Sin marco jurídico negativa panameña para extraditar a terroristas a Cuba

Afirma experto istmeño en Derecho Público Internacional

PANAMA, 4 de junio.—Julio Berríos, experto panameño en Derecho Internacional, consideró que no existe marco jurídico que ampare al gobierno istmeño para negarse a extraditar a Cuba a Luis Posada Carriles y el resto de su grupo terrorista, informó PL.

En una entrevista televisiva, el doctor Berríos, profesor de Derecho Internacional Público de la Universidad de Panamá, precisó además que la única condición que las autoridades panameñas podían exigirle a Cuba en este caso era la de no aplicar la pena de muerte a los requeridos.

El especialista dijo que precisamente esa condición fue de hecho aceptada por el Gobierno cubano al formular su pedido de extradición.

Apuntó que las autoridades panameñas han extraditado a ciudadanos norteamericanos a estados de ese país en los que está vigente la pena de muerte, amparados únicamente en el compromiso de las autoridades en no aplicarla y sustituirla por otra de menor rigor, y se preguntó: ¿por qué entonces dudar de la credibilidad del compromiso cubano?

Según Berríos, al denegarse la extradición "nos hemos quedado con un problema no solo para el país, sino para las autoridades judiciales en particular, que tendrán la responsabilidad de ventilar este caso".

Agregó que esto tiene la agravante de que detrás de Posada Carriles están grupos de personas que se oponen al Gobierno cubano y que pudieran seguir presionando a Panamá para que se dé una salida favorable a sus intereses en el proceso judicial.

El abogado panameño dijo además que, de acuerdo con el Derecho Internacional, cuando se niega la extradición de una persona es con el compromiso de juzgarlo no solo por los delitos cometidos en el país donde es capturado, sino que también debe ser juzgado por los delitos que se le imputan en la solicitud de extradición denegada.

Subrayó que en este caso Posada Carriles y sus secuaces están siendo solicitados desde Cuba por el delito de terrorismo a partir de lo cual las autoridades judiciales panameñas están obligadas a juzgarlos también por ese delito y no únicamente por haber ingresado al país con pasaporte o identidad falsa, ni solo por presunta posesión de explosivos.

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