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Constitución de las asambleas
Dos nuevos actos a favor de nuestra democracia
Al igual que en las urnas, decidirá el criterio de la mayoría. El sábado, se integrarán las provinciales. El 24 de febrero, la Asamblea Nacional
María Julia Mayoral
Cuando el próximo sábado queden constituidas las asambleas provinciales del Poder Popular, y la Asamblea Nacional el 24 de febrero, tendrá lugar la tercera y última etapa de los actuales comicios generales y, consecuente con el principio democrático que exigió más de la mitad de los votos válidos para dar por electos a los candidatos nominados, también la dirección de esos órganos precisará la aceptación de la mayoría de los delegados provinciales o de los diputados, según sea el caso.
En cada provincia, las propuestas para ocupar los puestos de Presidente y Vicepresidente serán realizadas por las correspondientes comisiones de candidaturas, las cuales se han encargado de analizar las condiciones y capacidades de todos los delegados para llegar a la selección de entre ellos.
La candidatura -con dos integrantes- primero se someterá a la consideración de los delegados presentes en la sesión, quienes, también por mayoría (la mitad más uno), podrán acordar la sustitución de cualquiera de los propuestos, si así lo estiman pertinente.
Una vez aprobada la candidatura, se procederá a la votación secreta y directa, cuya organización y escrutinio correrá a cargo de las comisiones electorales.
De igual forma ocurrirá en la sesión constitutiva de la Asamblea Nacional para su V Legislatura. Será el presidente de la Comisión de Candidaturas Nacional, quien presentará las proposiciones para Presidente, Vicepresidente y Secretario y expondrá los fundamentos que se tuvieron en cuenta.
La comisión electoral -en este caso la nacional- ejercerá también la función de dar inicio a la sesión, preguntar a los miembros de la asamblea si desean sustituir a alguno o algunos de los propuestos, someter a aprobación el proyecto de candidatura, explicar la forma de realizar la votación, efectuar el escrutinio y dar a conocer el resultado del sufragio secreto.
La nominación y elección de los integrantes del Consejo de Estado sucederá también en la reunión del 24 de febrero, cuando por derecho propio se reúnan los 601 diputados elegidos el 11 de enero. Dicho órgano de la Asamblea Nacional, la representa entre uno y otro período de sesiones, ejecuta los acuerdos de ésta y cumple las demás funciones que la Constitución le atribuye.
La Comisión de Candidaturas Nacional hará las proposiciones para Presidente, Primer Vicepresidente, los Vicepresidentes, el Secretario y demás miembros del Consejo de Estado, un total de 31 diputados. El procedimiento para la aprobación de la candidatura y para la votación será similar a los anteriormente explicados y de igual modo resultarán elegidos quienes reciban más de la mitad de los votos válidos.
Tanto las comisiones provinciales como la nacional de candidaturas están siguiendo para elaborar sus proyectos el principio esencial de la consulta; en esta oportunidad, un punto de atención principal se encuentra en recoger el parecer de los delegados y diputados.
De tal manera, los comicios, desde el comienzo hasta su fin, tendrán como base un importante proceso de consulta y selección profundamente democráticos, en el cual los únicos criterios para elegir y otorgar responsabilidades, son la calidad humana y revolucionaria, la capacidad y las posibilidades para que el aporte individual enriquezca la obra colectiva.