecho de controlar sus acciones, ver si cumple sus deberes; de no ser así, su mandato puede ser revocado.

Los electores, explica, también pueden participar con los delegados en las Asambleas de rendición de cuenta, que en el sistema político cubano son expresión de democracia directa, porque cuando está reunido el pueblo con sus representantes el órgano supremo de poder allí son los electores; juntos examinan, discuten y deciden acerca de los problemas que interesan a la población, los cuales luego deben ser propuestos a la Asamblea Municipal para su solución.

Un extranjero participante en el recién celebrado Foro-debate sobre Democracia y Elecciones en Cuba, por Internet, preguntó a Ricardo Alarcón, presidente de la ANPP, si la obtención de beneficios no promueve el interés en llegar a ser delegado.

Por el desempeño de la labor para la que fue elegido, respondió Alarcón, el delegado no recibe remuneración alguna (salario, dieta o cualquier otra prestación o beneficio). "Como norma, no son políticos profesionales. Quienes deben dedicarse a tiempo completo a esas actividades, para dirigir y asegurar el funcionamiento de las asambleas, reciben el mismo salario que tenían anteriormente en el lugar de trabajo de donde procedían y adonde regresarán, normalmente, una vez que concluyan su mandato. Semejante procedimiento se sigue con aquellos a quienes sean asignadas responsabilidades temporales por las asambleas y sus comisiones".

Ese es el delegado. Hombre o mujer elegido por el pueblo para que lo representen en el ejercicio directo del poder.

   

SubirSubir