¿Qué pretende Estados Unidos?

Tramas para un entendimiento

LINO ORAMAS

A FUERZA de impúdicas reiteraciones pretenden algunos sectores en Estados Unidos imponer sus criterios al mundo y lo que es peor, sumar aliados a contrapelo de normas reconocidas internacionalmente.

Cuando se indaga un poco acerca de lo que constituye la interpretación oficial que el gobierno norteamericano hace sobre el confuso y contradictorio Entendimiento con la Unión Europea (UE) vinculado al bloqueo contra Cuba, salen a la luz elementos que ilustran acerca de los antecedentes de dicho acuerdo y los propósitos reales que los animan.

La carta que la secretaria de Estado, Madeleine Albright, dirigiera al ultraconservador senador Jesse Helms -y que tras su divulgación por una publicación en EE.UU. fuera reproducida por Granma-, intenta persuadirlo, como ella misma señala, de la importancia de que "no desaprovechemos esta única e histórica oportunidad de lograr los objetivos del Acta para la Libertad (el desvergonzado título que dieron a la ley Helms-Burton) y establecer más amplias y nuevas protecciones para los derechos de propiedad de los ciudadanos estadounidenses en Cuba y en todo el mundo".

Pero, al mismo tiempo, revela que en la disputa entre el Congreso y el Ejecutivo estadounidenses la tozudez se abre paso para engendrar felonías cuyas consecuencias son impredecibles.

De ahí la preocupación de Madeleine Albright en la carta -donde al más puro estilo goebbeliano en más de 20 ocasiones menciona las frases "contravención del derecho internacional" o "propiedades ilegalmente expropiadas"- por convencer a Helms de que "gracias al Entendimiento... la Unión Europea ha reconocido oficialmente la ilegalidad de las expropiaciones de propiedades estadounidenses."

El Entendimiento alcanzado el 18 de mayo pasado pretende conciliar la intención de Estados Unidos de internacionalizar la protección de las propiedades norteamericanas en el mundo, ignorando un derecho soberano de los estados, y el empeño europeo porque se deroguen los aspectos que consideran más lesivos a sus intereses contenidos en los títulos III y IV de la ley Helms-Burton.

Recientemente, al analizar el tema en una publicación de un instituto dedicado a la proyección y estudio de acciones anticubanas en Estados Unidos, Daniel W. Fisk, quien -entonces incorporado a los equipos del Comité de Relaciones Exteriores del Senado- jugó un papel principal en la conducción y diseño de la estrategia para la Helms-Burton, destacaba que la promulgación de dicha legislación "pone a los Estados Unidos claramente en condición de objetar aquello que se ha venido dando como evolución en las leyes internacionales sobre la legitimación de las propiedades tomadas de una manera similar a las que ocurrieron en Cuba."

Relata cómo se gestó en el seno del órgano legislativo la idea de internacionalizar la aplicación de medidas contra quienes hayan expropiado o nacionalizado en cualquier parte del mundo propiedades de norteamericanos, conseguida ya que por primera vez se reglamentara un viejo sueño de políticos de su país de considerar ilegales tales actos, reconocidos hasta la fecha por el derecho internacional.

Y a propósito de la presentación de una reclamación de la UE ante la Organización Mundial de Comercio (OMC) -revela Fisk- el senador Paul Coverdell (republicano de Georgia) trasladó a Helms la idea de proponer a la administración de Clinton la utilización del Acuerdo Multilateral de Inversiones (AMI) como un foro para la globalización del asunto de la protección de las propiedades contenida en la llamada "Acta para la Libertad".

Precisamente en el AMI, propuesta norteamericana que es objeto de negociación actualmente, el principio que rige acerca de la propiedad y las inversiones se corresponde con lo establecido en el Entendimiento EE.UU.-Unión Europea, cuyo carácter se considera político. La aprobación del Acuerdo daría un carácter legal al contenido del Entendimiento.

El Entendimiento, según la interpretación oficial norteamericana contenida en el impúdico texto que la revista Inside U.S. Trade pudo obtener y publicó el 7 de agosto último, concuerda con los propósitos anhelados. Sin embargo, las insatisfacciones del ultrarreaccionario senador de Carolina del Norte que motivaron esa respuesta no parecen quedar resueltas si se parte de las exigencias de que dicha explicación debe constar explícitamente en el documento, lo cual implicaría una revisión de algo que para los europeos es definitivo.

Como si lo que la señora Albright interpreta fuese poco, Helms incluso quiso imponerle a los europeos el reconocimiento de la validez de las 5 911 reclamaciones de ciudadanos norteamericanos por propiedades nacionalizadas en Cuba, y la aceptación del supuesto carácter ilegal de esas expropiaciones. Además, que se añada a éstas la inaudita validación que hizo la Helms-Burton de las propiedades de los individuos de origen cubano que no eran ciudadanos estadounidenses al momento de producirse la nacionalización.

Asimismo, que las sanciones a los inversores europeos en propiedades aceptadas en los términos del Entendimiento sean mayores y que se incluya el principio de retroactividad, es decir, que estén contemplados también los casos de inversiones hechas antes del 18 de mayo de 1998, en que se llegó al Entendimiento.

No basta al Presidente del Comité de Relaciones Exteriores del Senado norteamericano la prepotencia con que se comporta la jefa de la diplomacia norteamericana e impone mayores condiciones para acceder a una suspensión del mencionado título IV.

Cabría preguntarse qué pensarán ahora los parlamentarios europeos, a quienes en definitiva correspondería aprobar el Entendimiento. Además, las declaraciones de algunos gobiernos europeos en cuanto a sus políticas hacia Cuba no coinciden plenamente con el lenguaje que se está hablando en Washington. Y los propios negociadores de la UE, ¿no se sentirán ofendidos al ver que se les llevó a una situación por la que podrían no recibir a cambio el esperado gesto?

¿Acaso no se aprecia en todo esto que en el interés estratégico norteamericano por sumar a Europa a sus planes esta queda en un segundo escalón al ser ellos quienes dicten las reglas? ¿No da la impresión de que tendrán que "portarse bien" o Helms no transige?

¿Accederá finalmente la UE a las presiones para que se revise el Entendimiento?

Por otro lado, a diferencia de EE.UU. que se negó a aceptar los términos fijados para el pago de las compensaciones por sus propiedades nacionalizadas, Cuba firmó durante los años 60 y 70 convenios conocidos por lump sum agreements con Francia, Suiza, Gran Bretaña y Canadá, los cuales fueron ejecutados y pagados. Otro con España está en ejecución, con una vigencia de 20 años.

¿No habría una contradicción en el hecho de que ahora tuvieran que aceptar para satisfacer exigencias foráneas que las nacionalizaciones fueron ilegales? ¿Los acuerdos de promoción y protección de inversiones firmados con varios países no constituyen también un instrumento legal al que ahora no podrían respetar los comprendidos en un arreglo de ese tipo?

Hay quienes, ajenos a dicho Entendimiento y atendiendo a la interpretación oficial estadounidense, después de existir esta especificación de los derechos de propiedad también ven en aquel implícitas amenazas, y sobre todo para eventuales decisiones soberanas de medidas de protección de sus intereses nacionales como reconoce el derecho internacional.

En su discurso en la sesión conmemorativa del aniversario 50 del Sistema Multilateral de Comercio, en Ginebra, el Comandante en Jefe Fidel Castro alertaba acerca del Entendimiento del 18 de mayo que cualquier diferendo entre EE.UU. y la UE por causa de esta ley, no debe resolverse a costa de Cuba. "Sería -dijo- un impensable deshonor para Europa".

La comunidad internacional tiene motivos para estar preocupada porque la interpretación dada por la Secretaria de Estado norteamericana socava el derecho de cada Estado a desarrollar sus relaciones con Cuba de acuerdo con las prácticas internacionales establecidas.

Muchos sectores en el mundo, incluida la UE, han rechazado la política de sanciones contra Cuba y seguirán haciéndolo, como lo demuestran las reiteradas y prácticamente unánimes votaciones en la ONU.

Para los cubanos está claro que la esencia ilegal del bloqueo -esa guerra no declarada contra un estado soberano desde que se decretó en 1962-, ahora reforzado por la ley Helms-Burton, no desaparecerá aunque se eliminen sus títulos III y IV, por cuanto no desaparecerá su objetivo fundamental que es la negación a Cuba de su existencia como nación independiente.