Conocida la carta ¿Una mala orientación, un
hábito o un vicio? publicada el pasado viernes 5 de febrero del
2010 con la firma de A. Sarría de López, de inmediato revisamos y
nos percatamos de que el referido ómnibus matrícula HTX 892
pertenece a la Empresa de Aseguramientos y Servicios de la Habana
subordinada al Ministerio de la Agricultura. no obstante el referido
ómnibus posee matrícula de La Ciudad lo que obedece a la no
actualización del parque.
De forma inmediata se decidió la creación de una
comisión investigadora de los hechos, presidida por el Subdelegado
de Funcionamiento y Control, integrada por la Jefa de Auditoría y el
Asesor Jurídico de esta instancia.
Hechos los análisis correspondientes al asunto, se
comprobó que el ómnibus prestaba servicios a la Empresa de
Construcción y Montaje Especializados del Ministerio de la
Construcción, bajo contrato con la Empresa de Aseguramientos y
Servicios de la Agricultura Habana, la cual tiene esa prerrogativa
en su objeto social. Se comprobó además que en el trimestre de
noviembre 2009 a enero 2010 el ómnibus de referencia realizó 3
viajes a Pinar del Río con personal de la empresa constructora,
reflejados en las correspondientes hojas de rutas y se verificaron
además las facturas mediante las cuales se efectuó el pago de estos
viajes por la empresa constructora. En las hojas de rutas del
referido trimestre no aparece otro viaje del ómnibus fuera de la
provincia.
Otra acción ejecutada por la Comisión fue localizar
al Director de la Empresa Constructora y precisar con él los
detalles relacionados con los viajes, en la entrevista se comprobó
que cuando el ómnibus viaja con el personal lo acompaña un
responsable que es el Jefe de la Obra, sin embargo, en el retorno
vacío no se previó esta figura pues el (ayudante) que señala la nota
es un mecánico.
De todos los razonamientos hechos concluimos lo
siguiente.
· Que efectivamente, el ómnibus en la fecha señalada
realizó viaje a Pinar del Río. Que el servicio prestado cumplió las
normativas establecidas de transportación a la empresa constructora
· Que el presunto ayudante del chofer no tenía por
qué viajar en el ómnibus, ya que el mismo es mecánico de la entidad
y debió permanecer en el taller. No obstante el jefe de este lo
autorizó indebidamente.
· Que en viajes de este tipo, los choferes tienen
establecido que al retornar vacío deben recoger pasajes en puntos de
embarques o terminales de ómnibus, sin efectuar cobro de efectivo lo
que en última instancia correspondería a las autoridades que en los
puntos tiene el organismo de transporte.
Finalmente consideramos que el hecho es real y se
produce por indisciplinas de los implicados derivando en
ilegalidades que nos conducen a aplicar las siguientes medidas:
· Chofer del ómnibus: Separación definitiva
de la entidad, por utiliizar indebidamente un recurso del Estado
para uso personal como manifestación de indisciplina grave.
· Acompañante del chofer: Separación
definitiva de la Entidad, por utilizar indebidamente un recurso del
Estado para recaudar dinero con fines personales resultando una
manifestación de indisciplina grave
· Subdirector de Aseguramiento de la Empresa:
Amonestación ante el Consejo de Dirección de la Entidad por no
ejercer el control adecuado del uso del ómnibus durante el
cumplimiento del contrato a la Empresa Constructora así como no
fiscalizar el control al parqueo del ómnibus.
· Jefe de Transporte: Democión temporal del
Cargo: por 6 meses por no haber designado responsable del viaje por
la Entidad para el ómnibus para cumplir estrictamente lo contratado.
además justificar el viaje del mecánico en la tarjeta de firma por
ausencia que no se debió autorizar
· Jefe de Seguridad y Protección:
Amonestación ante el Consejo de Dirección de la entidad por no
fiscalizar el parqueo del Ómnibus y llevar estricto control del
mismo en el libro de incidencias con la ausencia de la
correspondiente alerta a la Dirección del Centro.
· Director de la Empresa: Amonestación ante
el Consejo de Dirección, por la no observancia del sistema de
autocontrol establecido por el Ministerio para fiscalizar el
funcionamiento de la entidad.
Saludos,
Alberto Naranjo Paz