6 de abril de 2005
¿Quién es ese al que llamamos
delegado?
LOURDES PÉREZ
NAVARRO
El próximo 17 de abril
los ciudadanos cubanos —hombres y mujeres—mayores de 16 años y
con capacidad para ejercer el derecho al sufragio, tendremos en
nuestras manos la boleta electoral.
En este documento de 215
milímetros de alto y 140 de ancho aparecerán, en orden alfabético
según el primer apellido, los nombres completos de los candidatos a
delegado de la circunscripción. Esto nos permitirá escoger el de
nuestra preferencia y marcar en el cuadro ubicado a la derecha una
X; peroÁ¡alertas!, si votamos por más de uno la boleta será
anulada.
Por voto libre, secreto
y directo elegiremos a quien nos representará ante los órganos del
Poder Popular durante los venideros dos y medio años. Pero,
¿quién es ese al que llamamos delegado?
Jorge Lezcano Pérez,
jefe de la Oficina de Información y Difusión de la Asamblea
Nacional del Poder Popular reflexiona: "Habitualmente la población
lo ve como la persona interesada, por ejemplo, en que se resuelvan
las dificultades relacionadas con la vivienda (tupiciones, problemas
eléctricos o de cualquier tipo) y en gestionar la solución de
estas; siempre teniendo en cuenta que no es él —o ella— quien
resuelve el saco de cemento, da ladrillos, bloques u otros
materiales, pues no posee tales recursos.
Pero es mucho más que
eso, afirma el funcionario. El delegado es el representante de la
población en la Asamblea Municipal del Poder Popular (AMPP),
definida en la Constitución de la República de Cuba como el
órgano superior local del poder del Estado, investida de la más
alta autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en su
demarcación, dentro de su competencia y ajustándose a la Ley.
Entre las atribuciones
de la Asamblea Municipal está aprobar el plan económico-social y
el presupuesto del municipio, ajustándose a las políticas trazadas
para ello por los organismos competentes de la Administración
Central del Estado, y controlar su ejecución; fortalecer la
legalidad, el orden interior y la capacidad defensiva del país.
También, determinar,
conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros,
la organización, funcionamiento y tareas de las entidades
encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y
servicios, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales,
culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y
recreativas, las cuales están subordinadas al órgano de
Administración de dicha Asamblea.
Los delegados que la
integren van a tener la responsabilidad, además, de elegir al
Presidente y al Vicepresidente del Gobierno municipal, e integrarán
las comisiones de trabajo (incluso cualquiera de ellos podrá
presidirlas) que tienen entre sus funciones ejercer la
fiscalización y el control de las entidades de subordinación
municipal.
En su momento, explica
Lezcano, aquellos a quienes el pueblo elija en los próximos
comicios nominarán a los delegados a la Asamblea Provincial y a los
diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP). Esta
última tiene la característica de estar integrada, hasta en el
50%, por delegados de circunscripción.
Es importante que los
votantes tengan en cuenta, subraya, que la relación de los
electores con el delegado no concluye cuando lo eligen; al
contrario, es entonces cuando comienza. Después de ese momento
tienen el derecho de controlar sus acciones, ver si cumple sus
deberes; de no ser así, su mandato puede ser revocado.
Los electores, explica,
también pueden participar con los delegados en las Asambleas de
rendición de cuenta, que en el sistema político cubano son
expresión de democracia directa, porque cuando está reunido el
pueblo con sus representantes el órgano supremo de poder allí son
los electores; juntos examinan, discuten y deciden acerca de los
problemas que interesan a la población, los cuales luego deben ser
propuestos a la Asamblea Municipal para su solución.
Un extranjero
participante en el recién celebrado Foro-debate sobre Democracia y
Elecciones en Cuba, por Internet, preguntó a Ricardo Alarcón,
presidente de la ANPP, si la obtención de beneficios no promueve el
interés en llegar a ser delegado.
Por el desempeño de la
labor para la que fue elegido, respondió Alarcón, el delegado no
recibe remuneración alguna (salario, dieta o cualquier otra
prestación o beneficio). "Como norma, no son políticos
profesionales. Quienes deben dedicarse a tiempo completo a esas
actividades, para dirigir y asegurar el funcionamiento de las
asambleas, reciben el mismo salario que tenían anteriormente en el
lugar de trabajo de donde procedían y adonde regresarán,
normalmente, una vez que concluyan su mandato. Semejante
procedimiento se sigue con aquellos a quienes sean asignadas
responsabilidades temporales por las asambleas y sus comisiones".
Ese es el delegado.
Hombre o mujer elegido por el pueblo para que lo representen en el
ejercicio directo del poder.
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