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19/12/2001
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Prometeo descubierto y sancionado

No por el fuego que robó del Olimpo, sino por el daño al medio ambiente

ROGER RICARDO LUIS

No pocos llegaron a pensar que Prometeo resurgía con el fuego robado del Olimpo, cuando descubrieron que al excavar un poco de las entrañas de la tierra salía candela; otros creyeron estar ante un bolsón de hidrocarburo; mientras, los más prácticos, decidieron quitarse el dolor de cabeza de la luz brillante y se pusieron a cocinar con aquello que parecía ser regalo de la naturaleza.

La especialista en derecho ambiental estima que el país ha dado pasos trascendentales en este campo.

El hecho de marras ocurrió, unos pocos años atrás, en un punto de la geografía matancera, pero ajeno a la mitología y a la posibilidad de un yacimiento de petróleo.

Las emanaciones gaseosas que brotaban de la tierra al perforarla eran el resultado del manejo indebido de los desperdicios de una industria que iban a parar a un arroyo que se sumergía por el lecho cársico; de esa manera, al mezclarse el agua con esos residuales se desencadenó un proceso químico que produjo gas metano el cual ocupó las oquedades que caracterizan ese tipo de terreno, tal como dictaminaron entonces los peritos.

¿LAS AGUAS MANSAS? 

El inadecuado tratamiento de las aguas residuales sigue constituyendo una de las principales fuentes de contaminación que tiene el medio ambiente en Cuba. Así lo confirma la Master en Derecho Ambiental Teresa Cruz Sardiña, especialista de la Dirección de Medio Ambiente del ministerio correspondiente.

En esta última década el país ha dado pasos trascendentales en este campo lo cual se expresa en la aprobación de una estrategia nacional ambiental y las sectoriales y territoriales, las que imponen de un cambio de mentalidad que propenda a una cada vez mayor cultura por el cuidado de la naturaleza y la aplicación de un conjunto de actividades que ha permitido la disminución de la carga contaminante, con una reducción del 9,7% en el año 1999, 6,9% en el 2000 y un estimado de 10,95% para el 2001.

Si bien se ha avanzado en este campo no es menos cierto que aún persisten dificultades que se expresan en la necesidad de brindarle atención a las instalaciones hechas con tales fines y crearlas donde hagan falta, afirma.

Los ministerios de la Agricultura, Azúcar, Industria Alimenticia y Educación son los organismos que tienen mayor número de instalaciones con dificultades en sus sistemas de tratamiento de residuales y, por tanto, han sido objeto de atención prioritaria en las Inspecciones Estatales Ambientales y la aplicación de la legislación correspondiente.

La especialista llama la atención en torno a la proliferación de criaderos de cerdos, tanto por particulares como por entidades estatales o de conjunto (cochiqueras populares), que no tienen en cuenta el tratamiento de los residuos que van a parar, como regla, a fuentes fluviales, deviniendo focos altamente contaminantes.

En un segundo lugar dentro del incumplimiento de la legislación ambiental están las violaciones de las licencias, aspectos donde también se identifica un número importante de infracciones.

Al respecto, la Ley estableció que es obligatorio dentro del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental estudiar los que una actividad u obra pueden tener sobre el entorno natural y las alternativas para minimizar dichos impactos. Ejemplo: una construcción turística sobre un ecosistema frágil. Tal evaluación es una función de carácter estatal y es el CITMA la institución que otorga la licencia, apunta la especialista.

Las personas naturales, es decir, la población tiene también su cuota de daños, en este caso la figura violatoria más reiterada es la extracción de arena; pero es aún frecuente la tala indiscriminada de árboles, el arrojar basura de todo tipo en lugares inapropiados y el ruido, aunque también estas dos últimas suelen ser práctica de algunas entidades.

LEY PERSUADE Y SANCIONA 

Tras la aprobación de la Ley de Medio Ambiente, en 1997, se han dado pasos importantes en su complementación mediante la promulgación de diferentes Decretos Leyes y Resoluciones, de gran relevancia es la aplicación del Decreto-Ley No. 200 del 2000, sobre las contravenciones en materia ambiental y sus correspondientes reglamentaciones.

Por esta vía se identifican las conductas que constituyen contravenciones en los macrotemas como, por ejemplo, la inspección ambiental, las licencias, el manejo integral de la zona costera, la diversidad biológica, desechos peligrosos, entre otras. 

Hay dos vías para conocer de las conductas contravencionales y hacer cumplir tales preceptos: mediante el cuerpo de inspectores y la denuncia que pueden hacer los ciudadanos para establecer una reclamación ante las autoridades correspondientes en las delegaciones provinciales del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente; asimismo, el sistema se complementa con el trabajo en los gobiernos municipales donde radica un especialista ambiental.
Por el incumplimiento de las medidas tras la inspección estatal se han dispuesto 24 clausuras totales y cierres temporales, 153 obligaciones de hacer, 45 amonestaciones y 165 multas.

Puede hablarse, por ejemplo, del cierre temporal de un central azucarero, y de un hotel hasta que se solucionaron los problemas que atentaban contra el medio ambiente en las zonas donde están enclavados, apunta la experta en Derecho Ambiental..

La actividad en este campo se sigue enriqueciendo con las regulaciones que norman, por ejemplo, el uso de los gases agotadores de la capa de ozono, el sistema nacional de áreas protegidas (32 vigentes y 28 que están en proceso de aprobación por el Consejo de Estado), las bonificaciones arancelarias para la importación de tecnologías que conlleven la disminución de la carga contaminante y la creación del Fondo Nacional del Medio Ambiente dirigido a financiar proyectos de corte social y popular.

POR UNA CULTURA DEL MEDIO AMBIENTE 

El falso Prometeo de Matanzas tuvo vida breve, por suerte. Tan pronto aparecieron las primeras señales de aquel "gas misterioso que propiciaba el fuego" y que brotaba de las entrañas de la tierra, se inició una investigación a fondo que permitió detectar el foco contaminante, actuar en consecuencia y evitar males mayores.

Los responsables del daño fueron sancionados, obviamente, en correspondencia con la Ley; pero más allá del acto judicial, recibieron una explicación pormenorizada del fenómeno y asesoría para resolver el problema y así lo hicieron.

Ello demuestra el carácter educativo de la sanción; más nos devela lo mucho que aún falta por avanzar en este campo donde se requiere fomentar una cultura que equivale, sin tremendismos posibles, a la supervivencia de la especie humana.

19/12/2001

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