Nos ha sido trasladada para su atención la carta
titulada Afectación salarial a profesores de las SUM, que
enviara Gervasio Mezquida Tirador, profesor a tiempo parcial de la
Sede Universitaria Municipal (SUM) de Bejucal, publicada el 29 de
mayo del 2009 en la Sección Cartas a la Dirección de
Granma.
En el momento de conocer esta inquietud, contactamos
con la Dirección de la Universidad Agraria de La Habana, que es la
entidad que dirige la SUM de Bejucal, para que esclareciera las
inquietudes planteadas por dicho profesor.
El pasado día 1ro. de junio se sostuvo un encuentro
con el compañero Gervasio dirigido por el Rector, en el que
participaron además tres miembros de los Consejos de Dirección
Universitaria y de la SUM. En esta reunión se analizaron los
planteamientos expresados por el profesor en su carta, se le ofreció
una amplia y detallada explicación a las inquietudes planteadas y
quedó claro que lo expuesto en su carta no se ajusta a la realidad.
Se le aclaró que en ningún momento se había dado orientación alguna
de la disminución del salario a los profesores y mucho menos de que
se rebajara el mismo en un 6% a partir de reducciones del
presupuesto, lo que evidentemente había inferido de otras
informaciones.
Es conveniente explicar la política del Ministerio
de Educación Superior sobre la organización salarial de los
profesores a tiempo parcial, regulada en la Resolución 198/2006 del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Reglamento para la
organización salarial de los trabajadores de la educación superior,
la cual en su resuelvo vigésimo primero establece las tarifas
horarias para los profesionales de los territorios que se incorporan
al claustro como profesores a tiempo parcial mediante contrato por
tiempo determinado. A estos profesores puede planificárseles una
carga de trabajo entre cuatro y 20 horas semanales, pudiendo
excepcionalmente llegar hasta 24, debido a que los mismos poseen
contratos por tiempo indeterminado en otros centros laborales,
garantizando de esta forma que esta tarea no afecte la disciplina
laboral de estos profesionales en sus centros de procedencia.
En el encuentro con el profesor también quedó
absolutamente esclarecido que el proceso orientado por el Ministerio
de Educación Superior que desde hace varios cursos se viene
realizando en las SUM, está dirigido a perfeccionar la planificación
del fondo de tiempo de los profesores a tiempo parcial a partir de
mejorar el plan de trabajo de los mismos y a hacerlo más objetivo y
racional, de forma que se logre una mayor eficiencia en las
actividades docentes para las que fue contratado.
En consecuencia, el pago de los profesores a tiempo
parcial no necesariamente es una cantidad fija mensual, sino que
dependerá del Plan de Trabajo que se establezca cada mes y del
número de horas que se convenien para que puedan cumplirse con
calidad las actividades que les fueron programadas. Al final de cada
mes se fundamentan por la dirección de la SUM las horas que
realmente empleó en cumplir sus responsabilidades y se determina lo
que se remunerará salarialmente.
En el caso del profesor Gervasio, en su plan de
trabajo desde el mes de septiembre se le estuvo reportando el máximo
de horas que excepcionalmente se pueden planificar al mes (96) y en
el mes de mayo en el reporte se consideró por la SUM de Bejucal que
había laborado 90 horas reales, como resultado de su cumplimiento.
Al término de la reunión el compañero Gervasio
expresó su satisfacción por la explicación recibida y reconoció lo
útil y esclarecedor que le había resultado este intercambio.
Una vez más deseamos reconocer el esfuerzo y la
dedicación con que los profesionales de todos los territorios del
país, que como Gervasio Mezquida Tirador, han asumido las tareas
relacionadas con la universalización, contribuyendo de esta forma a
la formación integral de las nuevas generaciones de profesionales.
Raúl Boue Montero
Director Recursos Humanos
Ministerio de Educación Superior