Publicada el 29 de agosto de 2008

Respuesta del Instituto Nacional de la Vivienda

En respuesta al escrito publicado en el periódico Granma, sección Cartas a la Dirección, en fecha 21 de julio del 2008, referido al actuar incorrecto de la Dirección Municipal de la Vivienda de Plaza de la Revolución, relacionado con la imposición de una multa por la colocación de una reja en el balcón de un apartamento de un edificio multifamiliar, le refiero que una vez identificado el remitente y analizado el hecho, concluimos que la multa fue impuesta correctamente, pues el actuar de la formulante de la queja constituye una contravención administrativa prevista y tipificada en el Decreto 272/01, por el cual le fuera impuesta la multa el 24 de julio del 2008 al ciudadano Ramón Fernández Rivero, esposo de la remitente, Mercedes Perdomo Núñez, por una cuantía de 200,00 pesos MN, por la acción constructiva antes señalada, lo que contraviene lo legislado en materia de edificios multifamiliares y del aludido decreto.

El lector expresa que se le manifestó en la Dirección Municipal de la Vivienda que no podrían autorizar la colocación de la reja por problemas organizativos del Instituto Nacional de la Vivienda, no resultando cierta esta afirmación, pues todo lo regulado en materia de edificios multifamiliares está claramente definido en la legislación vigente, no siendo posible demostrar la veracidad del criterio emitido.

Por otra parte no consta que el compañero Ramón Fernández estableciera el recurso de apelación que prevé el referido Decreto 272/01 en caso de encontrarse inconforme con la multa impuesta, por lo que la misma adquirió firmeza, debiendo no solo abonar el importe de ella, sino además cumplir con la medida accesoria de restituir a su estado original el área del balcón.

Es real que la Unidad Municipal Inversionista de la Vivienda emitió regulaciones urbanas al respecto, debido a la orientación del técnico actuante, con el cual se tomarán las medidas correspondientes, pero no obstante se consignó en el propio documento que este no constituía autorización para la ejecución de la acción pretendida, indicación violada por la formulante de la queja.

Las fachadas de los edificios multifamiliares constituyen un elemento común general, según lo establecido en la Resolución 4/91 del Presidente del Instituto Nacional de la Vivienda, y las acciones que en ella se realizan deben responder a un proyecto integral de toda la fachada a fin de lograr una unidad de diseño y mantener una adecuada expresión arquitectónica de la misma.

Aprovechamos esta ocasión para informarles que, como parte de la estrategia que se lleva a cabo en todo el país para recuperar la disciplina social, se ejecutan acciones encaminadas a evitar la realización de nuevas acciones ilegales y la erradicación de las ilegalidades más frecuentes que se hacen en las áreas comunes de los edificios multifamiliares, que afectan la convivencia entre vecinos e impactan negativamente en el entorno urbano; entre las que se encuentran, la construcción de corrales para la cría de animales, la construcción de cercas individuales que privatizan las áreas comunes y provocan litigios entre los vecinos, la construcción de cuartos de desahogo y garajes que no se usan para ese fin, donde en ocasiones se realizan acciones ilícitas o constituyen focos de vectores.

Por todo lo anterior se requiere que en cada edificio exista un adecuado funcionamiento de la Junta de Administración, y que en el Reglamento Interno estén claramente definidas las normas de convivencia y el correcto uso de las áreas y elementos comunes del edificio.

Le saluda cordialmente

Lic. Magalys Piñeiro Ravelo
Vicepresidenta
Instituto Nacional de la Vivienda

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Periódico Granma. Departamento de Atención al Lector. General Suárez y Territorial. Plaza de la Revolución. La Habana, Cuba. Código Postal: 10699. Zona Postal Habana 6, Apartado Postal 6187 o al correo electrónico: cartasaladireccion@granma.cip.cu Teléfonos 881 9712 o 881 3333, extensiones: 143,145, 148, 177.
 

 

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