Desde que Cuba anunció, en el segundo semestre de 2019, la apertura de una red de comercio en moneda libremente convertible (mlc) y el uso, en esos establecimientos, de tarjetas magnéticas asociadas a cuentas bancarias en divisas, algunas matrices de opinión –unas basadas en la duda franca y, la mayoría, alentadas por las siempre dispuestas intenciones para confundir– se preguntaban si la medida apuntaba a una dolarización de la economía.
En aquel momento, varios funcionarios y expertos explicaron por qué lo dispuesto no tenía esa naturaleza. En una entrevista publicada por Granma, en enero de este año, el viceprimer ministro y titular de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernández, sostuvo algunos argumentos: «que el dólar no está circulando en efectivo; que está orientado hacia un segmento muy específico del mercado, con una oferta de productos de gama media y alta, que hasta entonces no se comercializaban, y la política monetaria no pretende sustituir nuestra moneda (cup y cuc) por el dólar».
«Cuba tiene el derecho y el deber de, ajustada a sus condiciones, adoptar las disposiciones que resulten más favorables para la población y el desarrollo del país. La medida ha tenido una buena acogida y ha venido a resolver un problema que teníamos en cuanto a la captación de divisas».
También la doctora Gladys Cecilia Hernández Pedraza, jefa del departamento de Finanzas Internacionales del Centro de Investigaciones de la Economía Mundial, apuntó, por aquellos días, que las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno cubano no debían verse como un fenómeno de dolarización de la economía, pues no era ese el objetivo.
En un momento de tensiones como el que afronta el país, «el propósito es, según dijo entonces a la agencia acn, recuperar parte de ese financiamiento en divisa fuerte, que una parte de la población posee, a través de esquemas de estímulo».
La Resolución No. 73 de 2020, del Banco Central de Cuba (bcc), publicada recientemente en la Gaceta Oficial de la República, no ha sido la excepción y se ha pretendido tergiversar, en algunos casos, el alcance de su contenido, aunque este solo flexibilice quiénes pueden crear cuentas en mlc.
Lo nuevo de esta normativa, en términos generales, es que permite a las personas naturales no residentes en el país crear cuentas en moneda libremente convertible, vinculadas a tarjetas magnéticas, para las operaciones de ventas minoristas en divisas y la importación de productos a través de entidades autorizadas por el ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
Anteriormente, la Resolución No. 275 de octubre de 2019, de la Ministra-Presidente del bcc, –la cual queda derogada– limitaba esta posibilidad a las personas naturales residentes permanentes en el país.
La nueva norma también hace referencia a la Resolución No. 117 de marzo de 2020, del Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, la cual precisa «las regulaciones que rigen las relaciones comerciales en las operaciones de importación, para la nomenclatura de productos que se autoricen a comercializar en moneda libremente convertible, a las entidades importadoras aprobadas con las personas naturales, incluidas en sus carteras de clientes».
DE LA RESOLUCIÓN NO. 73 DE 2020
Para la realización de sus cobros y pagos, las entidades importadoras autorizadas por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, solicitan licencia específica al Banco Central de Cuba para abrir una cuenta bancaria en dólares estadounidenses en el Banco Financiero Internacional s.a., teniendo en cuenta las regulaciones y procedimientos vigentes sobre esta materia.
Las personas naturales, para la realización de los pagos que por la presente Resolución se autorizan, abren cuentas bancarias en dólares estadounidenses en el Banco Metropolitano s.a.; Banco Popular de Ahorro y Banco de Crédito y Comercio, teniendo en cuenta las disposiciones jurídicas vigentes sobre esta materia.
Las cuentas bancarias de las personas naturales, sujetos de esta Resolución, son operadas mediante tarjetas magnéticas, las que pueden ser utilizadas para efectuar transacciones en dólares estadounidenses, pesos cubanos y pesos convertibles en cajeros automáticos, terminales de punto de venta, y otros canales de pago.
Las cuentas bancarias en dólares estadounidenses de las personas naturales reciben fondos mediante transferencias bancarias del exterior en cualquier moneda libremente convertible; de transferencias bancarias desde otras cuentas en moneda libremente convertible que operan en bancos cubanos; transferencias de Fincimex s.a. por concepto de remesas, y mediante depósitos en efectivo de dólares estadounidenses, euros, libras esterlinas, dólares canadienses, francos suizos, pesos mexicanos, coronas danesas, coronas noruegas, coronas suecas y yenes japoneses.
En el caso del depósito de dólares estadounidenses en efectivo, se aplica el gravamen del 10 %.
Las personas naturales desde sus cuentas bancarias en dólares estadounidenses pagan por las operaciones de ventas minoristas en divisas, y la importación de mercancías a las cuentas en dólares estadounidenses de las entidades importadoras autorizadas por el Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
Desde estas cuentas bancarias pueden realizar, además, todas las operaciones establecidas para los titulares de tarjetas red con cuentas bancarias en pesos cubanos y pesos convertibles.
En contexto
- La red de comercio en mlc abrió en octubre de 2019, con establecimientos en La Habana y Santiago de Cuba, y ya se ha extendido a todo el país.
- Los expendios comenzaron con productos de electrónica y electrodomésticos, así como partes y piezas de la línea automotriz. Posteriormente se anunció la incorporación, entre otros, de artículos de ferretería, computación, muebles de alto estándar y equipos gastronómicos profesionales.
- Hasta el momento se vienen cumpliendo las principales expectativas, pues se alcanza un nivel de comercialización importante, se logra el principio de captar las divisas necesarias para el reaprovisionamiento de la red y continúa el proceso gradual de incorporación de nuevos establecimientos.
- También se aprobó la importación, por personas naturales, de determinados productos que no se comercializan en estas tiendas y pueden ser de interés para los clientes.
- La Corporación Cimex, la Cadena de Tiendas Caribe y la empresa de Servicios Automotores s.a. (sasa), son las tres entidades responsabilizadas con las compras en el exterior, en base a un nomenclador inicial de mercancías con poco más de 60 referencias, que van desde la ferretería, los electrodomésticos, hasta los vehículos y sus partes y piezas.
- Tanto las compras en la red de establecimientos como las importaciones se realizan en mlc y los pagos se ejecutan mediante tarjeta magnética.
- Las tarjetas que se aceptan son las internacionales Visa y Mastercard, siempre y cuando no sean emitidas por bancos estadounidenses, las tarjetas red de los bancos comerciales cubanos, así como la tarjeta ais usd, producto emitido por Fincimex.
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Enrique dijo:
1
4 de junio de 2020
07:16:32
BPA Respondió:
4 de junio de 2020
15:31:09
joseantonio dijo:
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4 de junio de 2020
08:04:12
Comunicación Institucional BPA dijo:
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4 de junio de 2020
15:44:04
Oscar V dijo:
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7 de junio de 2020
08:36:18
José Miguel Ruiz dijo:
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7 de junio de 2020
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Lewis dijo:
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17 de julio de 2020
22:06:28
Leonard dijo:
7
21 de septiembre de 2020
12:00:35
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