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31/10/2002
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Constituirán el 16 de noviembre Asambleas Municipales del Poder Popular

El Consejo de Estado de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 126 de la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, Ley Electoral, ha adoptado el siguiente

                      ACUERDO

PRIMERO: Disponer que el día 16 de noviembre de 2002 los delegados elegidos en las elecciones efectuadas para integrar las Asambleas Municipales del Poder Popular, reunidos por derecho propio, procedan a dejar constituidas las mismas para un nuevo mandato de dos años y medio.

SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo al Presidente de la Comisión Electoral Nacional, a los Presidentes de la Asamblea Nacional y de las respectivas Asambleas Provinciales del Poder Popular y publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la Ciudad de La Habana, a los 29 díasdel mes de octubre de 2002, "Año de los Héroes Prisioneros del Imperio".

FIDEL CASTRO RUZ
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ESTADO

31/10/2002

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