A tono con la política encaminada a garantizar un equilibrio entre las proyecciones del movimiento deportivo cubano –sobre todo en el ciclo olímpico–, y posicionar a nuestros atletas en certámenes de primer nivel, la contratación en ligas foráneas se ha mantenido como una prioridad, pero todavía el desarrollo alcanzado por los deportistas no tiene una expresión concreta en los resultados internacionales de Cuba.
Ariel Saínz, vicepresidente del Inder, dio a conocer en una reciente conferencia de prensa, que en la temporada 2020-2021 se han firmado 59 contratos, «lo que representa el 39,3 % de lo planificado, por lo que debemos esforzarnos en lo que resta de campaña para cumplir lo planteado». Agregó que trabajan en las vías de tramitación de seis deportistas más, entre ellos los peloteros Lázaro Blanco, Erisbel Arruebarruena y Yoanni Yera.
Hasta la fecha son nueve los deportes involucrados en esta política: béisbol (18), balonmano y voleibol (23), baloncesto (10), fútbol (6), lucha (7), ciclismo, polo acuático y sóftbol (cuatro cada uno). Más adelante debe sumarse el boxeo a esta lista.
«Contamos con baloncestistas en la liga española, en la rumana; 13 voleibolistas en los principales eventos de Europa; Arlenis Sierra, en el club Astaná, de Kazajistán, donde es considerada la mejor ciclista no europea inscrita en el circuito mundial», explicó el vicepresidente del organismo deportivo. En medio de esta labor hay que señalar las limitaciones que han prevalecido en esta etapa, con la cancelación de algunos torneos internacionales como la Bundesliga alemana de lucha y las ligas de béisbol Can-Am, del Pacífico, e Italiana.
Como se ha explicado en oportunidades anteriores, uno de los principios de la política de contratación es contribuir a la elevación del rendimiento atlético y que se exprese en los resultados deportivos del país, independientemente de que esta práctica también aporte a los niveles de satisfacción personal de los deportistas. De igual manera, el movimiento deportivo obtiene una vía de ingreso, a partir de los derechos de formación de los atletas que se asignan en cada una de las disciplinas por las cuales son contratados.
COMENTAR
Responder comentario