ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Vladimir Regueiro, Zamira Marín y Deborah Rivas ofrecieron detalles sobre las nuevas normativas. Foto: Yaimí Ravelo

A partir de hoy entran en vigor tres resoluciones de los ministerios de Trabajo y Se­guridad Social (MTSS), Economía y Plani­ficación (MEP), y Finanzas y Precios (MFP), que establecen nuevas disposiciones sobre el pago a los trabajadores vinculados a empresas con capital extranjero, su contribución a la Seguridad Social, y las funciones de las entidades empleadoras.

Sobre el primer tópico, la viceministra del MTSS, Zamira Marín Triana, explicó en conferencia de prensa que la Resolución No. 42, dictada por ese organismo, establece un cambio en la formación de los salarios lo cual implicará, como norma, un aumento de los ingresos percibidos por esos trabajadores.

“Hasta el momento —dijo— ello se realizaba de forma centralizada a partir de las escalas salariales aprobadas en el país.

Ahora el pago se acordará con los negocios de capital extranjero teniendo en cuenta los salarios que se abonan a cargos de similar complejidad en entidades de la misma rama o sector de nuestra área geográfica, la escala salarial que se aplica en el país (a modo de referencia) y algunos pagos adicionales que por ley co­rrespondan.

Según dispone la Ley de la Inversión Extran­jera, el pago a los trabajadores continuará siendo en pesos cubanos (CUP); pero las negociaciones entre la entidad empleadora y la empresa con capital foráneo para acordar la base de los salarios serán en pesos convertibles (CUC).

En ese sentido Marín Triana comentó que la Resolución No. 42 fija en dos el coeficiente a tener en cuenta para el pago de dichos salarios; o sea, que cada peso convertible equivaldrá a dos pesos cubanos.

“Todo lo que se convenie por concepto de salario lo recibirá el trabajador multiplicado por dos en moneda nacional, aunque a la hora de recibir su dinero ya estará descontado el 9,09 % para el pago de sus vacaciones”, acotó.

Añadió que las empresas mixtas autorizadas a contratar su fuerza de trabajo —actualmente la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, ETECSA, y Aguas de La Habana—, también están autorizadas a usar este coeficiente para el cálculo de su salario.

Lo dispuesto en esta norma tendrá efecto retroactivo a partir del salario que corresponda al trabajo realizado en el mes de octubre de este año, y en los casos que este sea percibido quincenalmente, a partir de los recibidos en la segunda quincena de octubre.

Esta medida, aclaró la viceministra del MTSS, no puede significar afectar al trabajador en ningún caso. El salario que perciba con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones no podrá quedar nunca por debajo del que percibía o del salario medio del país, que será considerado el mínimo.

Para el 2015, cuando la Oficina Nacional de Estadísticas e Información emita la cifra oficial del salario medio con que terminó el país en el 2014, las empleadoras deberán re­negociar los términos de los salarios con las empresas de capital extranjero sobre esa nue­va base, procedimiento que se repetirá anualmente, agregó.


ENTIDADES EMPLEADORAS, OTRA PERSPECTIVA
Sobre el funcionamiento de las entidades empleadoras, la Resolución No. 920 del Mi­nisterio de Economía y Planificación dispone que estas recibirán por los servicios prestados un valor que no excede el 20 % del salario de cada cargo.

Al respecto la directora general de In­ver­sión Extranjera del Ministerio de Comercio Exterior, Deborah Rivas, señaló que ese monto no se deduce del salario de los trabajadores ni los afecta, sino que tiene como finalidad cubrir los gastos de la gestión de estas entidades para garantizar el suministro de la fuerza de trabajo calificada, lo cual implica su captación, formación y desarrollo, así como un margen de utilidad.

Adicionalmente, las entidades empleadoras cobrarán a las modalidades de inversión extranjera los importes correspondientes a la Contribución para la Seguridad Social a la que están obligadas, sobre la base de lo pactado en CUC por concepto de salario a los trabajadores.

El cambio fundamental, sostuvo, es en el rol de las empleadoras, que ya no será cobrar y aportar al Presupuesto del Estado, sino pagar los salarios a partir de lo pactado entre ella y la empresa de capital extranjero, seleccionar, y preparar a los trabajadores, así como garantizar sus derechos, de acuerdo con la legislación laboral vigente en Cuba.


DE LAS CONTRIBUCIONES
Teniendo en cuenta los principios y disposiciones de la Ley 113 del Sistema Tributario cubano, la Resolución No. 535 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la aplicación de la Contribución Especial a la Seguridad Social por los trabajadores contratados a través de las entidades empleadoras que, a razón de las nuevas medidas, perciban un aumento en sus salarios mensuales superior a los 200 pesos cubanos.

Según explicó Vladimir Regueiro Ale, di­rector de Ingresos del MFP, el tipo impositivo aplicado a cada persona estará en relación con la magnitud del incremento, y oscilará entre el 1 y el 5 %. Aclaró además que la contribución no se realizará sobre la parte incrementada del salario, sino sobre el salario total calculado bajo estas nuevas condiciones.

La forma de pagar esta contribución —co­mentó— se ha diseñado de modo que no constituya un obstáculo para el trabajador y se logra a partir de que las entidades empleadoras, en ocasión de cada pago salarial, retendrán el porciento que corresponda por la contribución. El trabajador no tendrá obligaciones de asistir al banco o a las oficinas de la Administración Tributaria.

Regueiro Ale señaló además que la aplicación de estas medidas requiere un respaldo del Presupuesto del Estado, tanto para financiar los salarios como las obligaciones que tienen con el Presupuesto las empresas empleadoras.

“Es decir, el Presupuesto está respaldando con un financiamiento específico las demandas que realizarán las empleadoras a través de los organismos a los que están vinculadas, para poder hacer frente a estos incrementos de salario. Todos estos importes han sido considerados en el Anteproyecto de Presupuesto que se discutirá en la Asamblea Nacional para el año 2015”.

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Felix dijo:

86

16 de diciembre de 2014

14:21:21


Por favor no se desesperen y saquen esas conclusiones, entiendo todo los ejemplos que estan publicando, ahora me parece, que estas resoluciones aprueban a las empresa mixtas a un incremento del SALARIO que hoy se recibe, ej. un trabajador que gane 440 CUP cuanto podria ganar despues, independientemente del acuerdo con la parte extranjera para las empleadoras aplicando el 2 de coeficiente si aplicamos el ejemplo que ustedes comentan diriamos que 1000CUC que paga la parte extranjera se convierte en 1820, despues de los impuestos, ese seria el nuevo salario, es bueno como salario hay una diferencia de 1820 contra 440, esto es siempre manteniendo que a las empresas mixtas los trabajadores reciben en la actualidad una estimulación en CUC que como minimo son 20 CUC si es asi felicidades ya que en la realidad cobraria 1820 CUP más 20 CUC*25CUP=500 resultado 2320 CUP mensuales

luis daniel dijo:

87

16 de diciembre de 2014

14:33:28


Francisco, en algo tienes razon, los cubanos no sabemos de donde salen las cosas, ahora te pregunto de donde salen? Por otra parte y volviendo al tema principal, en todos, TODOS los paises del mundo se pagan impuestos, en Cuba tambien, a pesar que no hay declaracion de ingresos que seria lo mas conveniente para poder tener la certificacion de la legalidad del dinero, en Cuba hay otro metodo de ingresar dinero al estado y una de estas es la prestacion de nuestras fuerzas productivas a las empresas con capital extranjero o directamente en el exterior, hastaaqui creo que la mayoria de los cubanos estamos de acuerdo, ahora pregunto, cuando hay tanta inconformidad incluso con medidas que directamente benefician a los trabajadores como es la actual, algo se estara haciendo mal? Creo que las instuciones cubanas tienen que explicar lo que estan haciendo y estar abiertos a las criticas sin prejuicios, y entre otras cosas conocer a donde va cada peso, pero con leyes tal o mas cual que en todo caso mejoran parcialmente no es suficiente, por ejemplo un retirado con 250 pesos alguien cree que puede vivir? Y no veo que se este haciendo mucho por ellos que han construido este pais y han trabajado 25, 30, 35 o mas años... y no pueden esperar 10 años mas a que mejore la economia y recoger los beneficios... Yo creo que sin renunciar a nuestros principios podemos cambiar lo que esta mal y empezando por nuestra economia... hay que preguntarle al pueblo, alli esta el verdadero saber...saludos

Sandi dijo:

88

16 de diciembre de 2014

14:34:53


Soy Ingeniero en telecomunicaciones con 20 años de experiencia trabajo en ETECSA mi salario es de 490.00 CUP, ahora con esta nueva tasa de cambio de 2X1 voy a ganar tristemente 980.00 CUP, no llego ni a 1000.00 CUP considero que la tasa de cambio de 2x1 es muy baja mientras que para el Mariel es de 10x1. El nuevo salario de 980.00 CUP no me es suficiente no llena mis expectativas como trabajador. Hace meses los trabajadores hablábamos mucho a nivel de pasillo que el salario con las nuevas legislaciones iba hacer superior y solo fue un cubo de agua fría, estamos muy descontentos. Mientras dependiente gastronómico gana más que yo. Un Chapistero gana mas de 3000.00 CUP mensual yo un simple ingeniero no llego ni a 1000.00 CUP creo que me voy a trabajar de Chaspistero que voy a ganar mas y a vivir mejor sin tantos sufrimientos ni quemarme las pestañas estudiando para mantener mi nivel. No pido que la tasa de cambio sea 10x1 con el Mariel pero que sea mas digna, que ETECSA tiene bastante dinero para pagar eso y mucho más. Una ley debía ser simple y la misma para todos, pero para que la vamos hacer fácil si difícil es mejor y ahora tiramos otra con el 2x1 para complicarlo todo y crear disgustos y desmotivaciones entre los trabajadores. ¿Porque tanta diferencia? ¿En que están pensando? ¿Cómo mejoro mi economía? ¿A quien me puedo quejar? ¿Soy yo el que esta equivocado?

JMP dijo:

89

16 de diciembre de 2014

14:43:54


Creo que se debe eliminar las empleadoras que no tienen función ninguna en la realidad solo encarecen e intermedian, mantenerlas es más resistencia al cambio que otra cosa realmente es una barrera política en la mente de los que no quieren cambiar nada, es seguir con los mismos esquemas que no funcionan bien. Trabaje en ACOREC 10 años y creo que fui unas 4 o 5 veces y realmente nunca me sentí representado por ellos, no había sindicato! No había núcleo del PCC por mucho tiempo!!, nunca pase un curso de superación, solo cobraban mis servicios a fin de mes. Simplificar el proceso! pues para esto tenemos el Ministerio del Trabajo que puede controlar esta contratación con empresas extranjeras, que se cree una figura de trabajador para empresa extrajera o algo así y que se emita un procedimiento de cómo trabajar y una ley que regule el proceso y que el Ministerio del Trabajo que es a quien le corresponde! fiscalice las condiciones de trabajo y si se cumple con lo estipulado y contratado, como es en todos los países, y que se le cobren los impuestos sobre los ingresos que tenga la persona, no más! Hay que acabar de institucionalizar como dice el presidente. El pagar a un cambio diferente al existente al valor real que está generando esta persona con su trabajo no es más que retirar o desviar plusvalía como bien dicen algunos comentarios acá, no lo veo justo en la patria de Martí! Cada ciudadano debe percibir uno y cada uno de los valores que el se capaz de generar con su trabajo, sin robar y son engañar a nadie. A cada cual según su capacidad a cada cual según su trabajo…!! O no? Los encargados de promover este tipo de resoluciones deben tener en cuenta el punto de vista del extranjero, queremos que vengan a invertir (que significa arriesgar, volver al revés algo y esperar a que regrese o se recupere) en Cuba, que es un país clasificación de alto riesgo y hay muchos amigos que me comentan que estarían interesados pero que este tema de la contratación es uno de las que más les choca! Tener un ley de inversiones extranjeras exitosa es un necesidad de Cuba no una tarea más! Estamos en el Caribe y en todos las países alrededor hay contratación libre o sin este tipo de restricciones, o con muchas menos, hasta Haití tiene contratación libre (que no significa sin control ni libre albedrio!!)significa fiscalizada por un ente estatal que se encargue de los intereses de los trabajadores, de que se cumpla la legislación laboral, que no se explote ni se trabaje en malas condiciones y esa entidad no son las empleadoras, es el Ministerio del trabajo o una de sus dependencias directas al Cesar lo que es le Cesar y al pueblo lo que es del pueblo!. Gracias!

Cubanísima dijo:

90

16 de diciembre de 2014

14:49:34


No hay ventajas en esta nueva Ley para el trabajador, pues sigue llevando la peor parte. Primero: Qué son 2000 en MN si los precios en las TRD y otros mercados en MN (excepto el de la canasta básica), donde los precios de los productos en MN son expresión de su equivalente en CUC, siguen siendo galácticos. Segundo: La super ganancia del Estado as en detrimento del salario del trabajador. Tercero: Si se trabaja en la implementación de la unificación cambiaria y monetaria, entonces qué sentido tiene esta Ley, publicada justo en estos momentos.