Columna para el contribuyente

Atrasos en las declaraciones
juradas en el sector cañero

SUSANA LEE

La presentación de la Declaración Jurada para liquidar los impuestos sobre utilidades y sobre ingresos personales en el sector cañero muestra serios atrasos, según informó la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).

En el correspondiente al impuesto sobre utilidades, en el que están comprendidas cerca de 1400 personas jurídicas entre Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC), Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA) y otras entidades productoras de caña como las granjas estatales, el plazo voluntario para declarar cerró el pasado jueves, luego de una prórroga de 15 días que se concedió a tenor de la situación creada en varios territorios como consecuencia de los daños del huracán Georges.

No obstante, pese al período de 105 días que hubo para cumplir estas obligaciones fiscales, hasta el cierre del 9 de octubre (todavía no se habían recibido los datos finales de la campaña), apenas la mitad de los contribuyentes sujetos de este tributo lo había liquidado o conveniado su pago.

No quiere decir que no haberlo hecho y estar concluido el lapso voluntario establecido, exima de hacerlo, solo que en lo adelante al monto del impuesto a abonar se agregarán recargos por mora y multas, y mientras más pase el tiempo estos se incrementarán. De ahí lo necesario Åvalga el recordatorioÅ de presentar la Declaración Jurada y liquidar lo antes posible porque a medida que transcurran los días será mayor la afectación financiera de la entidad.

Por otra parte, en el caso del impuesto sobre ingresos personales, al que en este sector están obligados unos 7200 agricultores pequeños, usufructuarios de tierra y otros productores individuales de caña, el plazo voluntario que comenzó el 1 de septiembre y vence el próximo 31 de octubre, aún está corriendo.

Sin embargo, el atraso es todavía mayor porque hasta el pasado día 9 apenas habían presentado su Declaración Jurada y pagado el impuesto 743 de los comprendidos en este tributo, y muchos ni siquiera se han inscrito en el Registro de Contribuyentes en la Oficina de la Administración Tributaria de su localidad.

Como se publicó en secciones anteriores, para el sector cañero hay vigente un régimen especial tributario, con bonificaciones y exenciones significativas en virtud del interés de contribuir a la reanimación de la producción cañera.

Pero del mismo modo en que los productores de caña, individuales o entidades, han sido beneficiados con estas medidas, bueno fuera que unos y otras cumplieran sus deberes fiscales, toda vez que forman parte de los ingresos al Presupuesto que, en definitiva, cubren los gastos sociales de los que estas personas naturales y jurídicas también son beneficiarias.

Y a propósito, como previo a su aplicación, funcionarios de la ONAT recorrieron el país informando y explicando los detalles de este régimen tributario especial, en encuentros en los que participaron, entre otros, representantes de los organismos y organizaciones cuyos trabajadores y afiliados están involucrados, creo que también sería útil que ellos contribuyeran al cumplimiento de esta obligación fiscal.

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