Publicadas el 1 de mayo de 2009

Respuesta de la Dirección Nacional de Tránsito

Atendiendo al comentario titulado Satisfac-ción e incomprensión, publicado el pasado 13 de marzo del presente año en el periódico Granma, sobre indisciplina vial relacionada con la ejecución de obras en la vía pública, no solo sin garantizar las medidas de seguridad para prevenir los accidentes y los responsables de ello, sino que en ocasiones sin el permiso correspondiente para su realización y la debida señalización, le expresamos lo siguiente:

Coincidimos plenamente con los argumentos y evaluación expuestos por el compañero Joverdo, a quien a modo de ampliación, le informamos que las entidades facultadas para la realización de obras constructivas en las vías son, entre otras: Empresa Constructora de Viales, Empresa Eléctrica, Aguas de La Habana, Aguas Negras y ETECSA, por mencionar las más sistemáticas en las referidas labores. Todas tienen la responsabilidad de realizar estas obras cumpliendo lo establecido.

En la legislación vigente, Ley No. 60, Código de Vialidad y Tránsito de 28 de septiembre de 1987, y los Decretos No. 193 de noviembre de 1984 y No. 141 de mayo de 1988, se establecen prohibiciones y regulaciones, así como las medidas a aplicar y la cuantía de las multas que procede imponer en cada violación y faculta a inspectores y funcionarios de los organismos rectores, además de la facultad que compete por Ley a los agentes de la Policía.

En tal sentido, las exigencias en el cumplimiento de lo establecido, ha constituido una prioridad que debe mantenerse por todos los factores involucrados en garantizar la seguridad vial, el ornato y la higiene de nuestras ciudades.

Las entidades estatales que ejecutan labores en la vía están en la obligación de acudir a las dependencias competentes para la realización de los trámites establecidos y obtención del Permiso requerido por la Ley, a través de:

· Órganos de Planificación Física y Redes Técnicas, provinciales o municipales, según el caso.

· Órganos de Inspección de los Consejos de la Administración municipales o provinciales y los Subdirectores de Seguridad Vial de las comisiones provinciales de Vialidad y Tránsito.

· Dirección de Tránsito, en la capital, o sus jefaturas provinciales, cuando se trate de vías de interés nacional o provincial; y los oficiales de Tránsito en los municipios, cuando se trate de vías de interés municipal.

En todos los casos, deberán ejecutarse las obras en los plazos y horarios establecidos por la entidad y nivel facultado, debiéndose garantizar por los ejecutores de las obras la señalización necesaria y cualquier otra medida de protección cuando así se requiera.

Otra violación que también constituye una afectación a la seguridad vial, al ornato y a la higiene en las vías y de nuestras ciudades, es lo relacionado con aquellas personas y entidades, que de manera irresponsable arrojan objetos, escombros, desechos o sustancias a la vía.

A esto se suma el no uso de tapacetes y otros accesorios que garantizan que no se viertan sobre la vía materiales y áridos para la construcción, e incluso desechos malolientes, que muchas veces se trasladan en camiones y otros medios de transporte sin que los conductores y las entidades responsables se manifiesten a favor del cumplimiento de las regulaciones establecidas en la ley al respecto.

Finalmente, somos del criterio de que las acciones preventivas de las entidades involucradas en evitar las violaciones antes expuestas y de conjunto con una actitud más responsable de todos los ciudadanos, ganaremos en la preservación de la seguridad en nuestras vías, pero no obviaremos el enfrentamiento riguroso a estas y otras indisciplinas, garantizando que los recursos y medios materiales que hoy se emplean en el mejoramiento de nuestras vías constituyan inexorablemente objeto de satisfacción de nuestra población y no causa directa o indirecta de un lamentable accidente del tránsito.

Jefe Dirección Nacional de Tránsito
Coronel Francisco Buzón Macías

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Periódico Granma. Departamento de Atención al Lector. General Suárez y Territorial. Plaza de la Revolución. La Habana, Cuba. Código Postal: 10699. Zona Postal Habana 6, Apartado Postal 6187 o al correo electrónico: cartasaladireccion@granma.cip.cu Teléfonos 881 9712 o 881 3333, extensiones: 143,145, 148, 177.
 

 

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