Publicadas el 27 de febrero de 2009

Respuesta de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT)

El pasado viernes 13 de febrero de 2009 leímos la queja remitida por el contribuyente Juan G. López García al periódico Granma, publicada en la sección Cartas a la Dirección, bajo el título "Es necesario informar los nuevos requisitos", donde expone las situaciones negativas a las que se habían enfrentado los dueños de autos particulares del municipio de Plaza de la Revolución, que hasta el año pasado pagaban el Impuesto sobre Transporte Terrestre en los bancos, llenando un modelo y otras exigencias de la ONAT.

Ese mismo día el compañero fue contactado y el lunes 16 visitado en su domicilio por la Directora de Servicios Fiscales de la Oficina Central de la ONAT, acompañada de una especialista de esta área, con el objetivo de esclarecerle los elementos que provocaron la queja y ofrecerle una información personalizada acerca del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tal como lo establecen los procedimientos de trabajo de la Organización.

Al respecto, consideramos conveniente ofrecer disculpas a todas aquellas personas que por las razones expuestas por el contribuyente u otras, no hayan recibido en nuestras oficinas la debida atención y servicio con vistas a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Además, es oportuno reconocer que ciertamente, y a pesar de los esfuerzos y acciones realizadas por la institución en materia de información, calidad del servicio y atención a los contribuyentes con la debida profesionalidad y respeto, no estamos satisfechos con los resultados alcanzados en las diferentes instancias, por lo que continuamos trabajando en función de lograr un mejor desempeño.

Por último, resulta imprescindible ofrecer por conducto del propio periódico Granma, los elementos que fueron explicados al compañero López García, como parte de la información y asistencia personalizada que merecen nuestros contribuyentes y la población en general, los cuales son:

Ciertamente antes del 2002 todos los obligados al pago del referido tributo, acudían a los bancos pertenecientes a su domicilio de residencia, con el último comprobante de pago, llenaban el modelo CR-09 de Declaración-Pago establecido, y cumplimentaban su obligación de pago.

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de esta obligación y reducir los errores que se cometían en el llenado del documento de pago, a partir del año 2002 se estableció una chequera preimpresa y válida por cinco años consecutivos para efectuar dicho pago, se informó por diferentes vías que todos los contribuyentes debían acudir en ese año a la Oficina a oficializar su inscripción o actualizarla, y se les entregaba dicha chequera.

Transcurrido ese año, se orientó a nuestras dependencias que de los pagos que fueran recibidos por conducto del Banco, sin chequeras, se registraran los datos de las personas, se les citara para que concurrieran a la Oficina y se les entregara, sin costo alguno, el referido documento.

La Resolución No. 23 de la ONAT, emitida el 24 de marzo de 2006, pone en vigor el Reglamento del Registro de Contribuyentes, y establece que para declarar el Impuesto sobre Transporte Terrestre la persona natural deberá entregar copia de la licencia de circulación del vehículo. En tal sentido, se orientó a nuestras Oficinas que copiaran los datos de dicha licencia en una hoja y que esta estuviera firmada por el contribuyente, sin excluir la posibilidad de aceptar la presentación de fotocopia del documento.

La propia Resolución refiere que para garantizar el cumplimiento de determinados trámites ante la Administración Tributaria, de aquellas personas que estando enfermas o fuera del país por el cumplimiento de misiones internacionalistas u otras derivadas del cumplimiento de sus funciones profesionales, ante la imposibilidad de acudir personalmente a la Oficina por algunas de las causas señaladas, podrán valerse de un Representante Legal debidamente acreditado por un Poder Notarial, aunque para pagar en la Sucursal Bancaria no es necesario este requisito y cualquier persona puede ejecutar el pago en sustitución de la obligada.

La tarjeta mencionada por el compañero López García, constituye la Identificación Fiscal Única que emite la ONAT como constancia de inscripción en el Registro de Contribuyentes, sirve como identificación en el pago de las obligaciones, y puede ser solicitada por los funcionarios públicos que ejercen las acciones de control.

La ONAT no ha emitido nuevas orientaciones para el pago del Impuesto sobre Transporte Terrestre desde el año 2005, en el cual, atendiendo precisamente a las solicitudes efectuadas por la población, fue extendida la fecha de vencimiento del 28 de febrero hasta el 31 de mayo, información que se brinda a todos los obligados en los spot televisivos y emisoras radiales de todos los territorios, previo al periodo de presentación de la Declaración Jurada de Ingresos Personales y el pago de otros tributos.

Para recordar el vencimiento de las obligaciones y el cumplimiento de los deberes formales de los contribuyentes, la ONAT desde su creación ha utilizado diferentes medios masivos de comunicación y otros medios de propaganda dirigidos a diferentes sectores, tales como: plegables que se entregan en nuestras oficinas, la edición del tabloide El Contribuyente, el Portal del Ciudadano y las Páginas Amarillas de ETECSA, donde aparecen informaciones de interés sobre nuestra Organización. Además, existe el Servicio Telefónico de Respuesta y Orientación (SERTERO) que atiende consultas de todo el país por los números: (07) 8702150 Ciudad de La Habana, (032) 253274 Camagüey y (022) 629192 Santiago de Cuba, así como por las direcciones de correo electrónico:

consultas@cha.onat.gov.cu
consultas@cmw.onat.gov.cu
consultas@scu.onat.gov.cu

No obstante, el escrito del pasado 13 de febrero pone de manifiesto que estos mecanismos aún resultan insuficientes y evidencia que es necesario continuar perfeccionando la asistencia activa en cada territorio por segmentos de contribuyentes.

Finalmente reconocemos que debemos continuar fortaleciendo la preparación técnica de nuestros trabajadores para lograr mejores resultados en su desempeño profesional, a los efectos de ofrecer un mejor servicio y reducir los niveles de insatisfacción de nuestros contribuyentes, ya que contamos en la Organización con gran cantidad de jóvenes recién incorporados a la vida laboral.

A pesar de que posterior a su queja el compañero Juan G. López García ha manifestado una opinión favorable sobre la prontitud y atención brindada por nuestros funcionarios, queremos agradecerle públicamente a él y al periódico Granma los criterios emitidos, porque nos ayudan a garantizar una mayor eficiencia en el cumplimiento de nuestras funciones.

Fraternalmente,

Yolanda Álvarez de la Torre
Jefa de la ONAT

Envíe su correspondencia a:
Periódico Granma. Departamento de Atención al Lector. General Suárez y Territorial. Plaza de la Revolución. La Habana, Cuba. Código Postal: 10699. Zona Postal Habana 6, Apartado Postal 6187 o al correo electrónico: cartasaladireccion@granma.cip.cu Teléfonos 881 9712 o 881 3333, extensiones: 143,145, 148, 177.
 

 

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