Los padres de Clara Gómez viven en un edificio multifamiliar ubicado en la avenida General Lacret, en el capitalino municipio de 10 de Octubre. "Desde hace un tiempo -dice en su carta-, brigadas de Servicons están pintando y reparando todas las edificaciones, como parte del Plan Imagen que se está realizando en la ciudad. Quisiera saber quién y cómo debe asumir los gastos".
Efectivamente, en esta y en otras avenidas principales de la capital se están ejecutando acciones de reparación y embellecimiento de edificios multifamiliares.
Estos pueden ser de administración propia (cuentan con un reducido número de viviendas, generalmente de pocas plantas o agrupadas en un pasaje) o de administración municipal (con gran número de apartamentos; entre sus áreas comunes poseen recibidores, garajes colectivos, jardines, ascensores¼ y en ellos pueden radicar, además, oficinas estatales, comercios u otras entidades). En unos y en otros hay una Junta de Administración, integrada por todos los propietarios o arrendatarios.
Según el Reglamento General de los Edificios Multifamiliares, los propietarios o arrendatarios de los apartamentos corren con los gastos de los materiales y útiles de limpieza, del consumo de energía eléctrica de las áreas comunes y de los elementos necesarios para el funcionamiento y mantenimiento de las bombas, tanques y cisternas de agua.
También asumen aquellos gastos que resultan de la conservación de las áreas comunes del inmueble desde el punto de vista constructivo, lo cual comprende los arreglos en cubiertas y fachadas para eliminar salideros y filtraciones, y evitar deterioros mayores, así como los necesarios en las escaleras, garajes y otros espacios de uso común que no sean de envergadura tal que demanden reparaciones mayores. Para ello la Junta de Administración fija una cuota mensual con la que deben contribuir los propietarios o arrendatarios, a partes iguales.
Si en un edificio multifamiliar uno o más apartamentos fueran medios básicos, las contribuciones son realizadas o asumidas por la entidad a la que pertenecen. Si en él radica una entidad económica o social, esta está obligada a sufragar dichos gastos en la proporción correspondiente. Si se trata de una vivienda vinculada, la obligación es del ocupante.
REPARACIONES OBLIGATORIAS
No obstante lo anterior, la Dirección Municipal de la Vivienda puede ordenar la ejecución de reparaciones en edificios multifamiliares -como sucede en la situación mencionada al inicio-, ya sea por el grado de deterioro que presentan, por la situación técnico-constructiva de los inmuebles o para mantener la estética adecuada en el ornato de la ciudad. En estos casos el Estado contribuye a las reparaciones.
Antes de ejecutarlas -explica Ángel Ramón Pérez Arias, especialista del Departamento de Edificios Múltiples del Instituto Nacional de la Vivienda- los inversionistas de la Dirección Municipal de la Vivienda celebran una reunión con la Junta de Administración para explicar el proyecto y el presupuesto de la obra, con el fin de acordar los aportes de los propietarios o arrendatarios de las viviendas y del Estado para realizar la tarea, ya que por su naturaleza el costo no puede ser sufragado mediante la cuota mensual. Para enfrentar estos gastos excepcionales pueden interesar crédito del Banco Popular de Ahorro.
Concluidas las tareas constructivas se inician los pagos, afirma Pérez Arias. Si alguien no lo hace se le embarga el salario y si se trata de una persona atendida por Seguridad y Asistencia Social, esta institución asume el pago.
CONTRATO INCUMPLIDO
Una de las atribuciones del ejecutivo designado por la Junta de Administración (presidente, tesorero y secretario) es velar por la calidad de las reparaciones que se realicen en el edificio. Tal control también deben efectuarlo los especialistas de la DMV.
Al finalizar la obra se confecciona un acta de entrega, comenta el entrevistado. Si algo de lo pactado no se hizo o se hizo con mala calidad, entonces hay que reajustar la cuantía y la forma de pago.
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Daliana dijo:
1
15 de enero de 2021
23:38:48
Yamilet dijo:
2
24 de abril de 2024
02:11:13
ibis de las mercedes alfonso publes dijo:
3
19 de agosto de 2024
13:30:32
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