Tenerlas en cuenta no implica una pérdida de tiempo como opinan muchos, ni constituye un simple trámite burocrático como suponen otros. El uso de las Regulaciones Urbanas significa un paso a favor del orden, la disciplina y hacia el establecimiento de ciudades más bellas, funcionales y ordenadas.
Justo por ello Ibis María Menéndez-Cuesta González, subdirectora de Urbanismo del Instituto de Planificación Física (IPF), consideró que, en medio del contexto de reordenamiento que vive el país, el cumplimiento de tales disposiciones resulta “imprescindible e impostergable”.
Llamadas Ordenanzas y emitidas por faraones, reyes… las Regulaciones Urbanas son tan antiguas como la propia convivencia del hombre en comunidad, incluso la Biblia, en algunos de sus acápites, hace alusión a determinadas normas relacionadas con el ordenamiento.
En esencia, aseguró la especialista, “constituyen un conjunto de disposiciones técnicas, jurídicas y administrativas de carácter territorial, urbano y arquitectónico, cuyo fin fundamental es orientar las acciones constructivas estatales o particulares y preservar los valores históricos, arquitectónicos, urbanísticos, paisajísticos y ambientales, así como la imagen que caracteriza a nuestros pueblos y ciudades”.
Explicó que tienen como base los planes de ordenamiento a todas las escalas: general (corresponde a todo el municipio o asentamiento), parcial (involucra solo una parte de ese territorio) y especial (ordena aspectos específicos como por ejemplo el turismo, los espacios públicos, entre otros).
“Tales disposiciones juegan un importantísimo papel en las localidades al ser las encargadas de lograr la estructura, dígase: infraestructuras de abasto de agua, saneamiento, electricidad, comunicaciones, viales…, así como el funcionamiento interrelacionado de estas y la imagen de la ciudad deseada”.
Figuran además, entre sus propósitos básicos, eliminar las infracciones constructivas, garantizar un estricto control del uso del suelo, incrementar la disciplina ciudadana respecto a estos asuntos y sobre todo, fomentar y promocionar la cultura urbana.
En correspondencia con eso, comentó Menéndez-Cuesta, las Regulaciones dictaminan desde la preservación del medioambiente y el patrimonio cultural hasta la dimensión y forma de las manzanas; desde la determinación de las franjas de jardín y portal, hasta la presencia y características del mobiliario urbano; desde las acciones constructivas hasta las demoliciones.
Respecto a los requisitos exigidos para la solicitud, la subdirectora de Urbanismo del IPF aclaró que “cualquier persona, ya sea natural o jurídica, puede pedirlas ante el funcionario de la Dirección Municipal de Planificación Física en las Oficinas de Trámites de la Vivienda de cada localidad. Solo debe presentar un sello de timbre de 5,00 pesos y una carta donde quede clara su pretensión y el lugar de donde las necesita.
En caso de violaciones, advirtió, se aplica el Decreto 272 del 2001, Contravenciones en materia de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, emitido por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros. “Las medidas se corresponden con la gravedad de las infracciones y van desde la imposición de multas hasta la orden de demolición. Todo ello en pos de evitar el desorden y el mal funcionamiento de las urbanizaciones”.
Y si bien es cierto que aún continúan violándose las Regulaciones, a juicio de Ibis María “ya se ponen de manifiesto algunas señales positivas gracias al incremento de las acciones de divulgación, así como a la intensificación del control en los territorios, a partir de la puesta en vigor del Decreto 299, Atribuciones y Funciones del Instituto de Planificación Física para la Inspección Estatal”.
A modo de ejemplo, señaló el ordenamiento de las playas, “donde de forma lenta, pero sistemática, se están eliminando las transgresiones, comenzando por las del sector estatal”. También se ha extendido el control al resto de las comunidades a través de los Planes Integrales de Enfrentamiento a las Ilegalidades.









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Juan René dijo:
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16 de septiembre de 2015
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hector dijo:
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