ELECCIONES EN CUBA: EL PODER DEL PUEBLO

7 de marzo de 2005

Estampas y hechos sobre el proceso electoral

JUAN MARRERO

Foto: ALDO MEDEROSCorrecta decisión.

28 de febrero. Son las 8 y 25 de la noche, y desde las primeras horas de la tarde no ha cesado de llover sobre todo el municipio de Matanzas, incluyendo el barrio de Versalles. La lluvia no ha impedido que algunos electores lleguen frente a la bodega donde debe efectuarse la asamblea de nominación de candidatos a delegado. Una bombilla poderosa alumbra el lugar. La Presidenta de la circunscripción electoral se ve ansiosa, a la vez que confiada en que la pertinaz llovizna desaparezca. "Vamos a esperar hasta las 9 menos cuarto". Los minutos pasan. De las casas próximas a la bodega salen algunas familias... muchos debajo de sus paraguas.

Por los equipos de amplificación se escuchan algunas interpretaciones de música popular cubana. Hay disposición y deseo de efectuar la asamblea de nominación, pero la Ley Electoral dice bien claro que debe comprobarse previamente la presencia masiva de los electores del área. Más de 230 son los posibles electores. Al llegar las 8 y 45 de la noche, los reunidos frente a la bodega no sobrepasan las 60 ó 70 personas.

La Presidenta de la circunscripción, que es trabajadora de un Banco, dice a los allí reunidos: "Queremos agradecerles por estar aquí, pese a la inclemencia del tiempo, pero tenemos que entender que es imposible celebrar la asamblea en el día de hoy. Algo tan importante como este acto requiere la presencia masiva de los electores del área. Les avisaremos nuevamente a todos, y esperamos que sea en un día no lluvioso".

Correcta fue la decisión de esa autoridad electoral. En el proceso no debe hacerse nada que entre en contradicción con el contenido de la Ley y las instrucciones emitidas por la Comisión Electoral Nacional. Velar por la calidad de las asambleas de nominación es uno de los deberes de cualquier autoridad electoral.

DOS CANDIDATOS POR LO MENOS EN CADA CIRCUNSCRIPCIÓN

De visita en una provincia, un miembro de la Comisión Electoral Nacional pregunta a un Presidente de circunscripción: ¿Qué tú harías si se te presenta la situación de que en la última asamblea de nominación los electores te proponen el mismo candidato que resultó postulado en las tres áreas anteriores? El funcionario electoral, que ha participado en los seminarios y estudiado la Ley Electoral, responde con seguridad: "Les diría que hay que postular a otro candidato, pues la Ley establece que siempre debe haber por lo menos dos candidatos a delegados en una circunscripción". Eso es inviolable dentro del proceso electoral cubano. La Ley expresa claramente que varias áreas de una circunscripción pueden nominar a un mismo candidato, pero siempre deben ser por lo menos dos en la circunscripción. Cuando se celebra una sola asamblea, por no haberse dividido la circunscripción en áreas, hay que nominar dos candidatos como mínimo.

SIETE PASOS PARA POSTULAR CANDIDATOS A DELEGADOS

En un folleto que acaba de publicar la Asamblea Nacional del Poder Popular sobre el proceso electoral cubano, se presentan los siete pasos más importantes de las asambleas de nominación de candidatos a delegados. Ellos son:

1.- Los electores que deseen proponer candidatos deben solicitar la palabra. Cada proponente debe usar de la palabra en el mismo orden solicitado.

2.- Para que cada proposición pueda ser sometida a votación, debe contar con la aprobación de la persona propuesta. Si esta no acepta o no se encuentra presente sin haber manifestado su conformidad con anterioridad, la proposición no se somete a votación.

3.- Cada elector, al hacer uso de la palabra, expresa brevemente la razón en que fundamenta su propuesta.

4.- Cada elector puede expresar su criterio en favor o en contra del candidato propuesto.

5.- Las proposiciones de candidato son sometidas a votación directa y pública por separado, a mano alzada, en el mismo orden en que fueron formuladas.

6.- Cada elector tiene derecho a votar solamente por uno de los candidatos propuestos.

7.- Resulta nominado candidato aquel que obtenga el mayor número de votos entre los propuestos. En caso de empate se inicia una nueva postulación de candidatos.

POR EL MÉRITO PROPIO

Ahora que hablamos de que deben ser nominados los mejores y más capaces, y por qué no, las mejores y más capaces, es oportuno recordar el pensamiento martiano de que a la silla curul "se viene (...) por el mérito propio, por el esfuerzo constante, por lo que se ha hecho antes, no por lo que se promete hacer". Sin duda, en la esencia del proceso electoral cubano está muy presente esa profunda sentencia del más grande de todos los cubanos.

CIRCUNSCRIPCIONES ESPECIALES Y COMISIONES ESPECIALES

Son dos cosas diferentes. Las circunscripciones electorales especiales se constituyen para los que residen permanentemente en unidades militares y excepcionalmente en internados escolares e, igualmente, para quienes por razones de la labor que realizan deben permanecer por tiempo prolongado en lugares del territorio nacional distintos al de su domicilio. En este último caso están, por ejemplo, los contingentes de la Construcción, agrícolas o petroleros. Las comisiones electorales especiales son creadas por la Comisión Electoral Nacional, de manera excepcional, para organizar, dirigir y facilitar el desarrollo de las elecciones. Se constituyen en demarcaciones específicas con elevada densidad de población o para enfrentar las complejidades del trabajo electoral en territorios que abarcan circunscripciones con zonas rurales o semirrurales. Para el actual proceso se han aprobado 117 comisiones especiales, la mayor parte de ellas en las provincias de Ciudad de La Habana y Santiago de Cuba.

SUBSANACIONES DE ERRORES EN LOS REGISTROS

Hemos visto en algunos Registros Primarios de electores expuestos que se les han hecho tachaduras o correcciones a nombres y apellidos con tinta o lápiz. Eso es incorrecto. Las enmiendas no se hacen en esas copias, que se mantendrán expuestas hasta el 24 de marzo en lugares de mayor afluencia pública de cada circunscripción. Las subsanaciones de errores cometidos en las inscripciones en el Registro Primario, se hacen en las copias que tienen en sus manos las autoridades electorales, luego de que bien por el trabajo de revisión casa por casa o por las solicitudes o reclamos hechos por los propios inscriptos o sus familiares allegados se compruebe que deben sufrir modificaciones. Las rectificaciones pertinentes aparecerán en los Registros que se publicaran en los Colegios Electorales a partir del 6 de abril.

   

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