Estados Unidos

Proteger a los verdugos

Doctor SANTIAGO CUBA FERNANDEZ

POR LOS corrillos de los viejos tribunales circulaba la historia de un abogado -no muy diestro en el oficio- que defendía a un acusado de un juzgado correccional por haber participado en una riña tumultuaria. En ningún momento se había consignado en el acta de acusación, ni mencionado en el juicio que se hubiera esgrimido alguna arma en la reyerta. Pero al abogado se le ocurrió plantear a su patrocinado, para que este respondiera negativamente la siguiente interrogante: ¿A usted en ningún momento le fue ocupado el cuchillo? Pero de inmediato el juez fue quien habló: ¡Ah, pero había un cuchillo! A partir de ese momento empeoró la situación del acusado y también la del abogado, que por el resto de sus días tuvo que soportar las bromas de sus compañeros.

El cuento lo traemos a colación, porque cuando leíamos una información procedente de California sobre la decisión de una Corte Federal que "limitaba" el número de personas que podían presenciar las ejecuciones de las penas de muerte, nos vino a la mente y a los labios una expresión similar a la del viejo juez: ¡Pero eran públicas las ejecuciones! Porque no resulta fácil de comprender que en los umbrales del siglo XXI una nación que pretende presentar su modo de vida e instituciones como paradigma universal nos ofrezca tales estampas descoloridas del medioevo.

En otras épocas históricas, como la Inquisición, para lograr un mayor efecto intimidatorio se acudía a los tormentos y ejecuciones públicas. Pero con el surgimiento y desarrollo de las modernas corrientes del Derecho Penal y de la propia civilización esas prácticas quedaron atrás. Exceptuando algunos estados de la Unión Norteamericana, como California.

La resolución de la Corte californiana no prohíbe las ejecuciones públicas sino que simplemente limita el número de personas que pueden presenciarlas y a qué partes de ellas pueden asistir. Y al hacerlo derogó una decisión de un juez distrital que, desempolvando la 1ra. Enmienda Constitucional había declarado: "El último ejercicio del poder del Estado -léase pena de muerte- debe ser avistado de principio a fin".

El fallo federal deja a cargo de las autoridades penitenciarias determinar qué pasos de una ejecución pueden verse y por quiénes.

Para que se tenga una clara idea de cómo se manejan estas cuestiones tan sensibles y delicadas en Estados Unidos es oportuno referir lo siguiente: Para el pasado mes de junio estaba fijado el ajusticiamiento del joven Horace Kelly, un retrasado mental cuya ejecución había producido preocupación en muchos países y determinado que destacadas personalidades e instituciones solicitaban la conmutación de la pena. Los abogados de Kelly demostraron su trastorno mental pero el jurado lo declaró culpable y el juez le impuso la sanción capital. Con motivo de la ejecución de Kelly los enviados de varias cadenas de televisión y otros medios se lanzaron "sin reparar gastos" para obtener una posición lo más próxima posible al lugar en que se efectuaría la ejecución, por lo cual el precio por una noche de una habitación de un hotel con vista a la prisión de San Quintín, se elevó a 4 000 dólares.

Pero sin duda lo más dramático y curioso del fallo de la Corte de California es el hecho que lo motivó y el fundamento de su decisión.

Cuando en California fue sustituida como medio de ejecución la cámara de gas por la inyección letal, los verdugos se veían obligados a realizar ante la vista del público numerosos y siniestros actos preparatorios, como atar a los reos a una mesa con agujas y tubos por todo el cuerpo, a través de los cuales se le suministraba el veneno. En algunos casos antes que se introdujera en los tubos el líquido se presentaron dificultades que obligaron a los verdugos de una prisión a realizar sus manipulaciones ante el público. Y fue precisamente éste, el fundamento de la Corte: proteger a los verdugos, que al ejercer su oficio en forma pública se exponían a posibles venganzas por parte de familiares y amigos de los ajusticiados.

En resumen, que en California y otros estados norteamericanos las ejecuciones de las penas de muerte han sido y continúan siendo públicas. Y la limitación -muy reducida- dispuesta por una Corte Federal no está fundamentada en un postrer sentimiento de respeto para los ejecutados o sus familiares, sino que tiene como objetivo nada menos que proteger a los verdugos.

Menores, incapacitados, mujeres e inocentes condenados a muerte como denuncia el informe del Relator de Naciones Unidas y ahora verdugos protegidos por las cortes, son credenciales del sistema judicial norteamericano.